D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240805-22)
Convenio –  Convenio de colaboración de 15 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Confederación Empresarial de Madrid-CEOE (CEIM) para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 185

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
22

CONVENIO de colaboración de 15 de julio de 2024, entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Confederación Empresarial de Madrid-CEOE (CEIM) para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no
formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del
componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión
Europea-NextGenerationEU.
REUNIDOS

De una parte, D. Daniel Rodríguez Asensio, Viceconsejero de Economía y Empleo
nombrado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, en el ejercicio de las
competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, en relación con el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo
de Gobierno por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra parte, D.a Sara Molero Palomino, en su condición de Secretaria General de la
Confederación Empresarial de Madrid–CEOE (en adelante CEIM), con N.I.F G-28513307
y domicilio social en calle Diego de León, 50 C.P. 28006 (Madrid), en virtud de las facultades que le otorgan los estatutos y la escritura otorgada el doce de julio de 2023 ante el Notario de Madrid, Antonio de la Esperanza Rodríguez, con el número 3524 de su Protocolo.
Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente su capacidad legal y competencia para formalizar el presente convenio,

1. La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, señala que en nuestro país hay personas que disponen de conocimientos y
habilidades profesionales por haberlas adquirido a través de la experiencia laboral, pero, sin
embargo, no tienen, una forma fácil y eficaz de reconocer y certificar esos conocimientos. El
modelo diseñado en la nueva ley integra, junto a las ofertas de formación profesional, la
orientación profesional y la acreditación de competencias adquiridas por experiencia laboral
u otras vías no formales e informales, como piedras angulares del nuevo sistema.
El artículo 92.1 de la citada Ley, señala que la acreditación de las competencias profesionales constituye un procedimiento administrativo abierto de forma permanente respecto a cualquier estándar de competencia profesional incluido en el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.
La Comunidad de Madrid ya dispone de convocatoria abierta y permanente de participación en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias en el ámbito de
la Comunidad de Madrid, a través de la Orden de 25 de junio de 2021, y de la Orden de 15
de mayo de 2022, ambas de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, que se encuentran incluidas en el catálogo de nuevas necesidades de acreditación, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado por la Unión EuropeaNextGenerationEU.
2. El artículo 178.2 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación, dispone que las administraciones competentes,
en colaboración con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, así
como con otras organizaciones vinculadas al tejido económico y social, pondrán en marcha
iniciativas que garanticen la máxima difusión del procedimiento.

BOCM-20240805-22

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