C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240803-3)
Convocatoria subvenciones –  Orden 2356/2024, de 24 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2024 subvenciones de Proyectos Sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM

SÁBADO 3 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 184

Enseñanza y animación socio deportiva, Educación infantil y Primaria, Monitoras/es de ocio y tiempo
libre y Auxiliares de Guardería y de Jardín de Infancia, así como titulaciones análogas.
Programas de formación y sensibilización en corresponsabilidad y cuidados destinadas a impulsar
modelos de masculinidades corresponsables e igualitarias.
Se dirigirán preferiblemente, a agentes clave en la transformación social que trabajen con hombres
(Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, profesionales del sector educativo, ámbito judicial,
penitenciario, profesionales de la intervención social, etc.), si bien podrán desarrollarse actuaciones
dirigidas específicamente a hombres o al conjunto de la sociedad si se considera oportuno.
Se podrán financiar actividades ya existentes siempre y cuando se encuadren en lo recogido en el
Acuerdo de Conferencia Sectorial, además de poner en marcha otras nuevas.
Estos programas deberán cumplir con los requisitos y objetivos establecidos en la Resolución de 10 de
mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la erradicación de la Violencia contra las
Mujeres, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad de 29 de abril de 2024,
por el que se fijan los criterios de distribución resultante del crédito destinado en el año 2024 al desarrollo
del Plan Corresponsables y se formalizan los compromisos financieros resultantes.
Serán objeto de subvención los siguientes programas:
a) Programas dirigidos a la realización de actividades de ocio y tiempo libre en campamentos
urbanos para períodos vacacionales durante el curso escolar y meses de verano, para favorecer
el desarrollo personal y social de los menores, promoviendo valores de igualdad y fomentando
la convivencia en un marco de respecto a las diferencias.
b) Programas que contemplen la concepción de lugares para la conciliación dirigidos a la infancia
y juventud con actividades de educación no formal que supongan un refuerzo escolar para
promover la integración de los menores con dificultades escolares fuera del horario escolar, no
siendo conceptualizadas como actividades extraescolares.
c) Programas que incluyan actividades de carácter lúdico-estival para el esparcimiento y la
recreación y para la realización actividades deportivas en aras de fomentar su integración social
y valores como el compañerismo y la solidaridad, realizadas al aire libre y fuera de su entorno
familiar, en campamentos multiaventura, en períodos coincidentes con las vacaciones estivales
y estancias de carácter semanal, quincenal o mensual, facilitando la conciliación de la vida
familiar y laboral de las familias.
d) Programas que incorporen actividades tales como talleres de animación a la lectura, talleres de
expresión plástica y artística, talleres sobre hábitos saludables, talleres sobre educación
ambiental o igualdad de género, con la finalidad de apoyar la vida familiar y laboral, en horarios
no escolares, incluso festivos.
e) Programas que incluyan servicios de cuidado profesional para prestarse en el domicilio por un
número de horas semanales, para cubrir necesidades de los progenitores o tutores legales
empleados con carácter temporal o que estén recibiendo formación para el empleo.
f) Programas que supongan un espacio para la conciliación, como ludotecas infantiles, para la
realización de actividades dirigidas a menores de 3 años con el fin de estimular sus habilidades
físicas y mentales para alcanzar su máximo desarrollo, su integración con otras personas, así
como para la realización de actividades de ocio infantil.
g) Programas para la enseñanza y realización de actividades en otros idiomas que potencien la
inmersión de los menores en los mismos, para el fomento de su inclusión en la sociedad y en el
mercado laboral en el futuro, bien fuera del horario escolar, épocas no lectivas o períodos de
vacaciones, incluso festivos.
h) Programas de ayuda a la conciliación de apoyo a familias con menores, que den apoyo a la
primera infancia en el ámbito rural mediante la realización de talleres de actividades con material
de psicomotricidad así como actividades basadas en una pedagogía didáctica participativa y
activa o cualquier otro tipo de talleres que vayan dirigidos al desarrollo integral de los menores
que participen, ayudando a que los progenitores o tutores legales puedan hacer frente a sus
responsabilidades profesionales u otras obligaciones personales.
i) Programas de ayuda a la conciliación en tiempos y responsabilidades profesionales, en familias
inmigrantes y refugiadas con menores, que posibiliten la inserción sociolaboral de las personas
con responsabilidades familiares.
j) Programas que fomenten la conciliación en familias con hijas e hijos con alguna discapacidad,
mediante espacios donde se realicen actividades de carácter lúdico.
k) Programas para favorecer la conciliación de familias con menores, con algún progenitor con
discapacidad, que permita mejorar la calidad de vida de este colectivo.

BOCM-20240803-3

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