C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240803-3)
Convocatoria subvenciones – Orden 2356/2024, de 24 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2024 subvenciones de Proyectos Sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 184
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE AGOSTO DE 2024
3.o Sublínea 3. Personas asiladas y población desplazada en el marco de acciones
y políticas estatales: 670.276,51 euros.
4.o Sublínea 4. Alimentos y comedores: 3.519.873,08 euros.
c) Línea C. Infancia y Familia: 6.650.752,23 euros.
1.o Sublínea 1. Atención integral educativa y sociosanitaria para familias e infancia
en situación o en riesgo de dificultad social, y con niñas y niños menores y jóvenes que estén o hayan estado bajo una medida de protección: 3.907.140,13 euros.
2.o Sublínea 2. Promoción de la educación, sanidad y calidad de vida infantil y
protección de los derechos de la infancia: 2.743.612,10 euros.
d) Línea D. Personas con discapacidad: 6.144.993,22 euros.
1.o Sublínea 1. Atención integral dirigida a la promoción de la autonomía personal
y apoyo a la inserción laboral de las personas con discapacidad: 4.599.682,41
euros.
2.o Sublínea 2. Apoyo y descanso para familiares y cuidadores: 1.545.310,81
euros.
e) Línea E. Personas mayores: 2.910.150,22 euros.
1.o Sublínea 1. Atención integral a las personas mayores a través de servicios que
faciliten su permanencia en el domicilio, en su entorno social y familiar y
atiendan situaciones de soledad no deseada tales como proyectos de vivienda
compartidas, acompañamiento y apoyo emocional, así como los dirigidos al
apoyo de sus familias y cuidadores: 2.518.627,69 euros.
2.o Sublínea 2. Innovación, promoción y apoyo a la autonomía de las personas
mayores en áreas de atención no atendidas por otros servicios: 391.522,53
euros.
f) Línea F. Promoción de la acción voluntaria: 855.395,84 euros.
g) Línea G. Inserción social en determinados ámbitos: 6.419.338,51 euros.
1.o Sublínea 1. Jóvenes: 1.100.060,20 euros.
2.o Sublínea 2. Personas con VIH-SIDA: 668.738,77 euros.
3.o Sublínea 3. Personas inmigrantes: 2.900.454,17 euros.
4.o Sublínea 4. Personas con adicciones: 801.855,98 euros.
5.o Sublínea 5. Pueblo gitano: 404.520,95 euros.
6.o Sublínea 6. Población en territorios de Cañada Real y asentamientos en entornos chabolistas: 543.708,44 euros.
h) Línea H. Plan Corresponsables: 5.000.000 euros.
i) Línea I. Atención a personas LGTBI: 700.000 euros.
1.o Sublínea 1. Vulnerabilidad: 350.000 euros.
2.o Sublínea 2. Especial vulnerabilidad: 150.000 euros.
3.o Sublínea 3. Fomento de la convivencia: 200.000 euros.
3. En el caso de los proyectos de inversión previstos en el dispongo quinto de esta
Orden, el importe máximo de la subvención queda fijado en:
a) Línea B: 536.563,80 euros.
b) Línea D: 1.875.522,75 euros.
c) Línea E: 2.082.342,46 euros.
4. No obstante, si no se agotasen los créditos inicialmente asignados, los remanentes
podrán ser redistribuidos conforme a la siguiente prelación:
a) Proyectos del dispongo cuarto de esta Orden:
1.o En caso de que no se agote el crédito en una sublínea, el remanente se incorporará a otras sublíneas de la misma línea. En caso de existir varias sublíneas
con opción de incrementarse en la misma línea, se incrementará en primer lugar aquellas que tengan menor crédito asignado y así sucesivamente dentro de
la misma línea.
2.o Si no se agota el crédito en una línea, se incorporará a la línea con menor crédito asignado y de seguir existiendo sobrante en alguna línea, se incorporará
a la siguiente línea de menor crédito asignado que no haya sido incrementada
previamente y así de forma sucesiva.
Pág. 57
BOCM-20240803-3
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE AGOSTO DE 2024
3.o Sublínea 3. Personas asiladas y población desplazada en el marco de acciones
y políticas estatales: 670.276,51 euros.
4.o Sublínea 4. Alimentos y comedores: 3.519.873,08 euros.
c) Línea C. Infancia y Familia: 6.650.752,23 euros.
1.o Sublínea 1. Atención integral educativa y sociosanitaria para familias e infancia
en situación o en riesgo de dificultad social, y con niñas y niños menores y jóvenes que estén o hayan estado bajo una medida de protección: 3.907.140,13 euros.
2.o Sublínea 2. Promoción de la educación, sanidad y calidad de vida infantil y
protección de los derechos de la infancia: 2.743.612,10 euros.
d) Línea D. Personas con discapacidad: 6.144.993,22 euros.
1.o Sublínea 1. Atención integral dirigida a la promoción de la autonomía personal
y apoyo a la inserción laboral de las personas con discapacidad: 4.599.682,41
euros.
2.o Sublínea 2. Apoyo y descanso para familiares y cuidadores: 1.545.310,81
euros.
e) Línea E. Personas mayores: 2.910.150,22 euros.
1.o Sublínea 1. Atención integral a las personas mayores a través de servicios que
faciliten su permanencia en el domicilio, en su entorno social y familiar y
atiendan situaciones de soledad no deseada tales como proyectos de vivienda
compartidas, acompañamiento y apoyo emocional, así como los dirigidos al
apoyo de sus familias y cuidadores: 2.518.627,69 euros.
2.o Sublínea 2. Innovación, promoción y apoyo a la autonomía de las personas
mayores en áreas de atención no atendidas por otros servicios: 391.522,53
euros.
f) Línea F. Promoción de la acción voluntaria: 855.395,84 euros.
g) Línea G. Inserción social en determinados ámbitos: 6.419.338,51 euros.
1.o Sublínea 1. Jóvenes: 1.100.060,20 euros.
2.o Sublínea 2. Personas con VIH-SIDA: 668.738,77 euros.
3.o Sublínea 3. Personas inmigrantes: 2.900.454,17 euros.
4.o Sublínea 4. Personas con adicciones: 801.855,98 euros.
5.o Sublínea 5. Pueblo gitano: 404.520,95 euros.
6.o Sublínea 6. Población en territorios de Cañada Real y asentamientos en entornos chabolistas: 543.708,44 euros.
h) Línea H. Plan Corresponsables: 5.000.000 euros.
i) Línea I. Atención a personas LGTBI: 700.000 euros.
1.o Sublínea 1. Vulnerabilidad: 350.000 euros.
2.o Sublínea 2. Especial vulnerabilidad: 150.000 euros.
3.o Sublínea 3. Fomento de la convivencia: 200.000 euros.
3. En el caso de los proyectos de inversión previstos en el dispongo quinto de esta
Orden, el importe máximo de la subvención queda fijado en:
a) Línea B: 536.563,80 euros.
b) Línea D: 1.875.522,75 euros.
c) Línea E: 2.082.342,46 euros.
4. No obstante, si no se agotasen los créditos inicialmente asignados, los remanentes
podrán ser redistribuidos conforme a la siguiente prelación:
a) Proyectos del dispongo cuarto de esta Orden:
1.o En caso de que no se agote el crédito en una sublínea, el remanente se incorporará a otras sublíneas de la misma línea. En caso de existir varias sublíneas
con opción de incrementarse en la misma línea, se incrementará en primer lugar aquellas que tengan menor crédito asignado y así sucesivamente dentro de
la misma línea.
2.o Si no se agota el crédito en una línea, se incorporará a la línea con menor crédito asignado y de seguir existiendo sobrante en alguna línea, se incorporará
a la siguiente línea de menor crédito asignado que no haya sido incrementada
previamente y así de forma sucesiva.
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BOCM-20240803-3
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