C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240803-3)
Convocatoria subvenciones – Orden 2356/2024, de 24 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2024 subvenciones de Proyectos Sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 184
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 45
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
ORDEN 2356/2024, de 24 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2024 subvenciones de Proyectos
Sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad
de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las
Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la
Comunidad de Madrid.
La concesión de subvenciones a entidades del Tercer Sector y a Cruz Roja Española para la
realización de programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7 por 100
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es una medida consolidada en el tiempo y
arraigada en la sociedad española, constituyendo un instrumento de vertebración social en el marco de la asignación tributaria que los ciudadanos realizan en su declaración anual de la renta.
Hasta el año 2016, la Administración del Estado ha venido convocando estas subvenciones, y esta competencia se atribuyó a la Comunidad de Madrid, tras la Sentencia del Tribunal Constitucional 9/2017, de 19 de enero, que declaró inconstitucional el modelo de gestión y concesión de ayudas públicas derivado del programa de la asignación tributaria del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al estimar que este modelo no estaba ajustado al orden de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas, surgiendo el modelo de reparto de doble tramo entre las Comunidades Autónomas y
el Estado, lo que se tradujo en que desde el año 2017 la Comunidad de Madrid pasó a ser
competente para convocar y conceder estas subvenciones respecto del tramo autonómico y
dentro del ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma.
La Comunidad de Madrid aprobó las primeras bases reguladoras en el año 2017, las
segundas bases reguladoras en el año 2019 y las terceras bases reguladoras en el año 2022.
Mediante la Orden 2177/2024, de 1 de julio, se han aprobado las cuartas bases reguladoras, para perfeccionar muchos aspectos en aras de adecuar las bases reguladoras a las necesidades de los beneficiarios de las subvenciones, facilitar fluidez al procedimiento administrativo e incrementar la eficacia en la gestión, todo ello para la consecución del interés
general, con el objetivo de conseguir un reparto equitativo de estas subvenciones, de forma
que lleguen a toda la población vulnerable y/o en riesgo de exclusión social de nuestra Región.
Entre algunas de las mejoras que hicieron necesario la aprobación de unas nuevas bases reguladoras, se encuentra la incorporación en un mismo texto de las subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para la ejecución de proyectos a personas
LGTBI en situación de vulnerabilidad o especial vulnerabilidad y de proyectos de fomento de la convivencia, con su propia regulación normativa, como medida para unificar las
ayudas dirigidas a las personas más vulnerables de nuestra sociedad, abriéndose una línea
específica para las mismas, al considerar que con ello se articula una respuesta coordinada
a estas situaciones en un marco general de inclusión para los colectivos más vulnerables, la
creación de una nueva sublínea dirigida a proyectos de distribución de alimentos o servicio
de comedor social, se incluye una minoración de la valoración por devoluciones voluntarias posteriores a la resolución definitiva por el perjuicio causado a terceros, se recoge la
materia de forma específica la sucesión de entidades, así como responsabilidad subsidiaria
y régimen sancionador y otro que alude a canales de comunicación de sospechas de fraude,
se incluyen como gastos subvencionables el finiquito de los trabajadores encargados de la
puesta en marcha y ejecución de los proyectos subvencionados y el correspondiente a la realización de auditoría de cuentas sobre la cuenta justificativa del proyecto hasta un 5 por 100
del coste total del proyecto inicial o reformulado, se suben al 15 por 100 las desviaciones
entre partidas, entre otras mejoras incorporadas con la idea de conseguir un reparto equitativo de estas subvenciones, de forma que lleguen a toda la población vulnerable y/o en riesgo de exclusión social de nuestra Región.
Se mantiene la línea H que nació al amparo de las anteriores bases reguladoras, la cual
acoge proyectos que se encuentren dentro del marco del Plan Corresponsables por parte de
las entidades del Tercer Sector de Acción Social de nuestra Región.
Se trata de proyectos dirigidos a favorecer la corresponsabilidad en las familias con hijas e hijos menores de 16 años en el ámbito de la Comunidad de Madrid, a mejorar la vida
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B.O.C.M. Núm. 184
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 45
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
ORDEN 2356/2024, de 24 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2024 subvenciones de Proyectos
Sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad
de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las
Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la
Comunidad de Madrid.
La concesión de subvenciones a entidades del Tercer Sector y a Cruz Roja Española para la
realización de programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7 por 100
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es una medida consolidada en el tiempo y
arraigada en la sociedad española, constituyendo un instrumento de vertebración social en el marco de la asignación tributaria que los ciudadanos realizan en su declaración anual de la renta.
Hasta el año 2016, la Administración del Estado ha venido convocando estas subvenciones, y esta competencia se atribuyó a la Comunidad de Madrid, tras la Sentencia del Tribunal Constitucional 9/2017, de 19 de enero, que declaró inconstitucional el modelo de gestión y concesión de ayudas públicas derivado del programa de la asignación tributaria del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al estimar que este modelo no estaba ajustado al orden de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas, surgiendo el modelo de reparto de doble tramo entre las Comunidades Autónomas y
el Estado, lo que se tradujo en que desde el año 2017 la Comunidad de Madrid pasó a ser
competente para convocar y conceder estas subvenciones respecto del tramo autonómico y
dentro del ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma.
La Comunidad de Madrid aprobó las primeras bases reguladoras en el año 2017, las
segundas bases reguladoras en el año 2019 y las terceras bases reguladoras en el año 2022.
Mediante la Orden 2177/2024, de 1 de julio, se han aprobado las cuartas bases reguladoras, para perfeccionar muchos aspectos en aras de adecuar las bases reguladoras a las necesidades de los beneficiarios de las subvenciones, facilitar fluidez al procedimiento administrativo e incrementar la eficacia en la gestión, todo ello para la consecución del interés
general, con el objetivo de conseguir un reparto equitativo de estas subvenciones, de forma
que lleguen a toda la población vulnerable y/o en riesgo de exclusión social de nuestra Región.
Entre algunas de las mejoras que hicieron necesario la aprobación de unas nuevas bases reguladoras, se encuentra la incorporación en un mismo texto de las subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para la ejecución de proyectos a personas
LGTBI en situación de vulnerabilidad o especial vulnerabilidad y de proyectos de fomento de la convivencia, con su propia regulación normativa, como medida para unificar las
ayudas dirigidas a las personas más vulnerables de nuestra sociedad, abriéndose una línea
específica para las mismas, al considerar que con ello se articula una respuesta coordinada
a estas situaciones en un marco general de inclusión para los colectivos más vulnerables, la
creación de una nueva sublínea dirigida a proyectos de distribución de alimentos o servicio
de comedor social, se incluye una minoración de la valoración por devoluciones voluntarias posteriores a la resolución definitiva por el perjuicio causado a terceros, se recoge la
materia de forma específica la sucesión de entidades, así como responsabilidad subsidiaria
y régimen sancionador y otro que alude a canales de comunicación de sospechas de fraude,
se incluyen como gastos subvencionables el finiquito de los trabajadores encargados de la
puesta en marcha y ejecución de los proyectos subvencionados y el correspondiente a la realización de auditoría de cuentas sobre la cuenta justificativa del proyecto hasta un 5 por 100
del coste total del proyecto inicial o reformulado, se suben al 15 por 100 las desviaciones
entre partidas, entre otras mejoras incorporadas con la idea de conseguir un reparto equitativo de estas subvenciones, de forma que lleguen a toda la población vulnerable y/o en riesgo de exclusión social de nuestra Región.
Se mantiene la línea H que nació al amparo de las anteriores bases reguladoras, la cual
acoge proyectos que se encuentren dentro del marco del Plan Corresponsables por parte de
las entidades del Tercer Sector de Acción Social de nuestra Región.
Se trata de proyectos dirigidos a favorecer la corresponsabilidad en las familias con hijas e hijos menores de 16 años en el ámbito de la Comunidad de Madrid, a mejorar la vida
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