C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240803-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo del sector alquiler de vehículos sin conductor de la Comunidad de Madrid para los años 2024 y 2025, suscrito por ASEVAL y por la representación sindical CC OO y UGT (código número 28103445012023)
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 4

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 184

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
1

RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo del sector alquiler de vehículos sin conductor de la
Comunidad de Madrid para los años 2024 y 2025, suscrito por ASEVAL y por la
representación sindical CC OO y UGT (código número 28103445012023).

Examinado el texto del Convenio Colectivo del Sector de Vehículos sin Conductor de
la Comunidad de Madrid, suscrito por la organización empresarial ASEVAL y por las organizaciones sindicales CC OO y UGT, el día 4 de junio de 2024, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de
Igualdad y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1 a) de dicho Real Decreto, en
el art. 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre y con el artículo 1 del Decreto 38/2023,
de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 31 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General
RESUELVE

BOCM-20240803-1

1. Inscribir dicho Convenio, en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección, y proceder al correspondiente
depósito en este Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Economía y Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.
Madrid, a 3 de julio de 2024.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra
Rudilla.