D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240802-42)
Estatutos federación deportiva – Orden 1377/2024, de 16 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se dispone la aprobación de la modificación de los estatutos de la Federación Madrileña de Tenis de Mesa, su inscripción en el registro de entidades deportivas de la Comunidad de Madrid y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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BOCM
Pág. 444
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 183
Madrid ejercerá la competencia relativa a la aprobación de los estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Según lo dispuesto en el artículo 2.1 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por
el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, éstas se rigen
por lo dispuesto en la Ley del Deporte de la Comunidad de Madrid, por el mencionado Decreto y demás disposiciones que les sean aplicables, y por sus estatutos, que serán debidamente aprobados por la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Según lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 99/1997, de 31 de julio, que regula la
estructura y funcionamiento del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de
Madrid, serán objeto de inscripción las modificaciones estatutarias.
Cuarto
Según lo dispuesto en el artículo 34.5 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el
artículo 10 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, los estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como sus modificaciones, se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto
La modificación de los estatutos presentada es acorde con la Ley 15/1994, de 28 de
diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, el Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid,
el Decreto 195/2003, de 31 de julio, por el que se aprueban el Reglamento de Disciplina Deportiva de la Comunidad de Madrid, la Orden 48/2012, de 17 de enero, del Vicepresidente,
Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, por la que se regula la elección de
los órganos de gobierno y representación de las Federaciones Deportivas de la Comunidad
de Madrid, y el resto de la legislación deportiva aplicable.
Sexto
La adopción de la presente Orden le corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, en base a lo dispuesto en el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y, por delegación, le corresponde a la Dirección General de Deportes, en
base a lo dispuesto en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la
firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
En consecuencia,
DISPONGO
Primero
Segundo
Ordenar la publicación de la modificación de los estatutos de la Federación Madrileña
de Tenis de Mesa en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 16 de julio de 2024.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D.
(Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, Alberto Tomé
González.
BOCM-20240802-42
Aprobar la modificación de los artículos 1, 4, 5, 13, 19, 21, 23, 24, 25, 28, 36, 57 y
del 64 al 104 de los estatutos de la Federación Madrileña de Tenis de Mesa conforme quedan redactados en el anexo de la presente Orden y disponer su inscripción en el Registro de
Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
Pág. 444
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 183
Madrid ejercerá la competencia relativa a la aprobación de los estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Según lo dispuesto en el artículo 2.1 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por
el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, éstas se rigen
por lo dispuesto en la Ley del Deporte de la Comunidad de Madrid, por el mencionado Decreto y demás disposiciones que les sean aplicables, y por sus estatutos, que serán debidamente aprobados por la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Según lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 99/1997, de 31 de julio, que regula la
estructura y funcionamiento del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de
Madrid, serán objeto de inscripción las modificaciones estatutarias.
Cuarto
Según lo dispuesto en el artículo 34.5 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el
artículo 10 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, los estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como sus modificaciones, se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto
La modificación de los estatutos presentada es acorde con la Ley 15/1994, de 28 de
diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, el Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid,
el Decreto 195/2003, de 31 de julio, por el que se aprueban el Reglamento de Disciplina Deportiva de la Comunidad de Madrid, la Orden 48/2012, de 17 de enero, del Vicepresidente,
Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, por la que se regula la elección de
los órganos de gobierno y representación de las Federaciones Deportivas de la Comunidad
de Madrid, y el resto de la legislación deportiva aplicable.
Sexto
La adopción de la presente Orden le corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, en base a lo dispuesto en el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y, por delegación, le corresponde a la Dirección General de Deportes, en
base a lo dispuesto en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la
firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
En consecuencia,
DISPONGO
Primero
Segundo
Ordenar la publicación de la modificación de los estatutos de la Federación Madrileña
de Tenis de Mesa en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 16 de julio de 2024.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D.
(Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, Alberto Tomé
González.
BOCM-20240802-42
Aprobar la modificación de los artículos 1, 4, 5, 13, 19, 21, 23, 24, 25, 28, 36, 57 y
del 64 al 104 de los estatutos de la Federación Madrileña de Tenis de Mesa conforme quedan redactados en el anexo de la presente Orden y disponer su inscripción en el Registro de
Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.