D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240731-46)
Convenio – Convenio de colaboración de 27 de junio de 2024, en materia de Educación Infantil suscrito entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, y el Ayuntamiento de Torres de la Alameda
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 186
MIÉRCOLES 31 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 181
4.2. Aportará los modelos generales de convocatoria y pliegos de concursos y participará, en calidad de asesor, en la selección de la entidad gestora o del personal educativo
que convoque el Ayuntamiento para el funcionamiento del centro de educación infantil de
su titularidad incluido en el presente convenio de acuerdo con las competencias de las entidades locales y la normativa vigente en materia laboral y de contratación pública.
b) El Ayuntamiento se compromete a realizar las aportaciones siguientes:
1. Aportación económica según lo establecido en el Decreto 28/2019, de 9 de abril,
del Consejo de Gobierno por el que se regula la financiación del primer ciclo de Educación
Infantil de la Comunidad de Madrid. Para el curso 2024-2025, el presupuesto de la aportación económica del Ayuntamiento a los centros se recoge en el anexo a este convenio, con
la distribución, en su caso, de su cuantía por las anualidades de los ejercicios 2024 y 2025,
que se efectuará con cargo a las partidas presupuestarias que se relacionan de los Presupuestos municipales para dichos años.
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
POR
PROGRAMA
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
ECONÓMICA
13001
13003
13005
13006
13010
13020
13103
13104
13105
13106
13110
13120
15100
16000
21200
21300
21500
22000
22100
22101
22102
22105
22110
22199
22203
22699
22799
DENOMINACIÓN DE LA APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
Centros docentes Sueldos Grupo A2
Funcionamiento centros docentes. Sueldo Grupo C1 personal laboral
Centros docentes Sueldos Agrupación Profesional
Centros docentes Trienios
Centros docentes Complemento de destino
Centros docentes Complemento Específico
Centros docentes Sueldo P. Laboral Grupo C1
Centros docentes Sueldo P. Laboral Grupo C2
Centros docentes Sueldo Grupo Agrup. Profesional
Centros docentes Trienios
Centros docentes Complemento Destino P. Laboral
Centros docentes Complemento Específico P. Laboral
Funcionamiento centros docentes. Gratificaciones
Funcionamiento centros docentes. Seguridad Social
Funcionamiento centros docentes. Reparación, Mantenimiento y Conservación de Edificios
Funcionamiento centros docentes. Maquinaria, instalaciones y utillaje
Funcionamiento centros docentes. Mobiliario
Funcionamiento centros docentes. Ordinario no inventariable
Funcionamiento centros docentes. Energía eléctrica
Funcionamiento centros docentes. Agua
Funcionamiento centros docentes. Gas
Funcionamiento centros docentes. Productos alimenticios
Funcionamiento centros docentes. Productos de limpieza y aseo
Funcionamiento centros docentes. Otros suministros
Centros docentes Informáticas
Funcionamiento centros docentes. Otros gastos diversos
Funcionamiento centros docentes. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales
2. Aportación de los recursos personales y materiales necesarios para el funcionamiento del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3. El Ayuntamiento, además:
3.1. Colaborará en la orientación y supervisión del funcionamiento del centro de
Educación Infantil objeto de este convenio.
3.2. Gestionará los recursos personales y materiales necesarios para el funcionamiento del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3.3. Colaborará en el control del cumplimiento de la normativa establecida en la
cláusula tercera del presente convenio.
3.4. Gestionará los presupuestos económicos del centro de Educación Infantil objeto
de este convenio.
3.5. Propondrá a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid las actuaciones en materia de planificación escolar en la etapa de
Educación Infantil que considere oportunas en lo que afecte a su municipio.
3.6. El Ayuntamiento se compromete a remitir mensualmente a la Unidad Técnica
de Educación Infantil de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad
de Madrid la siguiente documentación, sin perjuicio de otros datos que estime esta conveniente
solicitar sobre el funcionamiento de los centros y servicios de Educación Infantil objeto de este
convenio:
— Certificado del Ayuntamiento que indique, respecto del mes correspondiente, que
el funcionamiento de los centros y servicios se ha ajustado a lo establecido en las
BOCM-20240731-46
ORGÁNICA
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 186
MIÉRCOLES 31 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 181
4.2. Aportará los modelos generales de convocatoria y pliegos de concursos y participará, en calidad de asesor, en la selección de la entidad gestora o del personal educativo
que convoque el Ayuntamiento para el funcionamiento del centro de educación infantil de
su titularidad incluido en el presente convenio de acuerdo con las competencias de las entidades locales y la normativa vigente en materia laboral y de contratación pública.
b) El Ayuntamiento se compromete a realizar las aportaciones siguientes:
1. Aportación económica según lo establecido en el Decreto 28/2019, de 9 de abril,
del Consejo de Gobierno por el que se regula la financiación del primer ciclo de Educación
Infantil de la Comunidad de Madrid. Para el curso 2024-2025, el presupuesto de la aportación económica del Ayuntamiento a los centros se recoge en el anexo a este convenio, con
la distribución, en su caso, de su cuantía por las anualidades de los ejercicios 2024 y 2025,
que se efectuará con cargo a las partidas presupuestarias que se relacionan de los Presupuestos municipales para dichos años.
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
103
POR
PROGRAMA
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
3230
ECONÓMICA
13001
13003
13005
13006
13010
13020
13103
13104
13105
13106
13110
13120
15100
16000
21200
21300
21500
22000
22100
22101
22102
22105
22110
22199
22203
22699
22799
DENOMINACIÓN DE LA APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
Centros docentes Sueldos Grupo A2
Funcionamiento centros docentes. Sueldo Grupo C1 personal laboral
Centros docentes Sueldos Agrupación Profesional
Centros docentes Trienios
Centros docentes Complemento de destino
Centros docentes Complemento Específico
Centros docentes Sueldo P. Laboral Grupo C1
Centros docentes Sueldo P. Laboral Grupo C2
Centros docentes Sueldo Grupo Agrup. Profesional
Centros docentes Trienios
Centros docentes Complemento Destino P. Laboral
Centros docentes Complemento Específico P. Laboral
Funcionamiento centros docentes. Gratificaciones
Funcionamiento centros docentes. Seguridad Social
Funcionamiento centros docentes. Reparación, Mantenimiento y Conservación de Edificios
Funcionamiento centros docentes. Maquinaria, instalaciones y utillaje
Funcionamiento centros docentes. Mobiliario
Funcionamiento centros docentes. Ordinario no inventariable
Funcionamiento centros docentes. Energía eléctrica
Funcionamiento centros docentes. Agua
Funcionamiento centros docentes. Gas
Funcionamiento centros docentes. Productos alimenticios
Funcionamiento centros docentes. Productos de limpieza y aseo
Funcionamiento centros docentes. Otros suministros
Centros docentes Informáticas
Funcionamiento centros docentes. Otros gastos diversos
Funcionamiento centros docentes. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales
2. Aportación de los recursos personales y materiales necesarios para el funcionamiento del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3. El Ayuntamiento, además:
3.1. Colaborará en la orientación y supervisión del funcionamiento del centro de
Educación Infantil objeto de este convenio.
3.2. Gestionará los recursos personales y materiales necesarios para el funcionamiento del centro de Educación Infantil objeto de este convenio.
3.3. Colaborará en el control del cumplimiento de la normativa establecida en la
cláusula tercera del presente convenio.
3.4. Gestionará los presupuestos económicos del centro de Educación Infantil objeto
de este convenio.
3.5. Propondrá a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid las actuaciones en materia de planificación escolar en la etapa de
Educación Infantil que considere oportunas en lo que afecte a su municipio.
3.6. El Ayuntamiento se compromete a remitir mensualmente a la Unidad Técnica
de Educación Infantil de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad
de Madrid la siguiente documentación, sin perjuicio de otros datos que estime esta conveniente
solicitar sobre el funcionamiento de los centros y servicios de Educación Infantil objeto de este
convenio:
— Certificado del Ayuntamiento que indique, respecto del mes correspondiente, que
el funcionamiento de los centros y servicios se ha ajustado a lo establecido en las
BOCM-20240731-46
ORGÁNICA