Ciempozuelos (BOCM-20240729-45)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 179
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE JULIO DE 2024
Pág. 381
riamente de Archivera/o, funcionario de carrera, Administración Especial, Subescala de
Servicios Especiales, Grupo A, Subgrupo A2, Nivel C. D. 20, en atención a las necesidades organizativas existentes en el Ayuntamiento de Ciempozuelos en el Área de gestión de
esta plaza y para su cobertura interina hasta que la misma sea convocada para su cobertura
por provisión definitiva, creando esta Bolsa de Empleo Temporal hasta entonces. La duración de las relaciones que se formalicen será según nombramiento, o hasta que el Ayuntamiento dé por resuelta la relación por causa justificada o por desaparición de la urgencia
o necesidad que las motivó.
Las presentes bases regulan el proceso de selección para una Bolsa de Empleo Temporal de forma que permita cubrir las necesidades temporales que puedan presentarse por
motivo de vacantes, sustituciones transitorias de bajas, licencias reglamentarias o exceso u
acumulación de tareas por el tiempo establecido temporalmente.
La Bolsa de Empleo Temporal que se forme en virtud del presente procedimiento de
selección permanecerá vigente en tanto no se forme una nueva Bolsa de Empleo Temporal
que la deje sin efectos. Asimismo, esta nueva Bolsa de Empleo Temporal anula las anteriores si las hubiera.
Las funciones serán las propias de un Archivera/o, Escala Administración Especial,
Subescala de Servicios Especiales, Grupo A, Subgrupo A2, Nivel C. D. 20.
La jornada de trabajo será completa, dentro de los límites legalmente establecidos para
el personal al servicio de las Administraciones Públicas, de lunes a viernes, a prestar en horario de mañana y/o tarde. El resto de condiciones de trabajo serán las establecidas en el vigente Acuerdo/Convenio para el personal del Ayuntamiento de Ciempozuelos y restante
normativa de aplicación.
2.1. Requisitos generales.—Para la admisión a la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
A) Tener la nacionalidad española.
También podrán participar, como personal funcionario:
1. Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
2. El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar
los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean
dependientes.
3. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Las personas aspirantes no residentes en España incluidas en el apartado 2,
así como las personas extranjeras incluidas en el apartado 3, deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que alegan.
B) Contar con la edad mínima de dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
C) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de
las funciones públicas.
D) Los aspirantes deberán estar en posesión del título de Grado, Diplomatura, Ingeniería técnica, Arquitectura técnica o equivalente o estar en condiciones de obtenerlo en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias, en
cada caso. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos, habrán
de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso,
aportar certificación expedida en tal sentido por el organismo competente en materia de homologación de títulos académicos, que acredite la citada equivalencia.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, que deberán acreditar,
serán admitidas a las pruebas selectivas en igualdad de condiciones que el resto de personas aspirantes, siempre que sus limitaciones no sean incompatibles con el normal desem-
BOCM-20240729-45
Segunda. Requisitos de la convocatoria
B.O.C.M. Núm. 179
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE JULIO DE 2024
Pág. 381
riamente de Archivera/o, funcionario de carrera, Administración Especial, Subescala de
Servicios Especiales, Grupo A, Subgrupo A2, Nivel C. D. 20, en atención a las necesidades organizativas existentes en el Ayuntamiento de Ciempozuelos en el Área de gestión de
esta plaza y para su cobertura interina hasta que la misma sea convocada para su cobertura
por provisión definitiva, creando esta Bolsa de Empleo Temporal hasta entonces. La duración de las relaciones que se formalicen será según nombramiento, o hasta que el Ayuntamiento dé por resuelta la relación por causa justificada o por desaparición de la urgencia
o necesidad que las motivó.
Las presentes bases regulan el proceso de selección para una Bolsa de Empleo Temporal de forma que permita cubrir las necesidades temporales que puedan presentarse por
motivo de vacantes, sustituciones transitorias de bajas, licencias reglamentarias o exceso u
acumulación de tareas por el tiempo establecido temporalmente.
La Bolsa de Empleo Temporal que se forme en virtud del presente procedimiento de
selección permanecerá vigente en tanto no se forme una nueva Bolsa de Empleo Temporal
que la deje sin efectos. Asimismo, esta nueva Bolsa de Empleo Temporal anula las anteriores si las hubiera.
Las funciones serán las propias de un Archivera/o, Escala Administración Especial,
Subescala de Servicios Especiales, Grupo A, Subgrupo A2, Nivel C. D. 20.
La jornada de trabajo será completa, dentro de los límites legalmente establecidos para
el personal al servicio de las Administraciones Públicas, de lunes a viernes, a prestar en horario de mañana y/o tarde. El resto de condiciones de trabajo serán las establecidas en el vigente Acuerdo/Convenio para el personal del Ayuntamiento de Ciempozuelos y restante
normativa de aplicación.
2.1. Requisitos generales.—Para la admisión a la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
A) Tener la nacionalidad española.
También podrán participar, como personal funcionario:
1. Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
2. El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar
los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean
dependientes.
3. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Las personas aspirantes no residentes en España incluidas en el apartado 2,
así como las personas extranjeras incluidas en el apartado 3, deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que alegan.
B) Contar con la edad mínima de dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
C) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de
las funciones públicas.
D) Los aspirantes deberán estar en posesión del título de Grado, Diplomatura, Ingeniería técnica, Arquitectura técnica o equivalente o estar en condiciones de obtenerlo en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias, en
cada caso. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos, habrán
de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso,
aportar certificación expedida en tal sentido por el organismo competente en materia de homologación de títulos académicos, que acredite la citada equivalencia.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, que deberán acreditar,
serán admitidas a las pruebas selectivas en igualdad de condiciones que el resto de personas aspirantes, siempre que sus limitaciones no sean incompatibles con el normal desem-
BOCM-20240729-45
Segunda. Requisitos de la convocatoria