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Convenio –  Convenio de colaboración de 3 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Talamanca del Jarama (Madrid), para el depósito de objetos arqueológicos en calidad de depósito temporal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 177

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
41

CONVENIO de colaboración de 3 de julio de 2024, entre la Comunidad de
Madrid y el Ayuntamiento de Talamanca del Jarama (Madrid), para el depósito
de objetos arqueológicos en calidad de depósito temporal.
Madrid, a 3 de julio de 2024.
REUNIDOS

De una parte, D. Mariano de Paco Serrano, Consejero de Cultura, Turismo y Deporte
de la Comunidad de Madrid, en virtud de su nombramiento por Decreto 47/2023, de 23 de
junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid. Corresponde la firma al titular de la
Consejería competente por razón de la materia, en este caso, al Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, según Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte,
en relación con el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid,
y en ejercicio de las funciones conferidas en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 3.2.a)
del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, Juan Manuel García Sacristán, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Talamanca de Jarama, elegido en sesión constitutiva celebrada el 17 de junio de 2023, que
actúa en el ejercicio de sus atribuciones conforme a lo establecido en el artículo 21 de la
Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003,
de Modernización de Gobierno Local, en adelante Ayuntamiento de Talamanca de Jarama.
Ambas partes, en la condición con que respectivamente actúan, se reconocen capacidad jurídica y poderes suficientes para la formalización del presente convenio, y
EXPONEN
Primero
La Comunidad de Madrid, en su Museo Arqueológico y Paleontológico, custodia una
gran colección de restos arqueológicos fruto de las excavaciones llevadas a cabo en todo el territorio de la Comunidad, desde que asumió estas competencias según artículo 26.1.19 de la
Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.

Que el Ayuntamiento de Talamanca de Jarama y su Concejalía de Cultura, asumen la obligación de velar por la integridad del patrimonio histórico de su municipio; y de proteger, promover y difundir el valor cultural de los bienes que integran ese patrimonio en virtud del artículo 3 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
Por otro lado, la normativa dictada en materia de Museos regula la situación referente
a los comodatos de bienes muebles asignados a museos de titularidad de la Comunidad de
Madrid. En este sentido, la Ley 9/1999, de 9 de abril, de Museos de la Comunidad de Madrid,
dispone en el artículo 18 las condiciones en las que se llevarán a cabo esos depósitos.
En virtud de lo expuesto anteriormente, al objeto de facilitar la exposición de los bienes arqueológicos y con el objeto mutuo de la defensa y difusión del patrimonio histórico
de la región madrileña, ambas partes consideran conveniente establecer un convenio para
el depósito de objetos arqueológicos en el que se establezcan las condiciones del mismo y
que se regulará por las siguientes

BOCM-20240726-41

Segundo