C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240726-18)
Conciertos educativos –  Orden 3324/2024, de 22 de julio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueban las modificaciones de los conciertos educativos de los centros docentes privados, para el curso 2024-2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 62

VIERNES 26 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 177

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
18

ORDEN 3324/2024, de 22 de julio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueban las modificaciones de los conciertos educativos de los centros docentes privados, para el curso 2024-2025.

La Orden 4081/2016, de 29 de diciembre, de la entonces Consejería de Educación, Juventud y Deporte, reguló el procedimiento de acceso, renovación y modificación de los
conciertos educativos a partir del curso 2017-2018, de conformidad con lo dispuesto en los
Títulos III, V y VI del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, aprobado por el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre.
Por esta Orden se resuelven los expedientes de modificación de los conciertos educativos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial, Bachillerato y Formación Profesional, para el curso 2024-2025, incoados
de oficio o a instancias de parte, así como las solicitudes de acceso al régimen de conciertos. Para ello se han tenido en cuenta las disponibilidades presupuestarias y el número
máximo de 16.724,55 unidades a concertar, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 17 de julio de 2024.
En virtud de lo anterior, en el ejercicio de las competencias atribuidas por la normativa aludida en relación con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades,
DISPONGO
Primero
Modificaciones
1. Aprobar las modificaciones de los conciertos educativos, tramitadas de oficio o a
instancias de parte, de los centros docentes privados que se relacionan en los anexos I, II y III
de esta orden, en los cuales se expresa el fundamento de la correspondiente resolución:
a) Anexo I: referido a la Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
b) Anexo II:
— Relación A: referido a la Formación Profesional de Grado Básico.
— Relación B: referido a la Formación Profesional de Grado Medio.
— Relación C: referido a la Formación Profesional de Grado Superior.
c) Anexo III: referido a la Educación Especial.
2. Todas las solicitudes de acceso y modificación de los conciertos para Bachillerato,
y de acceso a conciertos de Formación Profesional de Grado Superior se deniegan por referirse a enseñanzas cuya concertación no está prevista por la Orden 4081/2016, de 29 de
diciembre.
3. Los conciertos educativos de los centros que no figuran en los anexos se mantienen en sus actuales términos, sin ninguna modificación.

Efectos
Las modificaciones que se aprueban por esta orden tendrán efectos desde el inicio del
curso 2024-2025.

BOCM-20240726-18

Segundo