C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240726-20)
Bases subvenciones –  Orden 2429/2024, de 11 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas a entidades sin ánimo de lucro, destinadas a financiar la realización de actividades y proyectos ambientales en la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 124

VIERNES 26 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 177

2. Los datos de carácter personal que se puedan recabar o que las partes obtengan en
el desarrollo de los proyectos objeto de esta Orden serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
3. La Comunidad de Madrid podrá hacer uso de los datos contenidos en los estudios
y trabajos anteriores, sin necesidad de consentimiento previo por parte de su propietario.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA
Impugnabilidad de las bases reguladoras
Contra la presente Orden cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, computando dicho plazo a partir del día siguiente al de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA
Habilitación
Se faculta a la persona titular de la Dirección General competente en materia de biodiversidad para dictar cuantos actos e instrucciones sean necesarios para la ejecución y aplicación de la Orden.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas las normas de igual o inferior rango en lo que se opongan a esta Orden, en particular la Orden 2825/2017, de 21 de septiembre, del Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas a entidades sin ánimo de lucro
destinadas a financiar la realización de actividades y proyectos ambientales en la Comunidad de Madrid (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 240, de 9 de octubre).
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor
La presente Orden, en la que se definen y establecen las bases reguladoras de esta línea de ayudas, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 11 de julio de 2024.
El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
CARLOS NOVILLO PIRIS

BOCM-20240726-20

(03/11.614/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791