Zarzalejo (BOCM-20240724-101)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MIÉRCOLES 24 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 175

con 1 punto. La pregunta no contestada o en su caso anulada, no tendrá valoración alguna, y la pregunta con contestación errónea penalizará con 0,25 puntos.
El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios sean
corregidos y valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
Pruebas prácticas.—Después de la prueba de conocimientos se realizarán los
ejercicios prácticos. Siendo el llamamiento individual. Los ejercicios prácticos se
determinarán por el Tribunal de Selección y se valorarán hasta un máximo de 30
puntos.
La puntuación de la fase oposición será la suma de las dos pruebas.
Será necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superar esta fase eliminatoria.
— Fase concurso:
De conformidad con el artículo 61.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, los procesos selectivos que incluyan, además de las preceptivas pruebas de capacidad, la valoración de méritos de los aspirantes sólo podrá otorgar a
dicha valoración una puntuación proporcionada que no determinará, en ningún
caso, por sí misma el resultado del proceso selectivo.
Solo se valorarán en esta fase a los aspirantes que hayan superado la de oposición.
Experiencia.—Hasta un máximo de 25 puntos:
Por haber prestado servicios en el ámbito público o privado, de igual grupo y
con funciones similares a la plaza objeto de la convocatoria, por cuenta ajena o
propia, a razón de 0,10 puntos por mes completo de servicios prestados.
La justificación del trabajo efectuado en la Administración se realizará mediante
certificado de servicio por el órgano competente, especificando la categoría profesional y porcentaje de jornada.
La justificación en el ámbito privado se realizará mediante vida laboral y contrato
de trabajo (en su defecto certificado de empresa que se realiza a los efectos de solicitud de prestaciones por desempleo).
Formación y perfeccionamiento.—Hasta un máximo de 15 puntos:
Cursos de formación relacionados con el objeto y funciones del puesto de trabajo,
convocados y homologados por centros u organismos oficiales.
— Curso de 100 horas o más: 2 puntos.
— Curso de 50 a 99,99: 1 punto.
— Curso de 15 a 49,99: 0,5 puntos.
En ningún caso se puntuarán en este apartado los cursos que no acrediten las horas
de formación o estas sean inferiores a 15 horas.
No se admiten los cursos de idiomas, los realizados para obtener títulos académicos, ni los derivados de procesos selectivos.
Titulaciones:
— Graduado en ESO o equivalente: 2 puntos.
— Formación profesional grado básico: 3 puntos.
— Formación profesional grado medio: 4 puntos.
— Formación profesional grado superior: 5 puntos.
Solo computa la mayor obtenida.
Novena. Calificación
A los aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les aplicará la puntuación
obtenida en la fase de concurso.
La puntuación final será aquella obtenida de aplicar el porcentaje establecido para la
fase de oposición más el porcentaje establecido para la fase de concurso.
El resultado de la suma de ambas fases, una vez realizadas las ponderaciones en cada
una de ellas, será la puntuación final.
Décima. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos
y formalización del contrato
Concluidas las pruebas, se elevará al órgano competente la propuesta con el candidato
para la formalización del contrato, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas
convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

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