C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (BOCM-20240724-26)
Convocatoria subvenciones –  Resolución de 23 de julio de 2024, de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, por la que se modifica la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, de 28 de octubre de 2021, por la que se convoca la concesión de ayudas para el autoconsumo y el almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como para la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, años 2021-2022-2023, se traspasan fondos entre los diferentes programas por componentes en función de la lista de espera y se amplía la cuantía de su crédito presupuestario. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 175

En el caso de los programas de incentivos 3 y 5, este justificante de registro será el de
la instalación final una vez incorporado el almacenamiento a la instalación existente. Además, para confirmar que la instalación generadora de energía eléctrica se ha realizado con
anterioridad a la solicitud de las ayudas por el programa de incentivos 5, se deberá presentar
también el documento justificativo de la legalización o registro de la instalación existente.
Para el programa de incentivos 6, documento de registro de instalación térmica de los edificios, emitido por el órgano competente de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el RITE”.
Siete. Se modifica el artículo 13.2 i) que queda redactado como sigue:
“Reportaje fotográfico de las actuaciones realizadas, que incluya fotografías de la situación del edificio después de las actuaciones, y en su caso, de los equipos e instalaciones
principales finales objeto de la ayuda, y donde se muestre el cartel publicitario, este cartel
de publicidad no aplica a los solicitantes que siendo personas físicas solicitan las ayudas por
los programas 4, 5 y 6 o señalización de la actuación y el sistema de visualización de energía indicado en el apartado AI.1.C del Anexo I del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio”.
Tercero
La presente resolución se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(BDNS) y en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid. Asimismo, de conformidad con
lo dispuesto en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la
Comunidad de Madrid, será objeto de difusión electrónica a través de la página web institucional de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid.
Cuarto

BOCM-20240724-26

La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente a su publicación.
Madrid, a 23 de julio de 2024.—El Director-Gerente de la Fundación de la Energía de
la Comunidad de Madrid, José Pedro Reques Fernández.
(01/12.221/24)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791