C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240723-39)
Bases subvenciones –  Orden 2289/2024, de 18 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se corrigen errores materiales en la Orden 2177/2024, de 1 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de proyectos sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la comunidad de Madrid
6 páginas totales
Página
B.O.C.M. Núm. 174

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE JULIO DE 2024

no cubiertas por otros servicios normalizados dirigidos a la población en general, siempre
que no se ejecuten en el ámbito territorial de Cañada Real y asentamientos chabolistas.
Las propuestas técnicas podrán incluir varias de las actuaciones que se detallan a continuación, favoreciendo así las intervenciones de carácter integral.
Será objeto de subvención los siguientes programas:
a) Programas de información, servicio de asesoramiento jurídico, orientación social,
así como un servicio de acompañamiento social, además de otras prestaciones y
actuaciones complementarias enfocadas a la mejora de su situación.
a) Programas destinados a la cobertura de bienes de primera necesidad y emergencia
social de las personas refugiadas y asiladas, que cubra las necesidades personales,
familiares y residenciales (ayudas de emergencia social).
c) Programas para la mediación social e intercultural en el ámbito educativo, sanitario, vecinal y social y/o promuevan la participación social.
d) Programas dirigidos a la creación y mantenimiento de recursos residenciales, dispositivos de acogida, alojamientos alternativos y temporales, que proporcionen
recursos e alojamiento y manutención.
b) Programas para atender las dificultades de adaptación de las personas destinatarias del proyecto para impulsar el desarrollo de competencias y habilidades psicosociales, la promoción de la salud y la inclusión social.
c) Programas de información, orientación social y cívica, formación, asesoramiento legal, traducción e interpretación, mediación social e intercultural dirigidos a la población refugiada y asilada que tengan como objetivo proporcionar y favorecer el acceso a los servicios sociales generales y la cobertura de las necesidades personales,
laborales y sociales que promuevan la igualdad de trato y la convivencia ciudadana.
d) Programas con actuaciones formativas y cursos de español que favorezcan la inserción social de los recién llegados o de personas que no hayan alcanzado un nivel suficiente de idioma que les permita desenvolverse de forma autónoma.
e) Programas de información, orientación, formación y asesoramiento sociolaboral a
través de itinerarios personalizados de acompañamiento, intermediación y seguimiento de búsqueda de empleo.
f) Programas de apoyo y acompañamiento en la búsqueda de empleo, en su proceso
de inserción laboral, como actividades de coordinación entre entidades, empresas
para lograr la empleabilidad”.
Debe decir:
“Sublinea 3. Personas asiladas y población desplazada en el marco de las acciones y
políticas estatales.
Descripción: Programas de Acogida e integración a personas asiladas y población desplazada de actuaciones que contemplen el diseño de itinerarios de inserción, así como el conocimiento de sus derechos y obligaciones y el seguimiento preciso para favorecer su autonomía personal, garantizando su incorporación en la sociedad, la atención de necesidades
no cubiertas por otros servicios normalizados dirigidos a la población en general, siempre
que no se ejecuten en el ámbito territorial de Cañada Real y asentamientos chabolistas.
Las propuestas técnicas podrán incluir varias de las actuaciones que se detallan a continuación, favoreciendo así las intervenciones de carácter integral.
Será objeto de subvención los siguientes programas:
a) Programas de información, servicio de asesoramiento jurídico, orientación social,
así como un servicio de acompañamiento social, además de otras prestaciones y
actuaciones complementarias enfocadas a la mejora de su situación.
b) Programas destinados a la cobertura de bienes de primera necesidad y emergencia
social de las personas refugiadas y asiladas, que cubra las necesidades personales,
familiares y residenciales (ayudas de emergencia social).
c) Programas para la mediación social e intercultural en el ámbito educativo, sanitario, vecinal y social y/o promuevan la participación social.
d) Programas dirigidos a la creación y mantenimiento de recursos residenciales, dispositivos de acogida, alojamientos alternativos y temporales, que proporcionen
recursos e alojamiento y manutención.
e) Programas para atender las dificultades de adaptación de las personas destinatarias del proyecto para impulsar el desarrollo de competencias y habilidades psicosociales, la promoción de la salud y la inclusión social.

Pág. 133

BOCM-20240723-39

BOCM