C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240723-39)
Bases subvenciones –  Orden 2289/2024, de 18 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se corrigen errores materiales en la Orden 2177/2024, de 1 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de proyectos sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la comunidad de Madrid
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 174

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE JULIO DE 2024

no cubiertas por otros servicios normalizados dirigidos a la población en general, siempre
que no se ejecuten en el ámbito territorial de Cañada Real y asentamientos chabolistas.
Las propuestas técnicas podrán incluir varias de las actuaciones que se detallan a continuación, favoreciendo así las intervenciones de carácter integral.
Será objeto de subvención los siguientes programas:
a) Programas de información, servicio de asesoramiento jurídico, orientación social,
así como un servicio de acompañamiento social, además de otras prestaciones y
actuaciones complementarias enfocadas a la mejora de su situación.
a) Programas destinados a la cobertura de bienes de primera necesidad y emergencia
social de las personas refugiadas y asiladas, que cubra las necesidades personales,
familiares y residenciales (ayudas de emergencia social).
c) Programas para la mediación social e intercultural en el ámbito educativo, sanitario, vecinal y social y/o promuevan la participación social.
d) Programas dirigidos a la creación y mantenimiento de recursos residenciales, dispositivos de acogida, alojamientos alternativos y temporales, que proporcionen
recursos e alojamiento y manutención.
b) Programas para atender las dificultades de adaptación de las personas destinatarias del proyecto para impulsar el desarrollo de competencias y habilidades psicosociales, la promoción de la salud y la inclusión social.
c) Programas de información, orientación social y cívica, formación, asesoramiento legal, traducción e interpretación, mediación social e intercultural dirigidos a la población refugiada y asilada que tengan como objetivo proporcionar y favorecer el acceso a los servicios sociales generales y la cobertura de las necesidades personales,
laborales y sociales que promuevan la igualdad de trato y la convivencia ciudadana.
d) Programas con actuaciones formativas y cursos de español que favorezcan la inserción social de los recién llegados o de personas que no hayan alcanzado un nivel suficiente de idioma que les permita desenvolverse de forma autónoma.
e) Programas de información, orientación, formación y asesoramiento sociolaboral a
través de itinerarios personalizados de acompañamiento, intermediación y seguimiento de búsqueda de empleo.
f) Programas de apoyo y acompañamiento en la búsqueda de empleo, en su proceso
de inserción laboral, como actividades de coordinación entre entidades, empresas
para lograr la empleabilidad”.
Debe decir:
“Sublinea 3. Personas asiladas y población desplazada en el marco de las acciones y
políticas estatales.
Descripción: Programas de Acogida e integración a personas asiladas y población desplazada de actuaciones que contemplen el diseño de itinerarios de inserción, así como el conocimiento de sus derechos y obligaciones y el seguimiento preciso para favorecer su autonomía personal, garantizando su incorporación en la sociedad, la atención de necesidades
no cubiertas por otros servicios normalizados dirigidos a la población en general, siempre
que no se ejecuten en el ámbito territorial de Cañada Real y asentamientos chabolistas.
Las propuestas técnicas podrán incluir varias de las actuaciones que se detallan a continuación, favoreciendo así las intervenciones de carácter integral.
Será objeto de subvención los siguientes programas:
a) Programas de información, servicio de asesoramiento jurídico, orientación social,
así como un servicio de acompañamiento social, además de otras prestaciones y
actuaciones complementarias enfocadas a la mejora de su situación.
b) Programas destinados a la cobertura de bienes de primera necesidad y emergencia
social de las personas refugiadas y asiladas, que cubra las necesidades personales,
familiares y residenciales (ayudas de emergencia social).
c) Programas para la mediación social e intercultural en el ámbito educativo, sanitario, vecinal y social y/o promuevan la participación social.
d) Programas dirigidos a la creación y mantenimiento de recursos residenciales, dispositivos de acogida, alojamientos alternativos y temporales, que proporcionen
recursos e alojamiento y manutención.
e) Programas para atender las dificultades de adaptación de las personas destinatarias del proyecto para impulsar el desarrollo de competencias y habilidades psicosociales, la promoción de la salud y la inclusión social.

Pág. 133

BOCM-20240723-39

BOCM