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Convenio –  Convenio de 8 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Instituto Nacional de Estadística, sobre el acceso a la base padronal del INE a través del servicio web SECOPA
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 170

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE JULIO DE 2024

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otras Administraciones Públicas que lo soliciten sin consentimiento previo del afectado solamente cuando les sean necesarios para el ejercicio de sus respectivas competencias, y exclusivamente para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes”.
Para ello, la Administración Pública solicitante debe facilitar la relación de personas
sobre las que necesite el domicilio o residencia para el ejercicio de sus competencias, y éste
sea un dato relevante.
Además, el Padrón municipal es un registro administrativo que contiene datos personales y como tal se encuentra sometido al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), en adelante RGPD, y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
En virtud del artículo 6.1.e) del RGPD el tratamiento de datos personales será lícito
cuando sea necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en
el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, debiendo estar
establecida la base para el tratamiento en una norma con rango de ley, según lo previsto en
el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 3/2018.
En este sentido, de conformidad con lo establecido en el artículo 41.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los procedimientos iniciados de oficio, a los solos efectos de su iniciación, las administraciones públicas podrán recabar, mediante consulta a las bases de datos del Instituto Nacional de Estadística, los datos sobre el domicilio del interesado recogidos en el
Padrón Municipal, remitidos por las Entidades Locales en aplicación de lo previsto en la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Que según lo establecido en el artículo 5.1.b) del RGPD la información que se facilite proveniente del Padrón sólo podrá utilizarse para los fines para los que la misma se solicita.
También se ha de tener en cuenta que de conformidad con lo establecido por el artículo 83.3 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades locales,
aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, en su redacción dada por el Real
Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre: “Los datos de los padrones que obren en poder del
Instituto Nacional de Estadística no podrán servir de base para la expedición de certificaciones o volantes de empadronamiento”.
Quinto
Que el Instituto Nacional de Estadística, conforme a los principios de cooperación y
coordinación en la actuación entre las Administraciones Públicas, desea habilitar los medios oportunos para que la cesión de los datos del domicilio que constan en su base padronal se lleve a cabo de la forma más eficiente posible en el marco legalmente vigente.
Por todo ello, ambas partes han acordado suscribir el presente Convenio conforme a
las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
El objeto del presente convenio es facilitar el acceso a la Base de Padrón continuo gestionada por el Instituto Nacional de Estadística (en adelante INE) por los órganos y entidades de la Administración de la Comunidad de Madrid competentes en procedimientos relativos a la declaración y registro de bienes de interés cultural y patrimonial; inspección y
régimen sancionador en materia de juegos y apuestas; inspección de habilitación industrial
y capacitación reglamentaria; autorización administrativa y la declaración de utilidad pública de instalaciones eléctricas así como los procedimientos de inspección y sancionadores derivados de las mismas; procedimientos de inspección y sanción en materia de medio
ambiente, agricultura, ganadería y alimentación, fianzas de arrendamientos y vivienda protegida; expropiaciones forzosas vinculadas a las infraestructuras de transporte; procedimientos sancionadores y de restauración de la legalidad urbanística; procedimientos sancionadores en materia de energía y turismo; así como el procedimiento de gestión,
concesión y pago del bono social térmico, a través del Servicio Web (SECOPA) desarrollado por el primero, con el fin de obtener el dato del domicilio a los efectos de practicar las

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