Fuenlabrada (BOCM-20240717-68)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 169

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
68

FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local de 12 de julio de 2024 (pto. 24) por
la que se aprueba el gasto y la convocatoria de ayudas económicas para la promoción y la
autonomía personal de las mujeres víctimas de violencia de género residentes en el municipio de Fuenlabrada (año 2024).

De conformidad con lo previsto en los art. 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Primero. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas
económicas en régimen de competencia competitiva, destinadas a dar cobertura a las necesidades básicas de mujeres víctimas de violencia de género y de las personas dependientes
de ellas, considerándose como tales en el marco de la presente convocatoria a sus hijas e hijos de hasta 25 años de edad o mayores de esta edad con una discapacidad reconocida
del 33% o superior, siempre que convivan y dependan económicamente de ellas. El cese
temporal de la convivencia por razón de estudios, trabajo, tratamiento médico, rehabilitación u otras causas similares no rompen el requisito de la convivencia entre la solicitante y
las personas dependientes de ella.
Segundo. Beneficiarias.—Se deberá cursar una única solicitud con cargo a la presente convocatoria. Podrán ser beneficiarias las mujeres solicitantes que cumplan los siguientes requisitos:
1. Estar empadronadas en el municipio de Fuenlabrada con una antigüedad mínima
de seis meses antes de la aprobación de las presentes. El mismo requisito se exige a las personas dependientes de ella.
2. Ser mayor de edad (18 años) o estar emancipada legalmente a la fecha de presentación de la solicitud.
3. Tener la condición de víctima de violencia de género a la fecha de presentación de
la solicitud, lo que debe acreditarse a través de cualquiera de los siguientes documentos:
i. Orden de protección o medida cautelar vigente.
ii. Sentencia condenatoria por delito de violencia de género.
iii. Resolución judicial que declare que la mujer es víctima de trata de seres humanos
con fines de explotación sexual.
iv. Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia y/o
de trata de ser humanos con fines de explotación sexual, auto de apertura de juicio
oral o resolución equivalente en el que conste la existencia de dichos indicios.
v. Informe de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que indique la existencia de indicios claros de trata de seres humanos con fines de explotación sexual.
vi. Título habilitante emitido por la Comunidad de Madrid.
4. Contar con un informe positivo del PMORVG de Fuenlabrada que indique la necesidad que se pretende cubrir y que establezca el cumplimiento de los requisitos establecidos para el acceso a la ayuda. El PMORVG solicitará toda la documentación que considere
precisa para emitir dicho informe positivo para acreditar el cumplimiento de los requisitos.
5. No convivir con el agresor, salvo en circunstancias excepcionales en las que la
convivencia vaya a finalizar de manera inminente, lo que requiere valoración e informe motivado del equipo técnico del PMORVG.
6. Estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de
Fuenlabrada. El mismo requisito se exige a las personas dependientes de ella.
7. No haber tenido una renta anual en el año anterior a la convocatoria superior a
35.000,00 euros brutos.

BOCM-20240717-68

BDNS Identif.: 774794