Manzanares el Real (BOCM-20240717-76)
Organización y funcionamiento. Ordenanza campamentos municipales
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BOCM

MIÉRCOLES 17 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 169

gatoria. Se dará prioridad a aquellos cuya unidad familiar se encuentre empadronada en el
municipio, en caso de existir plazas vacantes, se abrirá la convocatoria a menores cuya unidad familiar no se encuentre empadronada.
Art. 5. Periodo de desarrollo de los Campamentos Municipales.—El servicio de
Campamentos Municipales se desarrolla habitualmente en períodos no lectivos. Estos son:
— Dos/tres días no lectivos consecutivos, que tienen lugar normalmente en el mes de
febrero, coincidente con la denominada Semana Blanca/Carnaval.
— Días consecutivos no lectivos de marzo y abril, coincidente con las Fiestas de
Semana Santa.
— Días no lectivos del período vacacional de verano, normalmente desarrollado en
junio, julio, agosto y septiembre.
— Días no lectivos de finales de diciembre y principios de enero.
Art. 6. Instalaciones municipales relacionadas.—Los Campamentos Municipales
regidos por esta normativa se desarrollarán en instalaciones municipales. Las instalaciones
preferentemente indicadas para este uso serán:
— La Casa de la Juventud “Vicente Ferrer”: principalmente para los Campamentos
Municipales que se desarrollan en período escolar.
— La piscina municipal: solo cuando esta instalación esté abierta y acondicionada
para su uso, preferentemente en los campamentos de período no escolar.
— El campo de fútbol: preferentemente para los campamentos en período no escolar.
— Polideportivo Municipal: Preferentemente para los campamentos en período no
escolar.
— Espacios del colegio público “Virgen de Peña Sacra”: preferentemente para los
campamentos en período no escolar para realizar las comidas cuando estén ofertadas como servicio extra del campamento.
Art. 7. Inclusión.—Los Campamentos Municipales de Manzanares el Real tiene un
carácter inclusivo, por lo que se busca facilitar la integración de las personas con discapacidad de la mejor manera posible.
Capítulo II
Derechos y deberes de los usuarios
Art. 8. Derechos.—Los usuarios y usuarias, respecto al uso y utilización del servicio,
tendrán los siguientes derechos:
1. Derecho a inscribirse en la actividad de campamento y a contar con los servicios
extra y el comedor siempre que el número de personas inscritas permita ofrecer los servicios
y estos hayan sido ofertados en la convocatoria.
2. Recibir información sobre las actividades, horarios, normas, suspensión de actividades, tasas o precios públicos y acceso a servicios extra y comedor.
3. Atención, ayuda, asesoramiento y trato correcto por parte del personal del Ayuntamiento y de los campamentos o dependiente de las empresas que colaboran en el desarrollo
del servicio, atendiendo todas las peticiones que les soliciten.
4. Utilizar las instalaciones en las mejores condiciones de higiene, limpieza y seguridad.
5. Garantía de capacitación del personal trabajador en el desarrollo de los campamentos.
6. El Ayuntamiento dispone de un seguro colectivo de accidentes para usuarios/as
del campamento.
7. Derecho a efectuar sugerencias y reclamaciones a través de sus representantes legales, mediante escrito presentado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Manzanares
El Real.
Art. 9. Obligaciones.—Todas las personas usuarias del campamento deben:
1. Los representantes legales deberán estar al corriente de pago. El impago de alguna
cuota, tasa o tributo del Ayuntamiento de Manzanares el Real será motivo de no inscripción
al Campamento Municipal ni a los servicios extra.
2. Hacer uso de los servicios contratados incluyendo aquellos denominados “servicios
extra” y comedor.

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