Manzanares el Real (BOCM-20240717-76)
Organización y funcionamiento. Ordenanza campamentos municipales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 169

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE JULIO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MANZANARES EL REAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Aprobada provisionalmente por acuerdo del Pleno de fecha 9 de mayo de 2024 y al
no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial del Ayuntamiento de
Manzanares el Real, relativo a la ordenanza municipal reguladora del servicio de Campamentos Municipales organizados por el Ayuntamiento de Manzanares el Real en espacios municipales, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en
cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases
de Régimen Local, pasando a quedar de la siguiente manera:
«ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE CAMPAMENTOS
MUNICIPALES ORGANIZADOS POR EL AYUNTAMIENTO
DE MANZANARES EL REAL EN ESPACIOS MUNICIPALES
Capítulo preliminar

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la ordenanza.—La presente ordenanza
tiene por objeto regular la prestación de servicio de los Campamentos Municipales infantiles y juveniles de Manzanares el Real, realizados en períodos no lectivos en espacios municipales, en el ejercicio de la potestad normativa reconocida a este por el artículo 127, en
relación con los artículos 41 al 47, ambos inclusive, del vigente texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo (en adelante, TRLRHL).
Art. 2. Titularidad y gestión del servicio.—La titularidad del servicio público de
la actividad denominada Campamentos Municipales es del Ayuntamiento de Manzanares el Real. Su gestión será prestada de manera directa con medios del Ayuntamiento de
Manzanares El Real.
Art. 3. Competencias municipales y objetivo de los Campamentos Municipales.—
Atendiendo a las competencias que le atribuye la legislación vigente, corresponde al
Ayuntamiento de Manzanares el Real reglamentar las formas de solicitar y acceder a los
Campamentos Municipales, así como de regular su desarrollo:
1. El Ayuntamiento de Manzanares el Real facilitará dentro de sus posibilidades, a
todas las personas menores de edad, el acceso los Campamentos Municipales.
2. El Ayuntamiento de Manzanares El Real tiene, entre otras, las funciones de desarrollar en el municipio actividades de ocio y tiempo libre para apoyar el desarrollo, la salud
y la autonomía de la infancia entendida como niños, niñas y adolescentes menores de 18
años (en adelante NNA), así como, apoyar la conciliación familiar y de las personas tutoras de un/a menor/a.
3. Los Campamentos Municipales tienen el objetivo de:
a) Fomentar la integración de los NNA sea cual sea su condición.
b) Promover valores educativos basados en la tolerancia, la solidaridad, el pluralismo
y la igualdad.
c) Posibilitar el Derecho al juego, el ocio y el tiempo libre para favorecer su desarrollo
personal.
d) Motivar el desarrollo de la comunidad y favorecer el desarrollo psicomotor,
cognitivo, crítico y afectivo e impulsar hábitos saludables de los NNA.
e) Apoyar la conciliación laboral y familiar.
Art. 4. Personas usuarias.—La población destinada a los Campamentos Municipales
son los menores de edad comprendidos entre el primer año de escolarización de Educación
Infantil (Infantil 3 años), hasta el tercer año de escolarización de Educación Secundaria Obli-

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