C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240716-37)
Plan estratégico subvenciones – Orden 91/2024, de 2 de julio, de la Consejería de Digitalización, por la que se modifica parcialmente el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2024, aprobado por Orden 52/2024, de 9 de mayo, de la Consejería de Digitalización
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BOCM
MARTES 16 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 168
F) Seguimiento y evaluación:
Los indicadores que permitirán verificar el grado de cumplimiento de este Plan serán
el número de actuaciones subvencionadas y el grado de ejecución presupuestaria.
Según el Real Decreto 522/2024, de 4 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 990/2021, de 16 de noviembre, el objetivo a cumplir establecido para la Comunidad de
Madrid es la ejecución de al menos 794 actuaciones, teniendo como horizonte temporal
para su consecución el cuarto trimestre de 2024.
El cumplimiento de esta exigencia se utilizará como indicador en el seguimiento y evaluación de la actuación.
II.2. Subvenciones dirigidas a la ejecución del programa de emisión de bonos
de conectividad digital para colectivos calificados como económicamente
vulnerables, a los solos efectos de la obtención del bono digital, en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
A) Área competencial y sectores a los que se dirige:
El Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno estableció la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización, y recoge entre las competencias de la
Dirección General de Estrategia Digital favorecer la implantación de infraestructuras claves para el desarrollo digital de la Comunidad de Madrid y garantizar la conectividad digital a los ciudadanos.
El Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, aprobó la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dicho Real Decreto ha sido modificado por el Real
Decreto 1134/2023, de 19 de diciembre y por el Real Decreto 521/2024, de 4 de junio.
Podrán ser beneficiarias las personas físicas de unidades familiares que, a los efectos
del programa, hayan sido calificadas como integrantes de colectivos vulnerables y que residan en territorio de la Comunidad de Madrid.
B) Objetivos y efectos:
El objetivo de esta línea de subvenciones es financiar los gastos necesarios para que
los colectivos vulnerables accedan a los servicios de banda ancha, o realicen el mantenimiento de los ya contratados, a través de un bono digital, contemplado en la inversión I3
del componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Este objetivo ha sido fijado, en el anexo I del mencionado Real Decreto 989/2021, de 16 de
noviembre, en 10.632 bonos.
El bono digital contribuirá a financiar la contratación de nuevos servicios de conexión
a banda ancha o el mantenimiento de los ya contratados, desde una ubicación fija con una
velocidad mínima de 30 Mbps en sentido descendente, en condiciones de máxima demanda con la tecnología más adecuada en cada caso para personas o unidades familiares identificadas como vulnerables.
Esta línea de subvenciones ayudará a conseguir la eliminación de brechas en el acceso a la digitalización de colectivos especialmente vulnerables
C) Plazo:
Los objetivos de esta línea de subvenciones se plantean para los años 2024 y 2025.
D) Costes previsibles y fuente de financiación:
La financiación se realizará con cargo a la partida 48399 “Familias: Otras actuaciones”, del Programa 928M – MRR C15.I3 “Bonos de conectividad para colectivos vulnerables” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid en 2024, procedentes del
Programa UNICO – Bono Social, financiado con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, al estar incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El crédito propuesto será de 2.523.600 euros en la anualidad 2024, estimándose realizar el gasto en 2024 y 2025.
E) Plan de acción:
Estas subvenciones se regirán por las bases reguladoras vigentes en el momento de su
convocatoria.
BOCM-20240716-37
Pág. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 168
F) Seguimiento y evaluación:
Los indicadores que permitirán verificar el grado de cumplimiento de este Plan serán
el número de actuaciones subvencionadas y el grado de ejecución presupuestaria.
Según el Real Decreto 522/2024, de 4 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 990/2021, de 16 de noviembre, el objetivo a cumplir establecido para la Comunidad de
Madrid es la ejecución de al menos 794 actuaciones, teniendo como horizonte temporal
para su consecución el cuarto trimestre de 2024.
El cumplimiento de esta exigencia se utilizará como indicador en el seguimiento y evaluación de la actuación.
II.2. Subvenciones dirigidas a la ejecución del programa de emisión de bonos
de conectividad digital para colectivos calificados como económicamente
vulnerables, a los solos efectos de la obtención del bono digital, en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
A) Área competencial y sectores a los que se dirige:
El Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno estableció la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización, y recoge entre las competencias de la
Dirección General de Estrategia Digital favorecer la implantación de infraestructuras claves para el desarrollo digital de la Comunidad de Madrid y garantizar la conectividad digital a los ciudadanos.
El Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, aprobó la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dicho Real Decreto ha sido modificado por el Real
Decreto 1134/2023, de 19 de diciembre y por el Real Decreto 521/2024, de 4 de junio.
Podrán ser beneficiarias las personas físicas de unidades familiares que, a los efectos
del programa, hayan sido calificadas como integrantes de colectivos vulnerables y que residan en territorio de la Comunidad de Madrid.
B) Objetivos y efectos:
El objetivo de esta línea de subvenciones es financiar los gastos necesarios para que
los colectivos vulnerables accedan a los servicios de banda ancha, o realicen el mantenimiento de los ya contratados, a través de un bono digital, contemplado en la inversión I3
del componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Este objetivo ha sido fijado, en el anexo I del mencionado Real Decreto 989/2021, de 16 de
noviembre, en 10.632 bonos.
El bono digital contribuirá a financiar la contratación de nuevos servicios de conexión
a banda ancha o el mantenimiento de los ya contratados, desde una ubicación fija con una
velocidad mínima de 30 Mbps en sentido descendente, en condiciones de máxima demanda con la tecnología más adecuada en cada caso para personas o unidades familiares identificadas como vulnerables.
Esta línea de subvenciones ayudará a conseguir la eliminación de brechas en el acceso a la digitalización de colectivos especialmente vulnerables
C) Plazo:
Los objetivos de esta línea de subvenciones se plantean para los años 2024 y 2025.
D) Costes previsibles y fuente de financiación:
La financiación se realizará con cargo a la partida 48399 “Familias: Otras actuaciones”, del Programa 928M – MRR C15.I3 “Bonos de conectividad para colectivos vulnerables” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid en 2024, procedentes del
Programa UNICO – Bono Social, financiado con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, al estar incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El crédito propuesto será de 2.523.600 euros en la anualidad 2024, estimándose realizar el gasto en 2024 y 2025.
E) Plan de acción:
Estas subvenciones se regirán por las bases reguladoras vigentes en el momento de su
convocatoria.
BOCM-20240716-37
Pág. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID