Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20240712-71)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 12 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 165
— Se deberá adjuntar declaración responsable de que se cumple con los requisitos
exigidos.
Excepcionalmente, en caso de no disponer de medios electrónicos, se hará de manera presencial conforme a lo establecido en el punto 3.3, en las oficias de atención a la ciudadanía.
No se aceptarán ni solicitudes ni documentación adicional que no sea presentada de
acuerdo con lo expuesto anteriormente. El hecho de presentar la solicitud implicará que
la persona aspirante reúne los requisitos exigidos en la base 2.1 y autoriza la exposición
de sus datos personales en la web, el tablón de edictos y en la Intranet municipal de este
Ayuntamiento.
Los méritos se valorarán exclusivamente hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes. La documentación que no se presente en ese plazo no será valorada en la fase de concurso.
Se deberá adjuntar declaración responsable de que se cumple con los requisitos exigidos. Los modelos de Instancia, Declaración responsable y Autorización de consulta de datos se encuentran a disposición de las personas interesadas en la página web municipal en
el enlace https://rivasciudad.convoca.online
3.5. Derechos de examen: al realizar la solicitud para participar en este proceso selectivo es necesario proceder al abono de la tasa correspondiente o la justificación de su
exención, de acuerdo a lo establecido en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen vigente el día de apertura del plazo de presentación de solicitudes y dentro
de dicho plazo.
A lo largo del procedimiento de inscripción existirá un paso en el que se solicitarán el
abono de la tasa o la justificación de la exención.
En ningún caso el pago de los derechos de examen sustituye el trámite de presentación,
en tiempo y forma, de la solicitud. Las personas aspirantes que concurran a más de una plaza deberán abonar los derechos de examen correspondientes a cada una de ellas.
Para ello debe realizar el trámite electrónico a través del enlace siguiente:
https://rivasciudad.convoca.online/ eligiendo el proceso que sea de su interés.
No procederá devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de
la convocatoria por causa imputable al interesado, ni tampoco por la no presentación de la
persona interesada a las pruebas selectivas en la fecha, hora y lugar señalados.
4. Admisión y exclusión de personas aspirantes
Para ser admitido a la convocatoria bastará que las personas aspirantes presenten la solicitud, cumpliendo lo previsto en la base 3.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. Dicha
resolución se publicará en la página web del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid:
https://sede-electronica.rivasciudad.es/oferta-empleo/ y en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.
En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se publicará un extracto de
la resolución indicándose los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas
completas de personas admitidas y excluidas, así como la causa o causas de exclusión.
Las personas excluidas expresamente, así como las que no figuren en la relación de
personas admitidas o excluidas, dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el defecto que haya motivado
su exclusión o su no inclusión expresa. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los
defectos justificando su derecho de admisión, serán definitivamente excluidos/as del proceso selectivo.
Finalizado el plazo de subsanación, el órgano competente dictará resolución declarando
aprobada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.
Si no se presentaran subsanaciones al listado provisional en el plazo concedido, este
quedará automáticamente elevado a definitivo. Dicha resolución se publicará en la web municipal https://www.rivasciudad.es/ y en tablón de edictos.
El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no supone que se reconozca
a las personas interesadas el cumplimiento de los requisitos exigidos para participar en el
proceso selectivo. Cuando del examen de la documentación que se presente se desprenda
BOCM-20240712-71
Pág. 492
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 165
— Se deberá adjuntar declaración responsable de que se cumple con los requisitos
exigidos.
Excepcionalmente, en caso de no disponer de medios electrónicos, se hará de manera presencial conforme a lo establecido en el punto 3.3, en las oficias de atención a la ciudadanía.
No se aceptarán ni solicitudes ni documentación adicional que no sea presentada de
acuerdo con lo expuesto anteriormente. El hecho de presentar la solicitud implicará que
la persona aspirante reúne los requisitos exigidos en la base 2.1 y autoriza la exposición
de sus datos personales en la web, el tablón de edictos y en la Intranet municipal de este
Ayuntamiento.
Los méritos se valorarán exclusivamente hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes. La documentación que no se presente en ese plazo no será valorada en la fase de concurso.
Se deberá adjuntar declaración responsable de que se cumple con los requisitos exigidos. Los modelos de Instancia, Declaración responsable y Autorización de consulta de datos se encuentran a disposición de las personas interesadas en la página web municipal en
el enlace https://rivasciudad.convoca.online
3.5. Derechos de examen: al realizar la solicitud para participar en este proceso selectivo es necesario proceder al abono de la tasa correspondiente o la justificación de su
exención, de acuerdo a lo establecido en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen vigente el día de apertura del plazo de presentación de solicitudes y dentro
de dicho plazo.
A lo largo del procedimiento de inscripción existirá un paso en el que se solicitarán el
abono de la tasa o la justificación de la exención.
En ningún caso el pago de los derechos de examen sustituye el trámite de presentación,
en tiempo y forma, de la solicitud. Las personas aspirantes que concurran a más de una plaza deberán abonar los derechos de examen correspondientes a cada una de ellas.
Para ello debe realizar el trámite electrónico a través del enlace siguiente:
https://rivasciudad.convoca.online/ eligiendo el proceso que sea de su interés.
No procederá devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de
la convocatoria por causa imputable al interesado, ni tampoco por la no presentación de la
persona interesada a las pruebas selectivas en la fecha, hora y lugar señalados.
4. Admisión y exclusión de personas aspirantes
Para ser admitido a la convocatoria bastará que las personas aspirantes presenten la solicitud, cumpliendo lo previsto en la base 3.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. Dicha
resolución se publicará en la página web del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid:
https://sede-electronica.rivasciudad.es/oferta-empleo/ y en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.
En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se publicará un extracto de
la resolución indicándose los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas
completas de personas admitidas y excluidas, así como la causa o causas de exclusión.
Las personas excluidas expresamente, así como las que no figuren en la relación de
personas admitidas o excluidas, dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el defecto que haya motivado
su exclusión o su no inclusión expresa. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los
defectos justificando su derecho de admisión, serán definitivamente excluidos/as del proceso selectivo.
Finalizado el plazo de subsanación, el órgano competente dictará resolución declarando
aprobada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.
Si no se presentaran subsanaciones al listado provisional en el plazo concedido, este
quedará automáticamente elevado a definitivo. Dicha resolución se publicará en la web municipal https://www.rivasciudad.es/ y en tablón de edictos.
El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no supone que se reconozca
a las personas interesadas el cumplimiento de los requisitos exigidos para participar en el
proceso selectivo. Cuando del examen de la documentación que se presente se desprenda
BOCM-20240712-71
Pág. 492
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID