D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240710-38)
Convenio –  Convenio de 24 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Federación de Municipios de Madrid (FMM), para la concesión de una subvención nominativa por importe de 490.000 euros para el funcionamiento y las actividades de la Federación, correspondientes al año 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 163

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE JULIO DE 2024

Pág. 119

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
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CONVENIO de 24 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Federación de Municipios
de Madrid (FMM), para la concesión de una subvención nominativa por importe de 490.000 euros para el funcionamiento y las actividades de la Federación,
correspondientes al año 2024.
En Madrid, a 24 de junio de 2024.
REUNIDOS

De una parte, D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y
Administración Local de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 39/2023, de 23 de
junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se dispone su nombramiento
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2023) y
actuando en el ejercicio de su cargo, en uso de las facultades que le confiere el artículo 41.a)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid,
por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid y de lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la actividad convencional en la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D.a Judith Piquet Flores, Presidenta de la Federación de Municipios de
Madrid, en virtud de su elección en el pleno de la Asamblea General de dicha entidad celebrada el 28 de noviembre de 2023 y, en el ejercicio de las competencias recogidas en la disposición adicional quinta punto tercero de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 4.6 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo,
de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y el artículo 35.1.g) de los Estatutos de
la Federación de Municipios de Madrid actualmente vigentes.

I. Que corresponden a la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local,
las competencias en materia de administración local y desarrollo local, de conformidad con
lo establecido en el artículo 2 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de
la Comunidad de Madrid y los artículos 1 y 13 del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Presidencia, Justicia y Administración Local, en lo que se refiere a administración local y desarrollo local.
Los principios que rigen la actividad en que se concretan las competencias referidas,
se orientan a la consecución de una mejora sustancial de los servicios que están obligados
a prestar los municipios de la Comunidad de Madrid, mediante la mejora de sus recursos y
una intensa labor de asesoramiento y asistencia especialmente dirigida a los municipios de
menor potencial.
De esta manera, se pretende conseguir el objetivo básico de reforzar la administración
local madrileña en sus diferentes elementos institucionales, organizativos y funcionales,
partiendo de las siguientes premisas básicas:
— Garantizar la prestación de servicios de competencia municipal en todo el territorio de la Comunidad de Madrid.
— Profundizar en el desarrollo regional sostenible.
— Arbitrar los medios necesarios para proporcionar la máxima capacitación de los
cargos electos y personal al servicio de las Corporaciones Locales, así como la divulgación de aspectos esenciales de la Administración Local que pudieran concitar el interés de las Entidades Locales de Madrid.

BOCM-20240710-38

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