Boadilla del Monte (BOCM-20240709-54)
Organización y funcionamiento. Reglamento Uso Centro Empresas
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BOCM

MARTES 9 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 162

puesta en marcha de la misma. En ningún caso se atenderán solicitudes en las que la
fecha prevista de inicio supere en treinta días la fecha prevista de la publicación de
la resolución de aprobación de las listas de valoración de las solicitudes presentadas,
o desde la notificación para ocupar un despacho/local libre por estar en la bolsa de
proyectos empresariales en espera y, en todo caso, antes de la formalización del
acuerdo que habilita el uso de los despachos o puestos de autónomo”.
El último párrafo del apartado 3 queda redactado del siguiente modo:
“La presentación de solicitudes implica por parte del empresario la aceptación incondicionada de las condiciones establecidas en la convocatoria”.
4.o Se modifica el artículo 8 del Reglamento, quedando redactado en los siguientes
términos:
“Art. 8. Criterios de valoración.—Los criterios de valoración serán los fijados en la
convocatoria”.
5.o Se modifica el artículo 9 del Reglamento, quedando redactado en los siguientes
términos:
“Art. 9. Procedimiento de adjudicación de los locales-despacho.—1. Los técnicos
municipales del área de Formación y Empleo procederán al examen y estudio de los proyectos presentados conforme a los criterios de valoración previstos en la convocatoria y elaborarán un informe de valoración de las solicitudes presentadas, en función de los criterios
de valoración, que elevarán al concejal-delegado del Área de Formación y Empleo para su
aprobación.
2. El concejal-delegado procederá a dictar resolución aprobando la lista de valoración de solicitudes de acceso al CEM, ordenadas de mayor a menor puntuación.
En caso de producirse un empate entre los proyectos valorado, este se resolverá atendiendo al orden de entrada de las solicitudes presentadas por registro y, en todo caso, la
asignación de los despachos se realizará teniendo en cuenta, en primer lugar, la asignación
de los despachos dobles. Dicha lista se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el del CEM.
Tras la publicación de la lista de valoración de solicitudes presentadas, o desde la notificación para ocupar un despacho/local libre por estar en la bolsa de proyectos empresariales en
espera se procederá en el plazo máximo de un mes, a la formalización del correspondiente
acuerdo con cada uno de los empresarios seleccionados. La formalización habilitará al empresario a la utilización de los despachos o puestos de autónomos adjudicados.
3. La solicitud de prórroga de un año deberá solicitarse por el empresario, como mínimo dos meses antes de la finalización del plazo de cuatro años, notificándole la concesión
de prórroga dentro del plazo máximo de un mes desde la solicitud”.
6.o Se modifica el artículo 10 del Reglamento, quedando redactado en los siguientes
términos:
El segundo párrafo del apartado 1 queda redactado así del siguiente modo:
“La referida bolsa se configurará por orden de prelación, en función de la calificación
obtenida en el informe de valoración correspondiente, reordenándose y publicándose, como
mínimo, cada tres meses con los nuevos proyectos presentados”.
El apartado 2 queda redactado del siguiente modo:
“2. El procedimiento que se llevará a cabo cuando se produzca una vacante será el
siguiente:
a) Producida una vacante en los despachos o puestos de autónomos del CEM de Boadilla del Monte, los técnicos municipales procederán a informar al concejal-delegado del Área de Formación y Empleo.
b) El concejal-delegado notificará a los usuarios que estén ocupando despachos o
puestos de autónomos la vacante producida, para que en el plazo de 5 días naturales comuniquen su intención de trasladarse al despacho o puesto de autónomo vacante. En caso de que hubiera varias solicitudes se resolverá dando preferencia a
los empresarios o autónomos más antiguos.
En este caso el empresario se compromete a dejar el despacho saliente pintado y
en las mismas condiciones de limpieza y mantenimiento, en que se lo encontró.

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