San Fernando de Henares (BOCM-20240709-74)
Organización y funcionamiento. Reglamento movilidad
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE JULIO DE 2024
Pág. 191
4. Las convocatorias corresponderán a la presidencia, bien a iniciativa propia o solicitada a petición de la mitad más uno de los/as miembros de la Mesa. En este caso la solicitud siempre irá acompañada de un escrito que razone su necesidad, y se convocará en un
plazo no superior a 15 días.
5. Las convocatorias de los plenarios se realizarán vía correo electrónico, con una
antelación de al menos 7 días. Estas irán acompañadas del orden del día de la reunión, al
cual se podrán incorporar cuantas aportaciones se realicen por los/as Miembros de la Mesa.
6. Los órdenes del día serán elaborados por la presidencia. Los/as representantes de
las entidades podrán hacer propuestas de inclusión en el orden del día, previo a la convocatoria. La presidencia informará sobre su decisión respeto de las propuestas de las entidades.
Período de mandato
1. El mandato de los/as miembros del Consejo Municipal de Movilidad será por cuatro años.
2. En el caso de vacantes dentro del periodo de mandato la presidencia procederá a
su sustitución en un plazo máximo de dos meses.
Partes integrantes de la Mesa de la Movilidad
La Mesa de la Movilidad está formada por el Plenario y por las Comisiones de Trabajo que se consideren. El Plenario es el órgano motor de la Mesa de la Movilidad, que procura su funcionamiento. Es el espacio donde se ponen en común los resultados de la actividad de las diferentes comisiones de trabajo (conclusiones, propuestas, etc.) para su debate
y, si se tercia, su aprobación.
La mesa de la movilidad estará compuesta, por:
— Un/a representante de cada una de las asociaciones vecinales.
— Un/a representante de cada una de las asociaciones de mujeres.
— Un/a representante de los sindicatos UGT y CCOO sectoriales.
— 2 representantes de las asociaciones de diversidad funcional.
— 2 representantes de la FLAMPA o de las AMPAS.
— Un/a representante de las asociaciones de mayores.
— Un/a representante de las asociaciones ecologistas.
— Un/a representante de cada uno de los grupos políticos con representación municipal.
— Un/a técnico/a del área de seguridad que participará en las reuniones y hará las veces de secretario.
La secretaría de la mesa podrá ser asumida por personal administrativo del área cuando la presidencia así lo decida.
Las principales funciones que se le asignan:
— Definir y constituir las comisiones de trabajo que se consideren.
— Definir los objetivos genéricos y específicos de la Mesa de la Movilidad.
— Definir los objetivos y el plan de trabajo de las diferentes comisiones.
— Elevar los resultados del trabajo de las comisiones y del mismo a los órganos del
Ayuntamiento que correspondan.
— Invitar a expertos/as externos/as necesarios/as para enriquecer el debate.
— Organizar jornadas o conferencias divulgativas, etc.
— Dar apoyo a las actividades propuestas por las entidades.
— Hacer el seguimiento de los acuerdos (conclusiones o propuestas) e informar a los
integrantes de la mesa de su evolución.
— Recoger y vehicular las opiniones o posicionamientos de los diferentes agentes representados a la Mesa.
— Hacer el seguimiento de las propuestas o acuerdos e informar de su evolución.
— Establecer el calendario de las reuniones y de las comisiones de trabajo.
Las convocatorias serán hechas por la presidencia a iniciativa propia o si la mitad más
uno de los miembros de la Mesa pide una reunión extraordinaria del Plenario, siempre que
se acompañe de un escrito que razone su necesidad. En este caso, la reunión se deberá convocar en el plazo de 15 días.
BOCM-20240709-74
Principales funciones de la Mesa de Movilidad
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE JULIO DE 2024
Pág. 191
4. Las convocatorias corresponderán a la presidencia, bien a iniciativa propia o solicitada a petición de la mitad más uno de los/as miembros de la Mesa. En este caso la solicitud siempre irá acompañada de un escrito que razone su necesidad, y se convocará en un
plazo no superior a 15 días.
5. Las convocatorias de los plenarios se realizarán vía correo electrónico, con una
antelación de al menos 7 días. Estas irán acompañadas del orden del día de la reunión, al
cual se podrán incorporar cuantas aportaciones se realicen por los/as Miembros de la Mesa.
6. Los órdenes del día serán elaborados por la presidencia. Los/as representantes de
las entidades podrán hacer propuestas de inclusión en el orden del día, previo a la convocatoria. La presidencia informará sobre su decisión respeto de las propuestas de las entidades.
Período de mandato
1. El mandato de los/as miembros del Consejo Municipal de Movilidad será por cuatro años.
2. En el caso de vacantes dentro del periodo de mandato la presidencia procederá a
su sustitución en un plazo máximo de dos meses.
Partes integrantes de la Mesa de la Movilidad
La Mesa de la Movilidad está formada por el Plenario y por las Comisiones de Trabajo que se consideren. El Plenario es el órgano motor de la Mesa de la Movilidad, que procura su funcionamiento. Es el espacio donde se ponen en común los resultados de la actividad de las diferentes comisiones de trabajo (conclusiones, propuestas, etc.) para su debate
y, si se tercia, su aprobación.
La mesa de la movilidad estará compuesta, por:
— Un/a representante de cada una de las asociaciones vecinales.
— Un/a representante de cada una de las asociaciones de mujeres.
— Un/a representante de los sindicatos UGT y CCOO sectoriales.
— 2 representantes de las asociaciones de diversidad funcional.
— 2 representantes de la FLAMPA o de las AMPAS.
— Un/a representante de las asociaciones de mayores.
— Un/a representante de las asociaciones ecologistas.
— Un/a representante de cada uno de los grupos políticos con representación municipal.
— Un/a técnico/a del área de seguridad que participará en las reuniones y hará las veces de secretario.
La secretaría de la mesa podrá ser asumida por personal administrativo del área cuando la presidencia así lo decida.
Las principales funciones que se le asignan:
— Definir y constituir las comisiones de trabajo que se consideren.
— Definir los objetivos genéricos y específicos de la Mesa de la Movilidad.
— Definir los objetivos y el plan de trabajo de las diferentes comisiones.
— Elevar los resultados del trabajo de las comisiones y del mismo a los órganos del
Ayuntamiento que correspondan.
— Invitar a expertos/as externos/as necesarios/as para enriquecer el debate.
— Organizar jornadas o conferencias divulgativas, etc.
— Dar apoyo a las actividades propuestas por las entidades.
— Hacer el seguimiento de los acuerdos (conclusiones o propuestas) e informar a los
integrantes de la mesa de su evolución.
— Recoger y vehicular las opiniones o posicionamientos de los diferentes agentes representados a la Mesa.
— Hacer el seguimiento de las propuestas o acuerdos e informar de su evolución.
— Establecer el calendario de las reuniones y de las comisiones de trabajo.
Las convocatorias serán hechas por la presidencia a iniciativa propia o si la mitad más
uno de los miembros de la Mesa pide una reunión extraordinaria del Plenario, siempre que
se acompañe de un escrito que razone su necesidad. En este caso, la reunión se deberá convocar en el plazo de 15 días.
BOCM-20240709-74
Principales funciones de la Mesa de Movilidad