D) Anuncios - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240709-20)
Convenio –  Convenio de colaboración de 21 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Digitalización) y la Asociación Industrial para el Impulso de la Economía del Dato y de la Inteligencia Artificial-INDESIA, para la ejecución conjunta del proyecto “Cadena de Valor en Inteligencia Artificial”, enmarcado en el programa de redes territoriales de especialización tecnológica en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE JULIO DE 2024

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B.O.C.M. Núm. 162

La imputación de gastos de obras civiles está limitada a obras de acondicionamiento
necesarias para la puesta en marcha de equipamiento adquirido con cargo al proyecto.
La imputación de otros gastos está limitada a gastos no recurrentes y estrictamente
relacionados con la ejecución del proyecto, que no se corresponden a costes de personal
y equipamiento incluyendo, entre otros, costes de fungible y subcontrataciones, limitadas
estas al cincuenta por ciento de las aportaciones que reciba INDESIA de la Comunidad de
Madrid.
Se podrán imputar costes indirectos hasta un quince por ciento (15 %) de la suma de los
costes directos debidamente justificados.
No se podrán imputar costes financieros.
No se financiarán gastos presupuestarios ordinarios y recurrentes. Todos los gastos
deberán responder de manera indubitada a la naturaleza de la actividad en relación a los
componentes, hitos y objetivos, seleccionados para su financiación por el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia que, en todo caso y circunstancias, deberán contribuir a los
hitos y objetivos de la medida.
Sólo se financiarán los gastos que hayan tenido lugar en el período comprendido entre la
firma del convenio y el 30 de junio de 2026.

7. Las aportaciones que realice la Comunidad de Madrid a INDESIA para la financiación del Impuesto del
Valor Añadido (IVA), consecuencia de los gastos en los que incurra para el cumplimiento de las
obligaciones contraídas, se realizarán de forma exclusiva con fondos propios de la Comunidad de Madrid.
8. La Comunidad de Madrid realizará las aportaciones de fondos, tanto de fondos propios como del
MRR, mediante la modalidad de pagos trimestrales a partir de las justificaciones de gasto
presentadas por INDESIA.
9. La financiación a aportar por la Comunidad de Madrid queda condicionada a la existencia de
crédito adecuado y suficiente en la partida de los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para los ejercicios correspondientes.
Séptima. Justificación de los gastos
1º INDESIA justificará los gastos derivados de la ejecución del presente convenio, sin que en ningún
caso quepan gastos previos a la firma del convenio o posteriores al 30 de junio de 2026.
2º En la justificación se verificará que los fondos concedidos se han utilizado para los fines previstos
y se han gestionado de conformidad a todas las normas aplicables y, en particular, a las normas
relativas a la prevención de conflicto de interés, de fraude, de corrupción y de la doble financiación
procedente del Mecanismo de Reconstrucción y Resiliencia. En particular, se atenderá a lo previsto
en el anexo a la Decisión de la Comisión que aprueba los Acuerdos Operacionales (OA) entre la
Comisión Europea y España conforme al Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021.
3º La justificación se realizará en los siguientes términos:
1. La justificación de los gastos a la Comunidad de Madrid se realizará tras la presentación de
memorias trimestrales explicativas de las actuaciones llevadas a cabo en la ejecución. Las memorias
estarán suscritas por persona con capacidad de representación de INDESIA. En dichas memorias
deberá quedar acreditado que la financiación recibida por INDESIA por importe máximo de
7.695.000 euros (IVA incluido) se ha destinado:
1.1. Hasta 4.845.000 euros (IVA incluido) para financiar la puesta a disposición la plataforma de
datos y para las iniciativas de aceleración de acceso a la tecnología de Inteligencia Artificial.
1.2. Hasta 2.850.000 euros (IVA incluido) para financiar la evolución de la plataforma de datos hacia
el concepto de espacio de datos compartido.
Para cada tipo de gasto se establece la siguiente documentación:
Gastos de personal:
Estos gastos se justificarán mediante certificación detallada de los gastos de personal
imputados al convenio (con indicación de las personas, dedicación de cada trabajador al
proyecto y coste correspondiente adjuntando nóminas de los trabajadores, recibo de
liquidación de cotizaciones y relación nominal de trabajadores).
b)

Resto de gastos:
Estos gastos se justificarán mediante certificación detallada de los gastos derivados de las
actividades, adjuntando los contratos, facturas o documentos justificativos del gasto y los
documentos acreditativos del pago de los gastos derivados de las actividades.

BOCM-20240709-20

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