D) Anuncios - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240709-20)
Convenio – Convenio de colaboración de 21 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Digitalización) y la Asociación Industrial para el Impulso de la Economía del Dato y de la Inteligencia Artificial-INDESIA, para la ejecución conjunta del proyecto “Cadena de Valor en Inteligencia Artificial”, enmarcado en el programa de redes territoriales de especialización tecnológica en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM
Pág. 80
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE JULIO DE 2024
f)
B.O.C.M. Núm. 162
Deberá informar con inmediatez de la existencia de cualquier procedimiento judicial
tendente a la determinación de conductas que puedan ser constitutivas de infracción penal
y que afecten a las actuaciones financiadas total o parcialmente con cargo al convenio, así
como de cualquier otra incidencia que pueda perjudicar a la reputación del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia.
17. INDESIA mantendrá un sistema de contabilidad separada, o al menos una codificación contable
diferenciada que permita identificar adecuadamente todas las transacciones relacionadas con la
actuación objeto de ayuda.
18. INDESIA conservará los documentos justificativos y documentos contables de la aplicación de
los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las
actuaciones de comprobación y control, según se establece en el artículo 132 del Reglamento (UE,
Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas
financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.
Quinta. Obligaciones de la Comunidad de Madrid.
Todas las obligaciones que asume la Comunidad de Madrid, como consecuencia del presente
Convenio derivan de forma directa de la Resolución de la Secretaría de Estado e Inteligencia Artificial
por la que se concedió a la Comunidad de Madrid la participación en el proyecto “Cadena de Valor
en Inteligencia Artificial”. Las obligaciones de la Comunidad de Madrid que se asumen con respecto
a INDESIA son la consecuencia de la colaboración de dicha entidad en la ejecución del proyecto, en
concreto en la realización de los dos paquetes de trabajo mencionados en la cláusula anterior.
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Digitalización, se compromete a realizar las
siguientes acciones:
1. A habilitar instrumentos para desarrollo de casos de uso de Inteligencia Artificial aplicado a la
Industria. Estos casos de uso surgen de la demanda de las empresas industriales de la Comunidad
de Madrid involucradas en el proceso. Para el desarrollo de los casos de uso se hará uso de las
redes de ciencia y tecnología de la Comunidad de Madrid, promoviendo la transferencia de las
innovaciones en IA al ecosistema empresarial, tanto a grandes empresas tractoras como a PYMES.
2. A habilitar instrumentos para desarrollar programas de formación y certificación para empresas
en el ámbito de la IA.
3. A realizar actividades de promoción y difusión de las iniciativas de Inteligencia Artificial
demandadas por el sector industrial y desarrolladas en el marco del mismo a través de foros transregionales e internacionales, con un doble fin: Generar y atraer talento IA y crear, incorporar y
participar en redes de experiencia IA en la industria y generar comunidades de expertos/as.
4. A realizar las aportaciones económicas a INDESIA que se indican en la cláusula sexta del presente
convenio.
5. A garantizar que las actuaciones que se lleven a cabo respetarán el principio de «no causar un
perjuicio significativo al medio ambiente» (principio do no significant harm - DNSH), para ello la
Comunidad de Madrid realizará una autoevaluación del cumplimiento del principio DNSH, según lo
establecido en el anexo II de la guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el
principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO).
6. A garantizar la ausencia de conflicto de interés del personal de la Comunidad de Madrid que
intervenga en el proyecto, mediante la firma de una declaración de ausencia de conflicto de interés
(DACI) según el modelo del Anexo II del presente convenio.
7. Es responsabilidad de la Comunidad de Madrid identificar los sectores y el tamaño de las
empresas que estarán incluidas en el alcance del proyecto.
1. El presente convenio se financia mediante aportaciones del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia (MRR) Next Generation EU, aportaciones de la Comunidad de Madrid y aportaciones de
INDESIA.
2. El presupuesto total asignado para desarrollar las actividades del presente convenio se estipula
en un máximo de 20.660.265,83 euros.
3. La financiación se llevará a cabo en los siguientes términos:
a.
La cuantificación económica de la aportación de INDESIA se eleva a la cantidad de
2.104.710,28 euros, según valoración que se muestra en el Anexo VI del presente convenio
BOCM-20240709-20
Sexta. Presupuesto y aportaciones económicas de las partes
Pág. 80
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE JULIO DE 2024
f)
B.O.C.M. Núm. 162
Deberá informar con inmediatez de la existencia de cualquier procedimiento judicial
tendente a la determinación de conductas que puedan ser constitutivas de infracción penal
y que afecten a las actuaciones financiadas total o parcialmente con cargo al convenio, así
como de cualquier otra incidencia que pueda perjudicar a la reputación del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia.
17. INDESIA mantendrá un sistema de contabilidad separada, o al menos una codificación contable
diferenciada que permita identificar adecuadamente todas las transacciones relacionadas con la
actuación objeto de ayuda.
18. INDESIA conservará los documentos justificativos y documentos contables de la aplicación de
los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las
actuaciones de comprobación y control, según se establece en el artículo 132 del Reglamento (UE,
Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas
financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.
Quinta. Obligaciones de la Comunidad de Madrid.
Todas las obligaciones que asume la Comunidad de Madrid, como consecuencia del presente
Convenio derivan de forma directa de la Resolución de la Secretaría de Estado e Inteligencia Artificial
por la que se concedió a la Comunidad de Madrid la participación en el proyecto “Cadena de Valor
en Inteligencia Artificial”. Las obligaciones de la Comunidad de Madrid que se asumen con respecto
a INDESIA son la consecuencia de la colaboración de dicha entidad en la ejecución del proyecto, en
concreto en la realización de los dos paquetes de trabajo mencionados en la cláusula anterior.
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Digitalización, se compromete a realizar las
siguientes acciones:
1. A habilitar instrumentos para desarrollo de casos de uso de Inteligencia Artificial aplicado a la
Industria. Estos casos de uso surgen de la demanda de las empresas industriales de la Comunidad
de Madrid involucradas en el proceso. Para el desarrollo de los casos de uso se hará uso de las
redes de ciencia y tecnología de la Comunidad de Madrid, promoviendo la transferencia de las
innovaciones en IA al ecosistema empresarial, tanto a grandes empresas tractoras como a PYMES.
2. A habilitar instrumentos para desarrollar programas de formación y certificación para empresas
en el ámbito de la IA.
3. A realizar actividades de promoción y difusión de las iniciativas de Inteligencia Artificial
demandadas por el sector industrial y desarrolladas en el marco del mismo a través de foros transregionales e internacionales, con un doble fin: Generar y atraer talento IA y crear, incorporar y
participar en redes de experiencia IA en la industria y generar comunidades de expertos/as.
4. A realizar las aportaciones económicas a INDESIA que se indican en la cláusula sexta del presente
convenio.
5. A garantizar que las actuaciones que se lleven a cabo respetarán el principio de «no causar un
perjuicio significativo al medio ambiente» (principio do no significant harm - DNSH), para ello la
Comunidad de Madrid realizará una autoevaluación del cumplimiento del principio DNSH, según lo
establecido en el anexo II de la guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el
principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO).
6. A garantizar la ausencia de conflicto de interés del personal de la Comunidad de Madrid que
intervenga en el proyecto, mediante la firma de una declaración de ausencia de conflicto de interés
(DACI) según el modelo del Anexo II del presente convenio.
7. Es responsabilidad de la Comunidad de Madrid identificar los sectores y el tamaño de las
empresas que estarán incluidas en el alcance del proyecto.
1. El presente convenio se financia mediante aportaciones del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia (MRR) Next Generation EU, aportaciones de la Comunidad de Madrid y aportaciones de
INDESIA.
2. El presupuesto total asignado para desarrollar las actividades del presente convenio se estipula
en un máximo de 20.660.265,83 euros.
3. La financiación se llevará a cabo en los siguientes términos:
a.
La cuantificación económica de la aportación de INDESIA se eleva a la cantidad de
2.104.710,28 euros, según valoración que se muestra en el Anexo VI del presente convenio
BOCM-20240709-20
Sexta. Presupuesto y aportaciones económicas de las partes