D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20240709-19)
Convenio –  Convenio de 20 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Universidad Alcalá, para la creación de la “Cátedra IRSST-UAH: Igualdad de oportunidades en la prevención de riesgos laborales”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 162

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE JULIO DE 2024

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mejora de las condiciones de trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo”.
3. La creación de una línea de I+D+i orientada a la investigación de los efectos de las
condiciones de trabajo en la salud de los trabajadores, así como la difusión de conocimientos en materia de prevención de riesgos laborales constituyen unos de los grandes ejes del vigente VI Plan Director. En este ámbito, el Plan persigue aprovechar el liderazgo de I+D+i de
la Comunidad de Madrid, especialmente relevante para avanzar en el conocimiento sobre
ciertos riesgos emergentes y poner en marcha innovaciones preventivas al compás de la evolución tecnológica, las nuevas formas de organización del trabajo o los cambios demográficos. De ahí que el Plan promueva la creación de cátedras y firma de convenios con Universidades y otras entidades investigadoras capaces de generar una transferencia de
conocimientos a empresas y sectores productivos.
4. Así, en la Comunidad de Madrid, el IRSST, de conformidad con el artículo 4.8 de
la Ley 23/1997, de 19 de marzo, de creación del citado Instituto, es el órgano gestor de la
Política de Prevención de Riesgos Laborales cuya finalidad radica en la promoción de la
mejora de las condiciones de trabajo y elevación del nivel de protección de la seguridad y
salud de los trabajadores, mediante la potenciación de labores de divulgación, asesoramiento y apoyo a empresarios y trabajadores, de cara a canalizar y poner en marcha las medidas
preventivas consideradas óptimas en cada caso.
5. La UAH, según se recoge en sus Estatutos aprobados por Decreto 221/2003, de 23 de
octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 31 de octubre de 2003), tiene entre sus funciones la creación,
desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, la difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de vida
y del desarrollo económico, así como la difusión del conocimiento y la cultura a través de
la extensión universitaria y la formación continuada, que podrán articularse mediante el
establecimiento de relaciones con otras entidades para la promoción y desarrollo de sus fines institucionales.
6. Así pues, de acuerdo con lo expuesto, tanto la Comunidad de Madrid, a través
del IRSST, como la UAH, están de acuerdo en colaborar en los campos relacionados con la
prevención de riesgos laborales, formativos, científicos y técnicos de interés común, incluyendo la participación en proyectos conjuntos; ya que los profesionales formados en las aulas de la UAH son el mejor nexo de unión entre la Universidad y el mundo empresarial a
través de los cuales, por medio del presente convenio, el IRSST podrá canalizar la transferencia de los conocimientos tecnológicos e innovadores en materia de prevención de riesgos laborales a todas las empresas y sectores productivos.
Ambas partes actúan en el ejercicio de sus respectivos cargos y se reconocen capacidad suficiente para obligarse en los términos del presente convenio, estructurando su funcionamiento con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
El objeto del presente convenio es el de constituir la “Cátedra IRSST-UAH: Igualdad
de oportunidades en la Prevención de Riesgos Laborales” (en adelante, la Cátedra) como
instrumento de colaboración entre la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a través del IRSST, y la Universidad de Alcalá.
La Cátedra tiene como finalidad constituirse como plataforma estable de I+D+i en materia de prevención de riesgos laborales, en la que se dé prioridad a la investigación aplicada, a su desarrollo práctico y a la innovación, mediante el apoyo a la formación, la investigación, la divulgación y la promoción de la salud laboral y la prevención de riesgos
laborales
Segunda
Régimen jurídico
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se regirá por sus propias normas
y, en todo caso, por lo establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

BOCM-20240709-19

Objeto del convenio