C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20240708-26)
Convenio ejecución infraestructuras – Convenio de 24 de junio de 2024, para la ejecución de infraestructuras hidráulicas entre los Ayuntamientos de Alcobendas, Colmenar Viejo y San Sebastián de los Reyes, Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, S. A., M. P.
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BOCM
LUNES 8 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 161
EXPONEN
PRIMERO.- Que el 6 de junio de 2012 los tres Ayuntamientos firmantes del presente suscribieron por
separado, junto con la Comunidad de Madrid y el Ente Público Canal de Isabel II, sendos convenios
relativos a su incorporación al futuro Modelo de Gestión de Canal de Isabel II” (Alcobendas, BOCM
13 de octubre de 2012; Colmenar Viejo, BOCM 28 de agosto de 2012; y San Sebastián de los Reyes,
29 de septiembre de 2012), según los cuales los Ayuntamientos se obligan a mantenerse durante el
período de vigencia de cincuenta años de los referidos convenios en el nuevo sistema de gestión
contemplado en el artículo 16 de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y
Administrativas, y desarrollado conforme al apartado 4.a) del citado precepto en el contrato-programa
suscrito entre CANAL y la SOCIEDAD CANAL que fue aprobado por Acuerdo de Consejo de
Gobierno de 14 de junio de 2012 (BOCM 21 de junio de 2012).
En la misma fecha se suscribió un convenio para la prestación del servicio de distribución
denominado “Convenio de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo
humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Alcobendas”,
publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 10 de agosto de 2012, por el cual se
regula la prestación del servicio de distribución en el municipio de Alcobendas.
Asimismo, con fecha 27 de junio de 2012 se firmó entre el Ayuntamiento de Alcobendas, la
Comunidad de Madrid y el Ente Público Canal de Isabel II el Convenio para la prestación del servicio
de alcantarillado denominado “Convenio para la prestación del servicio de alcantarillado en el
municipio de Alcobendas, entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de
Alcobendas”, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 29 de septiembre de
2012, por el cual se regula la prestación del servicio de alcantarillado en el municipio de Alcobendas.
El 6 de junio de 2012 se suscribió un convenio para la prestación del servicio de distribución
denominado “Convenio de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo humano
entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Colmenar Viejo”, publicado en
el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 9 de agosto de 2012, por el cual se regula la
prestación del servicio de distribución en el municipio de Colmenar Viejo.
El 6 de junio de 2012 se suscribió el convenio para la prestación del servicio de distribución
denominado “Convenio de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo humano
entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes”,
publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 30 de julio de 2012, por el cual se
regula la prestación del servicio de distribución en el municipio de San Sebastián de los Reyes.
Igualmente, en la misma fecha se firmó el convenio para la prestación del servicio de alcantarillado
denominado “Convenio para la prestación del servicio de alcantarillado en el municipio de San
Sebastián de los Reyes, entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de
San Sebastián de los Reyes”, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 28 de
septiembre de 2012, por el cual se regula la prestación del servicio de alcantarillado en el
municipio de San Sebastián de los Reyes.
Con fecha de 21 de enero de 1991, el AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES y
CANAL suscribieron el denominado “Convenio entre el Canal de Isabel II, el Ayuntamiento de San
Sebastián de los Reyes para la ejecución de la Arteria de la Carretera Nacional I” con el fin de
repartir el coste de la tubería de aducción denominada Arteria de la N-I entre las actuaciones
urbanísticas existentes y futuras que precisaran suministro de agua desde la misma.
Con fecha de 9 de febrero de 1998, el AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS, el AYUNTAMIENTO DE
SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES, CANAL y la Comunidad de Madrid suscribieron el denominado
“Convenio entre el Canal de Isabel II, la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Regional y los
Ayuntamientos de San Sebastián de los Reyes y Alcobendas, para la ejecución de las obras del Plan
Director de Saneamiento y Depuración” con el fin de repartir los costes de las infraestructuras y terrenos
previstos en el Plan Director a los promotores de los desarrollos urbanísticos y a algunos ámbitos de
suelo urbano consolidado que no estaban conectados al sistema gestionado por CANAL.
SEGUNDO.- Que por Acuerdo de 14 de junio de 2012, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid y al amparo de lo previsto en el artículo 16 de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas
Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, se autorizó la constitución de la sociedad
anónima Canal de Isabel II Gestión, S.A., actualmente denominada Canal de Isabel II, S.A., M.P. que
tiene por objeto la realización de actividades relacionadas con el abastecimiento de aguas,
saneamiento, servicios hidráulicos y obras hidráulicas, de conformidad con la Ley 17/1984, de 20 de
diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, de
forma que será la SOCIEDAD CANAL la empresa competente para la gestión del servicio hídrico
integral encomendado, de conformidad con el citado Acuerdo de Consejo de Gobierno, lo que incluye la
prestación de los servicios de abastecimiento, saneamiento y reutilización de agua que, por cualquier
título, correspondan a CANAL.
BOCM-20240708-26
Pág. 96
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 161
EXPONEN
PRIMERO.- Que el 6 de junio de 2012 los tres Ayuntamientos firmantes del presente suscribieron por
separado, junto con la Comunidad de Madrid y el Ente Público Canal de Isabel II, sendos convenios
relativos a su incorporación al futuro Modelo de Gestión de Canal de Isabel II” (Alcobendas, BOCM
13 de octubre de 2012; Colmenar Viejo, BOCM 28 de agosto de 2012; y San Sebastián de los Reyes,
29 de septiembre de 2012), según los cuales los Ayuntamientos se obligan a mantenerse durante el
período de vigencia de cincuenta años de los referidos convenios en el nuevo sistema de gestión
contemplado en el artículo 16 de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y
Administrativas, y desarrollado conforme al apartado 4.a) del citado precepto en el contrato-programa
suscrito entre CANAL y la SOCIEDAD CANAL que fue aprobado por Acuerdo de Consejo de
Gobierno de 14 de junio de 2012 (BOCM 21 de junio de 2012).
En la misma fecha se suscribió un convenio para la prestación del servicio de distribución
denominado “Convenio de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo
humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Alcobendas”,
publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 10 de agosto de 2012, por el cual se
regula la prestación del servicio de distribución en el municipio de Alcobendas.
Asimismo, con fecha 27 de junio de 2012 se firmó entre el Ayuntamiento de Alcobendas, la
Comunidad de Madrid y el Ente Público Canal de Isabel II el Convenio para la prestación del servicio
de alcantarillado denominado “Convenio para la prestación del servicio de alcantarillado en el
municipio de Alcobendas, entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de
Alcobendas”, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 29 de septiembre de
2012, por el cual se regula la prestación del servicio de alcantarillado en el municipio de Alcobendas.
El 6 de junio de 2012 se suscribió un convenio para la prestación del servicio de distribución
denominado “Convenio de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo humano
entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Colmenar Viejo”, publicado en
el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 9 de agosto de 2012, por el cual se regula la
prestación del servicio de distribución en el municipio de Colmenar Viejo.
El 6 de junio de 2012 se suscribió el convenio para la prestación del servicio de distribución
denominado “Convenio de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo humano
entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes”,
publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 30 de julio de 2012, por el cual se
regula la prestación del servicio de distribución en el municipio de San Sebastián de los Reyes.
Igualmente, en la misma fecha se firmó el convenio para la prestación del servicio de alcantarillado
denominado “Convenio para la prestación del servicio de alcantarillado en el municipio de San
Sebastián de los Reyes, entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de
San Sebastián de los Reyes”, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 28 de
septiembre de 2012, por el cual se regula la prestación del servicio de alcantarillado en el
municipio de San Sebastián de los Reyes.
Con fecha de 21 de enero de 1991, el AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES y
CANAL suscribieron el denominado “Convenio entre el Canal de Isabel II, el Ayuntamiento de San
Sebastián de los Reyes para la ejecución de la Arteria de la Carretera Nacional I” con el fin de
repartir el coste de la tubería de aducción denominada Arteria de la N-I entre las actuaciones
urbanísticas existentes y futuras que precisaran suministro de agua desde la misma.
Con fecha de 9 de febrero de 1998, el AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS, el AYUNTAMIENTO DE
SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES, CANAL y la Comunidad de Madrid suscribieron el denominado
“Convenio entre el Canal de Isabel II, la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Regional y los
Ayuntamientos de San Sebastián de los Reyes y Alcobendas, para la ejecución de las obras del Plan
Director de Saneamiento y Depuración” con el fin de repartir los costes de las infraestructuras y terrenos
previstos en el Plan Director a los promotores de los desarrollos urbanísticos y a algunos ámbitos de
suelo urbano consolidado que no estaban conectados al sistema gestionado por CANAL.
SEGUNDO.- Que por Acuerdo de 14 de junio de 2012, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid y al amparo de lo previsto en el artículo 16 de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas
Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, se autorizó la constitución de la sociedad
anónima Canal de Isabel II Gestión, S.A., actualmente denominada Canal de Isabel II, S.A., M.P. que
tiene por objeto la realización de actividades relacionadas con el abastecimiento de aguas,
saneamiento, servicios hidráulicos y obras hidráulicas, de conformidad con la Ley 17/1984, de 20 de
diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, de
forma que será la SOCIEDAD CANAL la empresa competente para la gestión del servicio hídrico
integral encomendado, de conformidad con el citado Acuerdo de Consejo de Gobierno, lo que incluye la
prestación de los servicios de abastecimiento, saneamiento y reutilización de agua que, por cualquier
título, correspondan a CANAL.
BOCM-20240708-26
Pág. 96
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID