C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240706-2)
Bases subvenciones –  Orden 2177/2024, de 1 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de proyectos sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 160

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 6 DE JULIO DE 2024

Pág. 19

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
ORDEN 2177/2024, de 1 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones de proyectos sociales destinadas a la realización de programas de
interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

La presente Orden se dicta en base a la Memoria del Análisis del Impacto Normativo
del Director General de Servicios Sociales e Integración de fecha 29 de junio de 2024.
La concesión de subvenciones a entidades del Tercer Sector y a Cruz Roja Española
para la realización de programas de interés general con cargo a la asignación tributaria
del 0,7 por 100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es una medida consolidada en el tiempo y arraigada en la sociedad española, constituyendo un instrumento de
vertebración social en el marco de la asignación tributaria que los ciudadanos realizan en
su declaración anual de la renta.
Hasta el año 2016, la Administración del Estado ha venido convocando estas subvenciones, y esta competencia se atribuyó a la Comunidad de Madrid, tras la Sentencia del Tribunal Constitucional 9/2017, de 19 de enero, que declaró inconstitucional el modelo de gestión y concesión de ayudas públicas derivado del programa de la asignación tributaria del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al estimar que este modelo no estaba ajustado al orden de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas, surgiendo el modelo de reparto de doble tramo entre las Comunidades Autónomas y
el Estado, lo que se tradujo en que desde el año 2017 la Comunidad de Madrid pasó a ser
competente para convocar y conceder estas subvenciones respecto del tramo autonómico y
dentro del ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma.
La Comunidad de Madrid aprobó las primeras bases reguladoras en el año 2017 con la
publicación de la Orden 1463/2017, de 19 de septiembre, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan para el año 2017
subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines
de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al 0,7 por 100 del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 224, de 20 de septiembre de 2017). En el año 2019 se publicaron otras nuevas bases reguladoras, aprobadas por Orden 994/2019, de 24 de junio, de
la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases reguladoras de
las subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al 0,7 por 100 del
rendimiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y en el año 2022, mediante la Orden 1468/2022, de 24 de junio, de la Consejería de Familia, Juventud y Política
Social, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social,
con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan
Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Una vez tramitadas las convocatorias correspondientes a los años 2022 y 2023, y detectados aspectos mejorables en las bases reguladoras, se ha considerado necesario perfeccionar todas aquellas actuaciones, tanto en fase de concesión de subvenciones como en fase
de justificación de las mismas, en aras de conseguir mejorar la tramitación de las convocatorias y para adecuar las bases reguladoras a las necesidades de los beneficiarios de las subvenciones y de la Administración, facilitando fluidez al procedimiento administrativo e incrementando la eficacia en la gestión, todo ello para la consecución del interés general.
El objetivo de este nuevo texto es añadir precisiones y matizaciones que favorecen la
claridad del mismo, y también mediante la incorporación de mejoras se persigue conseguir

BOCM-20240706-2

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