C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240705-26)
Regulación concesión ayudas –  Acuerdo de 12 de junio de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas destinadas al sector del ganado bovino de la Comunidad de Madrid, especialmente afectado por las pérdidas producidas por la enfermedad hemorrágica epizoótica (EHE)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 106

VIERNES 5 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 159

NORMAS REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO
DE CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS DESTINADAS AL SECTOR
DEL GANADO BOVINO DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
ESPECIALMENTE AFECTADOS POR LAS PÉRDIDAS PRODUCIDAS
POR LA ENFERMEDAD HEMORRÁGICA EPIZOÓTICA (EHE)
Artículo 1
Finalidad y objeto de las normas reguladoras
1. La finalidad de estas ayudas es apoyar a las explotaciones de ganado bovino, afectadas por la enfermedad hemorrágica epizoótica (EHE) durante el año 2023 y 2024, y compensar a los ganaderos por las pérdidas económicas ocasionadas por la presencia de la enfermedad mediante una subvención por explotación en función del censo de animales para
compensar los tratamientos veterinarios y pérdidas de producción, y con una indemnización
por los animales muertos como consecuencia de la enfermedad.
2. El objeto de las presentes normas reguladoras es el establecimiento del procedimiento de concesión directa de las ayudas destinadas a ganaderos cuyos animales han
sufrido la enfermedad hemorrágica epizoótica (EHE) a partir del 15 de julio de 2023.
Artículo 2
Financiación
1. Mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura, e Interior que se
publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se declarará el importe
de los créditos presupuestarios disponibles conforme al artículo 4.5.c) 1.o de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
2. Las subvenciones previstas en estas normas se financiarán con cargo al subconcepto 47399 “Otras empresas privadas” del Programa 411A del correspondiente presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid.
Artículo 3
Naturaleza y régimen jurídico
1. Las ayudas que se concedan al amparo de las presentes normas tendrán la consideración de subvenciones públicas de carácter excepcional por razones de interés público,
social y económico, dada la presencia de la enfermedad hemorrágica epizoótica en la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 4.5 c) 1.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo.
2. Estas ayudas se regirán por lo establecido en estas normas reguladoras y, en todo
lo no dispuesto en las presentes normas reguladoras se aplicará la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de aplicación, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, en todo lo que constituya legislación básica, la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, el Decreto 76/1993, de 26 de
septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas por parte de la Comunidad de Madrid, el Decreto 222/1998,
de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la citada Ley 2/1995, de 8 de marzo, en materia de bases reguladoras de las mismas, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 4
1. En la gestión de estas ayudas colaborará una entidad colaboradora de las previstas en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la
cual, actuando en nombre y por cuenta de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e
Interior, colaborará, conforme a lo establecido en las presentes normas reguladoras, en la
gestión de las ayudas así como en la entrega y distribución de los fondos públicos a las personas beneficiarias, produciéndose la previa entrega y distribución de fondos.
La entidad colaboradora seleccionada para realizar estos trabajos será la empresa pública Empresa Tecnologías y Servicios Agrarios, S. A., S. M. E., M. P. (TRAGSATEC),
considerada medio propio de la Administración.

BOCM-20240705-26

Gestión de las ayudas