Valdemoro (BOCM-20240705-86)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 159

b) La función resolutoria comprende la facultad de dictar actos de trámite y resoluciones administrativas dentro del ámbito competencial delegable de titularidad de
la Alcaldía, correspondiendo a esta las atribuciones reservadas expresamente, no
delegables o no delegadas que el ordenamiento jurídico no reconoce como de la
titularidad del Pleno del Ayuntamiento.
La función resolutoria comprende la resolución de los recursos que se formulen
contra actos de trámite y resoluciones dictadas por delegación susceptibles de
impugnación.
c) Los órganos municipales no pueden alterar el ejercicio de las atribuciones que les
hayan sido delegadas mediante nueva delegación de atribuciones o de firma.
d) La delegación mantendrá su eficacia con independencia de que cambien las personas titulares o miembros del órgano delegante o del órgano delegado.
e) La delegación se entiende conferida por tiempo indefinido.
f) En caso de duda, prevalecerán las delegaciones conferidas a favor de órganos
colegiados respecto de las recibidas por órganos unipersonales y las posteriores
sobre las anteriores.
g) Los actos y las resoluciones dictadas por el órgano delegado se entienden dictados
a todos los efectos administrativos por la Alcaldía, que no puede actuar en el ámbito delegado mientras no proceda a su modificación, suspensión o revocación o
la avoque en un caso concreto.
h) En los actos y resoluciones que se dicten por delegación de atribuciones se indicará expresamente esta circunstancia, identificando al órgano titular de la competencia, el órgano que la ejerce, el decreto de Alcaldía en que se funda la delegación y
su fecha de publicación.
Noveno.—Se confiere al concejal D. Juan Carlos Vicente Martínez “delegación especial de Planificación y Presidencia”, para la dirección y gestión de los siguientes asuntos:
— Coordinación y dirección superior del área de Presidencia.
— Seguimiento transversal de los objetivos fijados por las diferentes áreas del Ayuntamiento.
— Asesoramiento a la Presidencia cuando así lo requiera.
— Dirección y seguimiento del Plan Estratégico del Gobierno municipal.
Décimo.—Se confiere a los siguientes concejales “delegaciones especiales”, que ejercerán bajo la denominación que se indica, para la dirección y gestión de determinados asuntos:
— D. Mauricio Fernández Medrano, concejal-delegado de Servicios de la Ciudad:
d Pavimentación de vías públicas.
d Limpieza urbana y gestión de residuos.
d Alumbrado público.
d Terrazas y veladores.
d Ocupación de dominio público comprendida en los epígrafes I, II y III de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público y Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial de las Dependencias
Municipales.
d Venta ambulante.
— Dña. Carmen María Méndez Pende, concejala-delegada de Servicios Sociales:
d Centro de Día San Luis Gonzaga.
d Centro Ocupacional Estrella de Elola.
d Centro Social Vicente Ferrer.
d Voluntariado.
d Centro Juan Pablo II.
d La Morada.
d Centro de atención a la mujer.
— Dña. María José Fernández García, concejala-delegada de mayores:
d Residencia Nuestra Señora del Rosario.
d Centro Municipal de día de mayores.
— D. Francisco Javier Agüero Pous, concejal-delegado de Innovación y Proyectos
Europeos:
d Portal de Transparencia.
d Página web del Ayuntamiento.
d Implantación de la Administración Electrónica.

BOCM-20240705-86

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