Valdemoro (BOCM-20240705-86)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 159
— Los actos relativos a las materias de inspección y protección de la legalidad urbanística, de obras y actividades sometidas a intervención administrativa e inspección;
incluyendo las de dictar órdenes de ejecución, demolición, la adopción de medidas cautelares y provisionales en las citadas materias.
— La ejecución de la Ordenanza de Inspección Técnica de la Edificación.
— Devolución de fianzas derivadas del otorgamiento de licencias urbanísticas.
En materia de planeamiento general y de desarrollo, la “delegación genérica” se extiende hasta la formulación de la propuesta al órgano competente para su aprobación.
Los contratos sometidos a la normativa de contratación del sector público que tengan
la consideración legal de menores y cuyo objeto versen sobre materias objeto de esta “delegación genérica” comprenderán la facultad de resolver mediante actos administrativos
que afecten a tercero, incluida la resolución de recursos.
Se incluye en esta “delegación genérica” la facultad de resolver mediante actos que
afecten a terceros, incluida la resolución de recursos, a propuesta de las Concejalías que ostenten las delegaciones específicas de Cultura, de Movilidad y Medio Ambiente y de Servicios de la Ciudad.
Se resolverá por quien ostente la Concejalía-Delegada la rectificación de los errores
materiales, aritméticos y de hecho que se detecten en los decretos dictados por delegación,
así como, en los casos en que así proceda, la aprobación de las fases de autorización, disposición del gasto y reconocimiento de la obligación.
Queda excluida de esta “delegación genérica” la firma de los oficios de remisión de
decretos dictados por delegación para su publicación en los diarios oficiales efectuándose
dicha firma por Alcaldía.
Queda excluida de esta “delegación genérica” la facultad de solicitar subvenciones, la
cual conserva Alcaldía.
Cuarto.—Conferir “delegación genérica”, con la denominación de concejal-delegado
de Recursos Humanos y Régimen Interior al concejal D. Samuel Hernández Villamón, para
dirigir y gestionar los servicios correspondientes en las materias de Recursos Humanos y
Régimen Interior, alcanzando la facultad para resolver mediante actos que afecten a terceros, incluida la resolución de recursos en vía administrativa, exceptuándose de esta delegación las siguientes atribuciones:
— Aprobación de la oferta de empleo público.
— Aprobación de las bases de las pruebas para la selección del personal y de los concursos de provisión de puestos de trabajo.
— Distribución de las retribuciones complementarias del personal que no sean fijas y
periódicas.
Los contratos sometidos a la normativa de contratación del sector público que tengan
la consideración legal de menores y cuyo objeto versen sobre materias objeto de esta “delegación genérica” comprenderán la facultad de resolver mediante actos administrativos
que afecten a tercero, incluida la resolución de recursos.
Se resolverá por quien ostente la Concejalía-Delegada la rectificación de los errores
materiales, aritméticos y de hecho que se detecten en los decretos dictados por delegación,
así como, en los casos en que así proceda, la aprobación de las fases de autorización, disposición del gasto y reconocimiento de la obligación.
Queda excluida de esta “delegación genérica” la firma de los oficios de remisión de
decretos dictados por delegación para su publicación en los diarios oficiales efectuándose
dicha firma por Alcaldía.
Queda excluida de esta “delegación genérica” la facultad de solicitar subvenciones, la
cual conserva Alcaldía.
Quinto.—Conferir “delegación genérica”, con la denominación de concejala-delegada
de Juventud, Promoción de la Ciudad, Participación Ciudadana y Responsabilidad Patrimonial a la concejala Dña. Lidia Vidal Quirós, para dirigir y gestionar los servicios correspondientes en las materias de Juventud, Turismo y Patrimonio Histórico, Asociaciones,
Participación Ciudadana y UPV, alcanzando la facultad para resolver mediante actos que
afecten a terceros, incluida la resolución de recursos en vía administrativa.
Los contratos sometidos a la normativa de contratación del sector público que tengan
la consideración legal de menores y cuyo objeto versen sobre materias objeto de esta “delegación genérica” comprenderán, por tanto, la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a tercero, incluida la resolución de recursos.
BOCM-20240705-86
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 159
— Los actos relativos a las materias de inspección y protección de la legalidad urbanística, de obras y actividades sometidas a intervención administrativa e inspección;
incluyendo las de dictar órdenes de ejecución, demolición, la adopción de medidas cautelares y provisionales en las citadas materias.
— La ejecución de la Ordenanza de Inspección Técnica de la Edificación.
— Devolución de fianzas derivadas del otorgamiento de licencias urbanísticas.
En materia de planeamiento general y de desarrollo, la “delegación genérica” se extiende hasta la formulación de la propuesta al órgano competente para su aprobación.
Los contratos sometidos a la normativa de contratación del sector público que tengan
la consideración legal de menores y cuyo objeto versen sobre materias objeto de esta “delegación genérica” comprenderán la facultad de resolver mediante actos administrativos
que afecten a tercero, incluida la resolución de recursos.
Se incluye en esta “delegación genérica” la facultad de resolver mediante actos que
afecten a terceros, incluida la resolución de recursos, a propuesta de las Concejalías que ostenten las delegaciones específicas de Cultura, de Movilidad y Medio Ambiente y de Servicios de la Ciudad.
Se resolverá por quien ostente la Concejalía-Delegada la rectificación de los errores
materiales, aritméticos y de hecho que se detecten en los decretos dictados por delegación,
así como, en los casos en que así proceda, la aprobación de las fases de autorización, disposición del gasto y reconocimiento de la obligación.
Queda excluida de esta “delegación genérica” la firma de los oficios de remisión de
decretos dictados por delegación para su publicación en los diarios oficiales efectuándose
dicha firma por Alcaldía.
Queda excluida de esta “delegación genérica” la facultad de solicitar subvenciones, la
cual conserva Alcaldía.
Cuarto.—Conferir “delegación genérica”, con la denominación de concejal-delegado
de Recursos Humanos y Régimen Interior al concejal D. Samuel Hernández Villamón, para
dirigir y gestionar los servicios correspondientes en las materias de Recursos Humanos y
Régimen Interior, alcanzando la facultad para resolver mediante actos que afecten a terceros, incluida la resolución de recursos en vía administrativa, exceptuándose de esta delegación las siguientes atribuciones:
— Aprobación de la oferta de empleo público.
— Aprobación de las bases de las pruebas para la selección del personal y de los concursos de provisión de puestos de trabajo.
— Distribución de las retribuciones complementarias del personal que no sean fijas y
periódicas.
Los contratos sometidos a la normativa de contratación del sector público que tengan
la consideración legal de menores y cuyo objeto versen sobre materias objeto de esta “delegación genérica” comprenderán la facultad de resolver mediante actos administrativos
que afecten a tercero, incluida la resolución de recursos.
Se resolverá por quien ostente la Concejalía-Delegada la rectificación de los errores
materiales, aritméticos y de hecho que se detecten en los decretos dictados por delegación,
así como, en los casos en que así proceda, la aprobación de las fases de autorización, disposición del gasto y reconocimiento de la obligación.
Queda excluida de esta “delegación genérica” la firma de los oficios de remisión de
decretos dictados por delegación para su publicación en los diarios oficiales efectuándose
dicha firma por Alcaldía.
Queda excluida de esta “delegación genérica” la facultad de solicitar subvenciones, la
cual conserva Alcaldía.
Quinto.—Conferir “delegación genérica”, con la denominación de concejala-delegada
de Juventud, Promoción de la Ciudad, Participación Ciudadana y Responsabilidad Patrimonial a la concejala Dña. Lidia Vidal Quirós, para dirigir y gestionar los servicios correspondientes en las materias de Juventud, Turismo y Patrimonio Histórico, Asociaciones,
Participación Ciudadana y UPV, alcanzando la facultad para resolver mediante actos que
afecten a terceros, incluida la resolución de recursos en vía administrativa.
Los contratos sometidos a la normativa de contratación del sector público que tengan
la consideración legal de menores y cuyo objeto versen sobre materias objeto de esta “delegación genérica” comprenderán, por tanto, la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a tercero, incluida la resolución de recursos.
BOCM-20240705-86
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