Meco (BOCM-20240705-71)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 206
VIERNES 5 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 159
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
MECO
OFERTAS DE EMPLEO
Por decreto de Alcaldía 1305/2024, de 24 de junio, se aprueban las bases generales que
regirán los procesos selectivos de estabilización del Ayuntamiento de Meco, cuyo contenido es el siguiente:
“Resolución de Alcaldía por la que se aprueban las bases generales que regirán los procesos selectivos de estabilización del Ayuntamiento de Meco.—Expediente digital 7594/2024.
Con fecha de 30 de diciembre de 2021, entró en vigor la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, motivada, en gran medida, por la importante incidencia que la Directiva 1999/70
CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE
y el CEEP sobre el contrato de duración determinada tiene en el ordenamiento jurídico y, por
tanto, también en la jurisprudencia al establecer un marco para evitar los abusos derivados
de la utilización de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada.
Esta nueva Ley, que tiene su origen en el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, impone la
adopción de medidas excepcionales con el fin de reducir los altos niveles de temporalidad
existentes en la Administración Pública, ordenando convocatorias y procedimientos de selección de personal ágiles para la cobertura de vacantes con carácter definitivo, flexibilizando su gestión mediante una eficiente planificación estratégica en la ordenación de los
recursos humanos. La Propuesta contempla la aprobación de bases generales de estabilización y responde al nuevo procedimiento establecido por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de conformidad.
Es por ello por lo que se procede la aprobación de las mismas, cuyo contenido es el
siguiente:
BASES QUE REGIRÁN LOS PROCESOS SELECTIVOS
DE ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL
DEL AYUNTAMIENTO DE MECO
1.1. Las presentes bases contienen las normas que regirán los procesos selectivos para
la selección de personal laboral fijo correspondientes, al procedimiento excepcional de estabilización de empleo temporal del personal laboral y funcionario interino mediante concurso,
en ejecución de la Oferta de Empleo Público de Estabilización del Ayuntamiento de Meco,
conforme establece la disposición adicional sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público,
que incluyen:
— Las plazas que reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran
estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad
a 1 de enero de 2016.
— Las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016.
1.2. Tal y como se recoge en el Preámbulo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
cabe traer a colación la doctrina fijada por el Tribunal Constitucional sobre el principio de
igualdad en el acceso a los cargos y empleos públicos (artículo 23.2 CE), que únicamente
puede ser exceptuada por razones excepcionales y objetivas.
Además, este acceso ha de ordenarse de manera igualitaria en la convocatoria mediante
normas abstractas y generales con el fin de preservar la igualdad ante la ley de la ciudadanía,
lo que obliga al legislador y a la Administración a elegir reglas fundadas en criterios objetivos y presididos por los cánones de mérito y capacidad que el artículo 103.3 CE dispone
(SSTC 67/1989, 27/1991 y 60/1994).
BOCM-20240705-71
1. Normas generales
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 206
VIERNES 5 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 159
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
MECO
OFERTAS DE EMPLEO
Por decreto de Alcaldía 1305/2024, de 24 de junio, se aprueban las bases generales que
regirán los procesos selectivos de estabilización del Ayuntamiento de Meco, cuyo contenido es el siguiente:
“Resolución de Alcaldía por la que se aprueban las bases generales que regirán los procesos selectivos de estabilización del Ayuntamiento de Meco.—Expediente digital 7594/2024.
Con fecha de 30 de diciembre de 2021, entró en vigor la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, motivada, en gran medida, por la importante incidencia que la Directiva 1999/70
CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE
y el CEEP sobre el contrato de duración determinada tiene en el ordenamiento jurídico y, por
tanto, también en la jurisprudencia al establecer un marco para evitar los abusos derivados
de la utilización de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada.
Esta nueva Ley, que tiene su origen en el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, impone la
adopción de medidas excepcionales con el fin de reducir los altos niveles de temporalidad
existentes en la Administración Pública, ordenando convocatorias y procedimientos de selección de personal ágiles para la cobertura de vacantes con carácter definitivo, flexibilizando su gestión mediante una eficiente planificación estratégica en la ordenación de los
recursos humanos. La Propuesta contempla la aprobación de bases generales de estabilización y responde al nuevo procedimiento establecido por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de conformidad.
Es por ello por lo que se procede la aprobación de las mismas, cuyo contenido es el
siguiente:
BASES QUE REGIRÁN LOS PROCESOS SELECTIVOS
DE ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL
DEL AYUNTAMIENTO DE MECO
1.1. Las presentes bases contienen las normas que regirán los procesos selectivos para
la selección de personal laboral fijo correspondientes, al procedimiento excepcional de estabilización de empleo temporal del personal laboral y funcionario interino mediante concurso,
en ejecución de la Oferta de Empleo Público de Estabilización del Ayuntamiento de Meco,
conforme establece la disposición adicional sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público,
que incluyen:
— Las plazas que reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran
estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad
a 1 de enero de 2016.
— Las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016.
1.2. Tal y como se recoge en el Preámbulo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
cabe traer a colación la doctrina fijada por el Tribunal Constitucional sobre el principio de
igualdad en el acceso a los cargos y empleos públicos (artículo 23.2 CE), que únicamente
puede ser exceptuada por razones excepcionales y objetivas.
Además, este acceso ha de ordenarse de manera igualitaria en la convocatoria mediante
normas abstractas y generales con el fin de preservar la igualdad ante la ley de la ciudadanía,
lo que obliga al legislador y a la Administración a elegir reglas fundadas en criterios objetivos y presididos por los cánones de mérito y capacidad que el artículo 103.3 CE dispone
(SSTC 67/1989, 27/1991 y 60/1994).
BOCM-20240705-71
1. Normas generales