El Escorial (BOCM-20240704-62)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 158
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE JULIO DE 2024
Pág. 159
11. Fase de concurso
11.1. Finalizada la fase de oposición, se accederá a la fase de concurso, en la que tan
solo participarán aquellos aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la calificación de los
méritos alegados y acreditados documentalmente por los aspirantes, y que se posean antes de la
finalización del plazo de admisión de instancias consistentes en conocimientos previos.
Todos los méritos alegados, deberán acreditarse mediante documentos públicos administrativos, entendiendo por tales certificados, diplomas, hago constar o cualquier otro medio que a juicio del Tribunal Calificador acredite fehacientemente lo alegado.
11.2. La puntuación máxima que podrá alcanzar el concurso de méritos será 2 puntos.
En el concurso puntuarán los siguientes méritos:
a) Servicios prestados, con una puntuación máxima de 0,40 puntos:
1.o Como agente auxiliar: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
2.o Como agente de movilidad: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
b) Titulaciones oficiales, con una puntuación máxima de 0,90 puntos, entendiéndose
como tales las siguientes titulaciones reconocidas por el ministerio competente en
materia de Educación, y sin que pueda computarse la titulación exigida para participar en el correspondiente proceso selectivo:
1.o Doctorado: 0,80 puntos.
2.o Máster oficial de estudios universitarios de 120 o más créditos del Sistema
Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (en adelante, ECTS):
0,20 puntos.
3.o Máster oficial de estudios universitarios de 60 a 119 créditos ECTS: 0,10 puntos.
4.o Licenciatura o título de grado de, al menos, 300 créditos ECTS: 0,50 puntos.
5.o Grado universitario de 240 créditos ECTS: 0,40 puntos.
6.o Diplomatura o grado universitario de 180 créditos ECTS: 0,30 puntos.
7.o Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional: 0,20 puntos.
Se establece una puntuación adicional de 0,10 puntos cuando alguna de las titulaciones anteriores verse sobre materias que son consideradas por este Ayuntamiento convocante de especial interés para el desarrollo de la actividad policial y que
será las siguientes:
— Grado en Ciencias Políticas.
— Grado en Ciencia Política y Administración Pública.
— Grado en Ciencia Política y Gestión Pública.
— Grado en Ciencia Política y de la Administración.
— Grado en Gestión y Administración Pública.
— Grado en Relaciones Internacionales.
— Grado en Relaciones Internacionales y Unión Europea.
— Grado en Estudios Internacionales.
— Grado en Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas.
— Grado en Criminología.
— Grado en Criminología y Seguridad.
— Grado en Ciencias Criminológicas y de la Seguridad.
— Grado en Seguridad.
— Grado en Derecho.
En caso de presentación de varias titulaciones, cuando alguna de ellas sea necesaria para obtener otra o quede subsumida en la misma, solo se valorará la superior,
excepto para los títulos de máster, que sumarán de manera complementaria.
BOCM-20240704-62
electrónico y en la web municipal del Ayuntamiento de El Escorial, la relación de personas
aspirantes que hayan superado la misma, con indicación de la puntuación obtenida.
La calificación final de las pruebas de oposición de los aspirantes que hayan superado
cada una de ellas, conforme a lo previsto en el artículo anterior, será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de naturaleza puntuable.
Para la valoración y calificación de las pruebas psicotécnicas, de idioma, físicas y de
reconocimiento médico, se requerirán los servicios de personal especializado, que emitirá,
con arreglo a las condiciones de estas bases de convocatoria, su informe, a la vista del cual,
el Tribunal, resolverá.
Tras la finalización de cada ejercicio, los opositores tendrán un plazo de 3 días hábiles
para presentar reclamaciones y/o alegaciones.
B.O.C.M. Núm. 158
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE JULIO DE 2024
Pág. 159
11. Fase de concurso
11.1. Finalizada la fase de oposición, se accederá a la fase de concurso, en la que tan
solo participarán aquellos aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la calificación de los
méritos alegados y acreditados documentalmente por los aspirantes, y que se posean antes de la
finalización del plazo de admisión de instancias consistentes en conocimientos previos.
Todos los méritos alegados, deberán acreditarse mediante documentos públicos administrativos, entendiendo por tales certificados, diplomas, hago constar o cualquier otro medio que a juicio del Tribunal Calificador acredite fehacientemente lo alegado.
11.2. La puntuación máxima que podrá alcanzar el concurso de méritos será 2 puntos.
En el concurso puntuarán los siguientes méritos:
a) Servicios prestados, con una puntuación máxima de 0,40 puntos:
1.o Como agente auxiliar: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
2.o Como agente de movilidad: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
b) Titulaciones oficiales, con una puntuación máxima de 0,90 puntos, entendiéndose
como tales las siguientes titulaciones reconocidas por el ministerio competente en
materia de Educación, y sin que pueda computarse la titulación exigida para participar en el correspondiente proceso selectivo:
1.o Doctorado: 0,80 puntos.
2.o Máster oficial de estudios universitarios de 120 o más créditos del Sistema
Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (en adelante, ECTS):
0,20 puntos.
3.o Máster oficial de estudios universitarios de 60 a 119 créditos ECTS: 0,10 puntos.
4.o Licenciatura o título de grado de, al menos, 300 créditos ECTS: 0,50 puntos.
5.o Grado universitario de 240 créditos ECTS: 0,40 puntos.
6.o Diplomatura o grado universitario de 180 créditos ECTS: 0,30 puntos.
7.o Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional: 0,20 puntos.
Se establece una puntuación adicional de 0,10 puntos cuando alguna de las titulaciones anteriores verse sobre materias que son consideradas por este Ayuntamiento convocante de especial interés para el desarrollo de la actividad policial y que
será las siguientes:
— Grado en Ciencias Políticas.
— Grado en Ciencia Política y Administración Pública.
— Grado en Ciencia Política y Gestión Pública.
— Grado en Ciencia Política y de la Administración.
— Grado en Gestión y Administración Pública.
— Grado en Relaciones Internacionales.
— Grado en Relaciones Internacionales y Unión Europea.
— Grado en Estudios Internacionales.
— Grado en Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas.
— Grado en Criminología.
— Grado en Criminología y Seguridad.
— Grado en Ciencias Criminológicas y de la Seguridad.
— Grado en Seguridad.
— Grado en Derecho.
En caso de presentación de varias titulaciones, cuando alguna de ellas sea necesaria para obtener otra o quede subsumida en la misma, solo se valorará la superior,
excepto para los títulos de máster, que sumarán de manera complementaria.
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electrónico y en la web municipal del Ayuntamiento de El Escorial, la relación de personas
aspirantes que hayan superado la misma, con indicación de la puntuación obtenida.
La calificación final de las pruebas de oposición de los aspirantes que hayan superado
cada una de ellas, conforme a lo previsto en el artículo anterior, será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de naturaleza puntuable.
Para la valoración y calificación de las pruebas psicotécnicas, de idioma, físicas y de
reconocimiento médico, se requerirán los servicios de personal especializado, que emitirá,
con arreglo a las condiciones de estas bases de convocatoria, su informe, a la vista del cual,
el Tribunal, resolverá.
Tras la finalización de cada ejercicio, los opositores tendrán un plazo de 3 días hábiles
para presentar reclamaciones y/o alegaciones.