D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240703-43)
Convenio – Convenio de 19 de junio de 2024, entre el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional y la Comunidad de Madrid, para la promoción turística de la Comunidad de Madrid en el ámbito de la Galería de las Colecciones Reales y otros Reales Sitios ubicados en la Comunidad de Madrid durante el año 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 157
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 3 DE JULIO DE 2024
Pág. 175
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
43
CONVENIO de 19 de junio de 2024, entre el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional y la Comunidad de Madrid, para la promoción turística de la
Comunidad de Madrid en el ámbito de la Galería de las Colecciones Reales y
otros Reales Sitios ubicados en la Comunidad de Madrid durante el año 2024.
En Madrid, a 19 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Mariano de Paco Serrano, Consejero de Cultura, Turismo y Deporte
de la Comunidad de Madrid, en virtud de su nombramiento por Decreto 47/2023, de 23 de
junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 150, del 26 de junio, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio
del Consejo de Gobierno que regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, Dña. Ana de la Cueva Fernández, en su condición de Presidenta del Consejo
de Administración del Patrimonio Nacional, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 597/2021, de 20 de julio de 2021, en el ejercicio de la función de representar al Consejo de Administración del citado Organismo Público, regulado por la Ley 23/1982, de 16
de junio, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo, con NIF
ES2801002C, domiciliado en Palacio Real C/Bailén, s/n, 28071 Madrid.
Ambas partes, en el carácter en que intervienen, se reconocen recíprocamente plena
capacidad jurídica para contratar y suscribir el presente convenio, y
I. Patrimonio Nacional es un organismo autónomo con personalidad jurídica propia
y capacidad de obrar, orgánicamente dependiente de Presidencia del Gobierno, creado al
amparo de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional, cuyos fines
son la gestión y administración de los bienes y derechos del Patrimonio Nacional, y que, en
cuanto sea compatible con la afectación que singulariza a esos bienes y derechos, debe
adoptar las medidas conducentes al uso mismos con fines culturales, científicos y docentes.
II. Corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (en adelante, la “Consejería”), ejercer, en general, las competencias de desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas del Gobierno en materia de cultura, turismo y Deporte, de
conformidad con lo previsto en el artículo 1 del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y en particular:
(Art. 4).
c) En materia de turismo y hostelería: el impulso, la coordinación, el apoyo y la supervisión de las actividades en materia de ordenación, promoción, planificación e
información del turismo y la hostelería.
(Artículo 9. Competencias de la Dirección General de Turismo y Hostelería).
a) La coordinación, fomento y planificación del sector y de la actividad turística y su
sostenibilidad.
b) La elaboración de estrategias y planes que faciliten la creación y promoción de productos de alto valor añadido para el turismo, con capacidad desestacionalizadora.
c) La ordenación del sector turístico y de su infraestructura.
d) La coordinación con otros órganos de la Administración de la Comunidad de
Madrid, incluida la institucional, así como con las corporaciones locales y sus empresas y entidades públicas en cuantas actuaciones con incidencia en el sector turístico realicen en el ejercicio de sus respectivas competencias.
BOCM-20240703-43
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B.O.C.M. Núm. 157
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 3 DE JULIO DE 2024
Pág. 175
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
43
CONVENIO de 19 de junio de 2024, entre el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional y la Comunidad de Madrid, para la promoción turística de la
Comunidad de Madrid en el ámbito de la Galería de las Colecciones Reales y
otros Reales Sitios ubicados en la Comunidad de Madrid durante el año 2024.
En Madrid, a 19 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Mariano de Paco Serrano, Consejero de Cultura, Turismo y Deporte
de la Comunidad de Madrid, en virtud de su nombramiento por Decreto 47/2023, de 23 de
junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 150, del 26 de junio, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio
del Consejo de Gobierno que regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, Dña. Ana de la Cueva Fernández, en su condición de Presidenta del Consejo
de Administración del Patrimonio Nacional, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 597/2021, de 20 de julio de 2021, en el ejercicio de la función de representar al Consejo de Administración del citado Organismo Público, regulado por la Ley 23/1982, de 16
de junio, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo, con NIF
ES2801002C, domiciliado en Palacio Real C/Bailén, s/n, 28071 Madrid.
Ambas partes, en el carácter en que intervienen, se reconocen recíprocamente plena
capacidad jurídica para contratar y suscribir el presente convenio, y
I. Patrimonio Nacional es un organismo autónomo con personalidad jurídica propia
y capacidad de obrar, orgánicamente dependiente de Presidencia del Gobierno, creado al
amparo de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional, cuyos fines
son la gestión y administración de los bienes y derechos del Patrimonio Nacional, y que, en
cuanto sea compatible con la afectación que singulariza a esos bienes y derechos, debe
adoptar las medidas conducentes al uso mismos con fines culturales, científicos y docentes.
II. Corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (en adelante, la “Consejería”), ejercer, en general, las competencias de desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas del Gobierno en materia de cultura, turismo y Deporte, de
conformidad con lo previsto en el artículo 1 del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y en particular:
(Art. 4).
c) En materia de turismo y hostelería: el impulso, la coordinación, el apoyo y la supervisión de las actividades en materia de ordenación, promoción, planificación e
información del turismo y la hostelería.
(Artículo 9. Competencias de la Dirección General de Turismo y Hostelería).
a) La coordinación, fomento y planificación del sector y de la actividad turística y su
sostenibilidad.
b) La elaboración de estrategias y planes que faciliten la creación y promoción de productos de alto valor añadido para el turismo, con capacidad desestacionalizadora.
c) La ordenación del sector turístico y de su infraestructura.
d) La coordinación con otros órganos de la Administración de la Comunidad de
Madrid, incluida la institucional, así como con las corporaciones locales y sus empresas y entidades públicas en cuantas actuaciones con incidencia en el sector turístico realicen en el ejercicio de sus respectivas competencias.
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