Majadahonda (BOCM-20240702-86)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 2 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 156
d.2. Aplicación de bonificación a familias numerosas:
— Familia numerosa de categoría general: bonificación del 25 por 100 (10
puntos).
— Familia numerosa de categoría especial: bonificación del 40 por 100 (10
puntos).
d.3. Aplicación de bonificación a discapacitados poseedores del carné de plata del
Ayuntamiento de Majadahonda: bonificación del 50 por 100 (10 puntos).
d.4. Becas/gratuidad a deportistas empadronados en Majadahonda en riesgo de
exclusión social (2 puntos por deportista becado).
e) Alcance del proyecto subvencionado en cuanto a deportistas:
e.1. Usuarios deportistas empadronados en Majadahonda (1 punto por cada socio empadronado en Majadahonda).
e.2. % de empadronados respecto a los usuarios totales del club:
— Más de un 80 por 100 de usuarios empadronados en Majadahonda: 5
puntos por cada 1 por 100.
e.3. Si se aplican las tarifas establecidas en la Ordenanza Municipal reguladora
de los precios públicos vigente respetando las bonificaciones:
— Si se beneficia de la aplicación de estas tarifas menos de un 15 por 100
del total de usuarios: 0 puntos.
— Si se benefician de la aplicación de estas tarifas del 16 al 49 por 100 del
total de usuarios: 1 punto por cada 1 por 100 de usuarios empadronados
en Majadahonda.
— Si se benefician de la aplicación de estas tarifas del 50 al 79 por 100 del
total de usuarios: 3 puntos por cada 1 por 100 de usuarios empadronados en Majadahonda.
— Si se benefician de la aplicación de estas tarifas el 80 por 100 o más del
total de usuarios: 5 puntos por cada 1 por 100 de usuarios empadronados en Majadahonda.
e.4. Número de licencias federativas (0,5 puntos por cada licencia individual).
e.5. Promoción del deporte femenino (2 puntos por cada 1 por 100; siempre y
cuando se tenga un mínimo del 15 por 100 de deportistas femeninas y un mínimo de 15 por 100 de deportistas masculinas. Se valorará hasta un máximo
de 100 puntos).
e.6. Promoción del deporte adaptado e inclusivo (1 punto por cada 0,1 por 100.
Se valorará hasta un máximo de 100 puntos).
e.7. Promoción del deporte Mayores de 65 años, siempre y cuando se apliquen las
tarifas establecidas en la Ordenanza Municipal reguladora de los precios públicos municipales vigente, respetando las bonificaciones establecidas en dicha Ordenanza Municipal: 1 punto por cada 1 por 100 de usuarios mayores
de 65 años (se valorará hasta un máximo de 50 puntos).
e.8. Promoción del deporte Familias numerosas general y especial, siempre y
cuando se apliquen las tarifas establecidas en la Ordenanza Municipal reguladora de los precios públicos municipales vigente, respetando las bonificaciones establecidas en dicha Ordenanza Municipal: 1 punto por cada 1 por 100
de usuarios de familia numerosa (se valorará hasta un máximo de 50 puntos).
f) Participación en competiciones incluidas en el calendario oficial de la federación
correspondiente:
f.1. Ligas autonómicas, Campeonatos de Madrid, Circuito de Madrid o equivalente (10 puntos por equipo. En los deportes individuales, contará como un
equipo el total de la representación del club).
f.2. Ligas nacionales, Campeonatos de España, Circuito Nacional, Copa del
Rey/de la Reina (25 puntos por equipo. En los deportes individuales, contará como un equipo el total de la representación del club).
f.3. Campeonatos de Europa o mundiales de clubes, Copa de Europa o mundial
de clubes, Liga Europea o mundial de clubes (30 puntos por equipo. En los
deportes individuales, contará como un equipo el total de la representación
del club).
BOCM-20240702-86
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 2 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 156
d.2. Aplicación de bonificación a familias numerosas:
— Familia numerosa de categoría general: bonificación del 25 por 100 (10
puntos).
— Familia numerosa de categoría especial: bonificación del 40 por 100 (10
puntos).
d.3. Aplicación de bonificación a discapacitados poseedores del carné de plata del
Ayuntamiento de Majadahonda: bonificación del 50 por 100 (10 puntos).
d.4. Becas/gratuidad a deportistas empadronados en Majadahonda en riesgo de
exclusión social (2 puntos por deportista becado).
e) Alcance del proyecto subvencionado en cuanto a deportistas:
e.1. Usuarios deportistas empadronados en Majadahonda (1 punto por cada socio empadronado en Majadahonda).
e.2. % de empadronados respecto a los usuarios totales del club:
— Más de un 80 por 100 de usuarios empadronados en Majadahonda: 5
puntos por cada 1 por 100.
e.3. Si se aplican las tarifas establecidas en la Ordenanza Municipal reguladora
de los precios públicos vigente respetando las bonificaciones:
— Si se beneficia de la aplicación de estas tarifas menos de un 15 por 100
del total de usuarios: 0 puntos.
— Si se benefician de la aplicación de estas tarifas del 16 al 49 por 100 del
total de usuarios: 1 punto por cada 1 por 100 de usuarios empadronados
en Majadahonda.
— Si se benefician de la aplicación de estas tarifas del 50 al 79 por 100 del
total de usuarios: 3 puntos por cada 1 por 100 de usuarios empadronados en Majadahonda.
— Si se benefician de la aplicación de estas tarifas el 80 por 100 o más del
total de usuarios: 5 puntos por cada 1 por 100 de usuarios empadronados en Majadahonda.
e.4. Número de licencias federativas (0,5 puntos por cada licencia individual).
e.5. Promoción del deporte femenino (2 puntos por cada 1 por 100; siempre y
cuando se tenga un mínimo del 15 por 100 de deportistas femeninas y un mínimo de 15 por 100 de deportistas masculinas. Se valorará hasta un máximo
de 100 puntos).
e.6. Promoción del deporte adaptado e inclusivo (1 punto por cada 0,1 por 100.
Se valorará hasta un máximo de 100 puntos).
e.7. Promoción del deporte Mayores de 65 años, siempre y cuando se apliquen las
tarifas establecidas en la Ordenanza Municipal reguladora de los precios públicos municipales vigente, respetando las bonificaciones establecidas en dicha Ordenanza Municipal: 1 punto por cada 1 por 100 de usuarios mayores
de 65 años (se valorará hasta un máximo de 50 puntos).
e.8. Promoción del deporte Familias numerosas general y especial, siempre y
cuando se apliquen las tarifas establecidas en la Ordenanza Municipal reguladora de los precios públicos municipales vigente, respetando las bonificaciones establecidas en dicha Ordenanza Municipal: 1 punto por cada 1 por 100
de usuarios de familia numerosa (se valorará hasta un máximo de 50 puntos).
f) Participación en competiciones incluidas en el calendario oficial de la federación
correspondiente:
f.1. Ligas autonómicas, Campeonatos de Madrid, Circuito de Madrid o equivalente (10 puntos por equipo. En los deportes individuales, contará como un
equipo el total de la representación del club).
f.2. Ligas nacionales, Campeonatos de España, Circuito Nacional, Copa del
Rey/de la Reina (25 puntos por equipo. En los deportes individuales, contará como un equipo el total de la representación del club).
f.3. Campeonatos de Europa o mundiales de clubes, Copa de Europa o mundial
de clubes, Liga Europea o mundial de clubes (30 puntos por equipo. En los
deportes individuales, contará como un equipo el total de la representación
del club).
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