Majadahonda (BOCM-20240702-86)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 156

MARTES 2 DE JULIO DE 2024

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portes para la modalidad o actividad que se trate, vigente en cada ejercicio, respetando las bonificaciones establecidas en dicha Ordenanza Municipal: Carnet de
familia numerosa emitido por la Comunidad de Madrid.
g. Deportistas mayores de 65 años: listado de deportistas empadronados en Majadahonda mayores de 65 años (nombre, apellidos, DNI).
h. Memoria técnica y presupuesto de actividades según establece el artículo 8:
i. Participación en competiciones federadas oficiales (se acompañará de la certificación federativa que lo acredite): Ligas y/o Campeonatos de España,
Copa del Rey/de la Reina, ligas y/o Campeonatos de Madrid y Ligas y/o Campeonatos de Europa o del Mundo de clubes (Anexo VIII).
ii. Memoria técnica y presupuesto de eventos organizados en Majadahonda
(Anexo IX). Todas las actividades deben haber sido notificadas y autorizadas
por la Concejalía de Deportes:
— Organización de competiciones federadas oficiales (se acompañará de la
certificación federativa que lo acredite): Campeonatos de España, Copa
del Rey/de la Reina, Campeonatos de Madrid, Play-off y competiciones
internacionales.
— Colaboración en la organización de actividades de la Concejalía de Deportes de Majadahonda (se acreditará mediante certificado expedido por
la Concejalía de Deportes) y organización de competiciones que aparezcan en el Programa de las Fiestas Patronales de Majadahonda.
i.
j.
11.

Certificación federativa de datos aportados en Anexo VII y Anexo VIII.
Autoevaluación de criterios objetivos evaluables (Anexo X).
Documentación justificativa:

a.

Instancia suscrita por el Presidente de la Entidad solicitando el pago de la subvención con indicación del número de cuenta en el que se ha de realizar la transferencia (Anexo XI).
b. Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
c. Declaración responsable firmada por el Presidente de la Entidad, en la que se haga
constar que el importe de la subvención solicitada no supera el gasto soportado y
que se ha realizado el proyecto íntegro para el que se solicita la subvención
(Anexo XII).
d. Cuenta justificativa (Anexo XIII).
e. Facturas y documentos bancarios justificativos del pago a terceros.
f. Declaración responsable en la que se haga constar el cálculo de aplicación de precios públicos con bonificaciones (Anexo XIV), junto con los documentos bancarios de justificación del cobro a usuarios/socios beneficiarios de la aplicación de
bonificaciones.
Art. 8. Criterios objetivos para la concesión de la subvención.—Los criterios objetivos que se tendrán en cuenta para la concesión de las subvenciones a las Entidades solicitantes, serán los siguientes:
a) Actividades integradas en el proyecto.
b) Ámbito territorial siempre referido a lo dispuesto en el artículo 2.1.
c) A la puntuación final obtenida, se le aplicará el siguiente factor corrector basado
en la masa social del club, suma de socios federados y no federados:
Menos de 50 usuarios en total: puntuación obtenida * 0,25.
50 a 100 usuarios en total: puntuación obtenida * 0,50.
100 a 150 usuarios en total: puntuación obtenida * 0,75.
Más de 150 usuarios: puntuación obtenida * 1,00.

d) Por aplicación de las tarifas establecidas en la Ordenanza Municipal reguladora de
los precios públicos municipales por la utilización de las instalaciones, servicios
y actividades del Servicio de Deportes para la modalidad o actividad que se trate,
vigente en cada ejercicio, respetando las bonificaciones establecidas en dicha Ordenanza Municipal:
d.1. Aplicación de bonificación a mayores de sesenta y cinco años: bonificación
del 50 por 100 (10 puntos).

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