D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240702-54)
Convenio – Convenio de 13 de junio de 2024, de Cooperación Educativa entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y la Universidad de Navarra, para la realización de prácticas académicas externas de los alumnos/as del Máster en Estudios Curatoriales/Curatorial Studies, en los museos dependientes de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 156
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 2 DE JULIO DE 2024
Pág. 133
Tercero
Que la Universidad de Navarra tiene entre sus fines acercar la formación universitaria
a la realidad social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con instituciones externas, que permitan completar el proceso formativo con una
puesta en práctica de los conocimientos teóricos adquiridos.
En particular, pretende desarrollar sus enseñanzas en un entorno que proporcione a os
estudiantes un conocimiento más profundo y cercano de las competencias que necesitarán
en el futuro, acercarles a las realidades del ámbito profesional en el que ejercerán su actividad y reforzar su compromiso con la empleabilidad.
Cuarto
Que, para dar cumplimiento a lo anteriormente expuesto, la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, considera de utilidad para sus fines institucionales el establecimiento de un marco permanente de colaboración que permita la integración temporal en su ámbito, a efectos de prácticas, de los alumnos/as del Máster en
Estudios Curatoriales/Curatorial Studies de la Universidad de Navarra.
Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes suscriben el presente convenio de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El objeto del presente convenio es el de establecer las condiciones de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Universidad de Navarra en la organización y realización
de prácticas académicas externas que realicen los estudiantes del Máster en Estudios Curatoriales/Curatorial Studies, en los museos dependientes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Comunidad de Madrid, sean curriculares o extracurriculares, a los efectos de aplicar los conocimientos adquiridos por los mismos.
Segunda
La relación alumno/a-entidad colaboradora no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente convenio, y del mismo no se deriva obligación alguna propia de un
contrato laboral, ya que la relación que se establezca entre el/la alumno/a y la entidad colaboradora, la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, no tendrá dicho carácter.
Tercera
El período de prácticas que los/las alumnos/as realicen en la entidad colaboradora,
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, a los efectos de
completar su formación, tendrá la siguiente duración:
— Prácticas curriculares: La duración prevista en el correspondiente plan de estudios.
— Prácticas extracurriculares: Una duración no superior al cincuenta por ciento del
curso académico, sin perjuicio de lo que fije la Universidad de Navarra, procurando el aseguramiento del correcto desarrollo y seguimiento de las actividades académicas del estudiante.
La relación nominal de alumnos/as beneficiarios de las prácticas, así como la aceptación por estos de las condiciones establecidas en este convenio quedará recogida en el modelo incluido como Anexo I. En dicho anexo, así mismo, se determinarán las fechas de comienzo y finalización, el horario, lugar de desarrollo y contenido específico de las prácticas
para cada uno de los alumnos que participen en el programa. En todo caso los horarios serán compatibles con la actividad académica formativa del alumno/a, así como de representación y participación desarrollada por el/la mismo/a en la Universidad. Igualmente, los/as
alumnos/as disfrutarán de los permisos a los que tengan derecho de conformidad a lo establecido en cada momento.
Queda incorporado al presente convenio el modelo Anexo I, que forma parte inseparable del mismo.
BOCM-20240702-54
Cuarta
B.O.C.M. Núm. 156
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 2 DE JULIO DE 2024
Pág. 133
Tercero
Que la Universidad de Navarra tiene entre sus fines acercar la formación universitaria
a la realidad social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con instituciones externas, que permitan completar el proceso formativo con una
puesta en práctica de los conocimientos teóricos adquiridos.
En particular, pretende desarrollar sus enseñanzas en un entorno que proporcione a os
estudiantes un conocimiento más profundo y cercano de las competencias que necesitarán
en el futuro, acercarles a las realidades del ámbito profesional en el que ejercerán su actividad y reforzar su compromiso con la empleabilidad.
Cuarto
Que, para dar cumplimiento a lo anteriormente expuesto, la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, considera de utilidad para sus fines institucionales el establecimiento de un marco permanente de colaboración que permita la integración temporal en su ámbito, a efectos de prácticas, de los alumnos/as del Máster en
Estudios Curatoriales/Curatorial Studies de la Universidad de Navarra.
Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes suscriben el presente convenio de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El objeto del presente convenio es el de establecer las condiciones de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Universidad de Navarra en la organización y realización
de prácticas académicas externas que realicen los estudiantes del Máster en Estudios Curatoriales/Curatorial Studies, en los museos dependientes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Comunidad de Madrid, sean curriculares o extracurriculares, a los efectos de aplicar los conocimientos adquiridos por los mismos.
Segunda
La relación alumno/a-entidad colaboradora no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente convenio, y del mismo no se deriva obligación alguna propia de un
contrato laboral, ya que la relación que se establezca entre el/la alumno/a y la entidad colaboradora, la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, no tendrá dicho carácter.
Tercera
El período de prácticas que los/las alumnos/as realicen en la entidad colaboradora,
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, a los efectos de
completar su formación, tendrá la siguiente duración:
— Prácticas curriculares: La duración prevista en el correspondiente plan de estudios.
— Prácticas extracurriculares: Una duración no superior al cincuenta por ciento del
curso académico, sin perjuicio de lo que fije la Universidad de Navarra, procurando el aseguramiento del correcto desarrollo y seguimiento de las actividades académicas del estudiante.
La relación nominal de alumnos/as beneficiarios de las prácticas, así como la aceptación por estos de las condiciones establecidas en este convenio quedará recogida en el modelo incluido como Anexo I. En dicho anexo, así mismo, se determinarán las fechas de comienzo y finalización, el horario, lugar de desarrollo y contenido específico de las prácticas
para cada uno de los alumnos que participen en el programa. En todo caso los horarios serán compatibles con la actividad académica formativa del alumno/a, así como de representación y participación desarrollada por el/la mismo/a en la Universidad. Igualmente, los/as
alumnos/as disfrutarán de los permisos a los que tengan derecho de conformidad a lo establecido en cada momento.
Queda incorporado al presente convenio el modelo Anexo I, que forma parte inseparable del mismo.
BOCM-20240702-54
Cuarta