D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240629-16)
Convenio – Convenio de colaboración de 14 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Fundación Integra para promover la inclusión social de personas en exclusión social severa
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 29 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 154
Servicios Sociales e Integración, salvo que esta responda a la estricta realización del convenio o al cumplimiento de alguna obligación legal o resolución judicial. La obligación de
confidencialidad y secreto subsistirá permanentemente, tanto durante la vigencia de la relación entre las partes como posteriormente tras su finalización, cualquiera que fuese la causa de su extinción.
2. Protección de datos.
2.1. Normativa.
De conformidad con la Disposición adicional 25.a de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, los contratos que impliquen el tratamiento de datos de carácter personal deberán respetar en su integridad el RGPD y la
LOPDGDD y el Real Decreto Ley 14/2019 de 31 de octubre.
El convenio implica la comunicación a la Fundación Integra de datos de carácter
personal de cuyo tratamiento es Responsable del tratamiento la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, por lo que aquel también tendrá la consideración de Responsable del tratamiento.
2.2. Tratamiento de Datos Personales: Comunicación de datos personales.
Para dar cumplimiento a las obligaciones legales mencionadas en el presente documento, la Dirección General de Servicios Sociales e Integración ha de comunicar los datos personales de los interesados a la Fundación Integra con la única
finalidad de que este último, en calidad de Responsable del tratamiento, proceda
a utilizar los datos personales objeto de cesión para fomentar la integración social
a través de la búsqueda de empleo de aquellos usuarios de los comedores sociales y todas aquellas personas usuarias de los recursos dependientes de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración que reúnan los requisitos regulados en el presente Convenio. Esto se llevará a cabo a través del diseño y
creación de itinerarios específicos y derivaciones a los recursos formativos y laborales más apropiados.
Los datos a comunicar de la actividad de tratamiento Servicio de Emergencia Social
serán los siguientes:
— Nombre.
— Apellidos.
— DNI/NIE.
— Sexo.
— N.o teléfono.
— Dirección.
— Provincia.
— Código Postal.
— Email.
— Fecha de nacimiento.
— País de nacimiento.
— Historia personal: proceso judicial activo, orden de alejamiento o zona de riesgo,
hijos a cargo y/o cualquier dato importante que la trabajadora social estime fundamental para el proceso de inserción sociolaboral.
Será obligación de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración valorar si
los datos personales comunicados resultan necesarios, proporcionales e idóneos para la
prestación del servicio.
La base de legitimación que ampara la comunicación de ambas partes consiste en el
cumplimiento del servicio solicitado basado en el consentimiento del solicitante.
Obligaciones de las partes:
Por parte de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, como cedente
de los datos:
a. Garantizar que los datos personales han sido obtenidos conforme con la legislación vigente, siendo lícita su comunicación y posterior tratamiento para las finalidades indicadas en el presente contrato.
BOCM-20240629-16
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 29 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 154
Servicios Sociales e Integración, salvo que esta responda a la estricta realización del convenio o al cumplimiento de alguna obligación legal o resolución judicial. La obligación de
confidencialidad y secreto subsistirá permanentemente, tanto durante la vigencia de la relación entre las partes como posteriormente tras su finalización, cualquiera que fuese la causa de su extinción.
2. Protección de datos.
2.1. Normativa.
De conformidad con la Disposición adicional 25.a de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, los contratos que impliquen el tratamiento de datos de carácter personal deberán respetar en su integridad el RGPD y la
LOPDGDD y el Real Decreto Ley 14/2019 de 31 de octubre.
El convenio implica la comunicación a la Fundación Integra de datos de carácter
personal de cuyo tratamiento es Responsable del tratamiento la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, por lo que aquel también tendrá la consideración de Responsable del tratamiento.
2.2. Tratamiento de Datos Personales: Comunicación de datos personales.
Para dar cumplimiento a las obligaciones legales mencionadas en el presente documento, la Dirección General de Servicios Sociales e Integración ha de comunicar los datos personales de los interesados a la Fundación Integra con la única
finalidad de que este último, en calidad de Responsable del tratamiento, proceda
a utilizar los datos personales objeto de cesión para fomentar la integración social
a través de la búsqueda de empleo de aquellos usuarios de los comedores sociales y todas aquellas personas usuarias de los recursos dependientes de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración que reúnan los requisitos regulados en el presente Convenio. Esto se llevará a cabo a través del diseño y
creación de itinerarios específicos y derivaciones a los recursos formativos y laborales más apropiados.
Los datos a comunicar de la actividad de tratamiento Servicio de Emergencia Social
serán los siguientes:
— Nombre.
— Apellidos.
— DNI/NIE.
— Sexo.
— N.o teléfono.
— Dirección.
— Provincia.
— Código Postal.
— Email.
— Fecha de nacimiento.
— País de nacimiento.
— Historia personal: proceso judicial activo, orden de alejamiento o zona de riesgo,
hijos a cargo y/o cualquier dato importante que la trabajadora social estime fundamental para el proceso de inserción sociolaboral.
Será obligación de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración valorar si
los datos personales comunicados resultan necesarios, proporcionales e idóneos para la
prestación del servicio.
La base de legitimación que ampara la comunicación de ambas partes consiste en el
cumplimiento del servicio solicitado basado en el consentimiento del solicitante.
Obligaciones de las partes:
Por parte de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, como cedente
de los datos:
a. Garantizar que los datos personales han sido obtenidos conforme con la legislación vigente, siendo lícita su comunicación y posterior tratamiento para las finalidades indicadas en el presente contrato.
BOCM-20240629-16
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