D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240628-25)
Convenio –  Convenio de 7 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Corporación de Radio y Televisión Española, S. A., S. M. E., para la realización de prácticas externas curriculares de los alumnos de la Real Escuela Superior de Arte Dramático
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 153

D) Revisar, en su caso, la programación de las prácticas junto con el tutor asignado
por RTVE si, una vez iniciadas y a la vista de los resultados, se estimase conveniente dicha revisión.
E) Remitir un modelo de informe al tutor asignado por RTVE con aquellos puntos
que considere importantes para la evaluación de las prácticas realizadas por el
alumnado, dicho modelo deberá ser remitido a RTVE antes de la finalización de
las prácticas y recogerá el resultado y rendimiento de cada estudiante.
Cuarta
Compromisos de RTVE
A) Dar cumplimiento a las actividades incluidas en los proyectos formativos, aportando los medios materiales necesarios para ello.
B) Nombrar un tutor de prácticas para el adecuado seguimiento y valoración de las
actividades realizadas por los estudiantes.
C) Al finalizar cada período de prácticas RTVE remitirá a la RESAD el modelo de informe cumplimentado a que hace referencia la cláusula tercera apartado E, se realizará de forma individualizada para cada estudiante y en un plazo máximo de 5 días
hábiles desde la finalización de las prácticas correspondientes.
D) Informar al estudiante sobre las condiciones de seguridad e higiene vigentes y sobre las medidas de prevención a adoptar en las instalaciones donde se vayan a desarrollar las prácticas académicas externas concertadas.
E) Facilitar al profesor-tutor de la RESAD el acceso a los centros de prácticas para el
cumplimiento de los fines propios de su función.
F) Revisar, en su caso, la programación de las prácticas junto con el profesor-tutor
del centro educativo, si, una vez iniciadas y a la vista de los resultados, se estimase conveniente dicha revisión.
G) Facilitar al alumno la asistencia a los exámenes, pruebas de evaluación y otras actividades académicas obligatorias.
H) Informar a la RESAD, dentro de los 5 primeros días del mes, los días efectivos de
prácticas realizadas por los estudiantes en el mes anterior.
Quinta
A) Para la realización de las prácticas externas de las enseñanzas de nivel de grado
será requisito indispensable que el alumno se encuentre matriculado en dicha asignatura en el curso académico durante el cual se vayan a llevar a cabo.
B) Durante las prácticas externas, los alumnos dispondrán de la cobertura que les garantiza el seguro escolar, de acuerdo con lo dispuesto en su normativa reguladora.
En caso de que el alumno tenga más de 28 años, deberá acreditar disponer, al menos, de cobertura a través del sistema de la Seguridad Social o bien derivada de la
suscripción de póliza con otras entidades aseguradoras, siendo en estos casos el
centro educativo el responsable de exigir la correspondiente acreditación en el
momento de formalizar la matrícula en la asignatura de prácticas.
C) Los estudiantes realizarán sus prácticas de acuerdo con las características de las
mismas y las disponibilidades de RTVE, en régimen de prácticas externas. Los
horarios, en todo caso, serán compatibles con la actividad académica, formativa y
de representación y participación desarrollada por cada estudiante.
D) Las prácticas se desarrollarán durante el período lectivo del calendario escolar correspondiente aplicable a los centros públicos de enseñanzas superiores de la Comunidad de Madrid.
E) El estudiante en prácticas deberá ir provisto de su DNI, NIE o pasaporte y disponer
durante su estancia en las instalaciones en que se desarrollen las prácticas del documento que le identifica como alumno de la RESAD. Asimismo, ha de respetar
las normas de régimen interior, de higiene y seguridad aplicables en las instalaciones y seguir las indicaciones a tal efecto del tutor de prácticas de RTVE. En caso
de ausencia o retraso, el alumno estará obligado a comunicarlo al tutor del centro
de prácticas en el mismo momento en que se prevea la ausencia o el retraso.
F) El régimen de permisos de cada estudiante será consensuado por los tutores de
la RESAD y de RTVE.

BOCM-20240628-25

Régimen de los alumnos en prácticas