D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240628-33)
Convenio –  Convenio de 6 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y la Comunidad de Regantes La Poveda para la ejecución y financiación de las obras de mejora y modernización de la infraestructura de riego de la zona regable de La Poveda en Fuentidueña de Tajo (Madrid), financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) a través del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea (EURI)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 153

IV. Que la Comunidad de Regantes de La Poveda tiene interés en suscribir dicho convenio, con la finalidad de que se realicen las obras de mejora y modernización de la infraestructura de regadío en la Poveda, en el término municipal de Fuentidueña de Tajo (Madrid).
V. Que la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior ha redactado el
“Proyecto ejecutivo de modernización de la infraestructura de riego de la zona regable de
La Poveda (T. M. Fuentidueña de Tajo)” y dispondrá, con carácter previo al inicio de la
obra, del informe de impacto ambiental y cuantos permisos y autorizaciones son preceptivos y cuenta con la disponibilidad de los terrenos o la mayor parte de ellos.
VI. Que la Comunidad de Regantes de La Poveda, constituida mediante Resolución
de la Confederación Hidrográfica del Tajo de fecha 2 de septiembre de 2.009, agrupa a los
propietarios de las fincas de la zona regable de La Poveda, que han sido objeto de un proceso de concentración parcelaria en la mayor parte de su superficie.
VII. Que en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de abril de 1992,
se publicó el Decreto 20/1992, de 2 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se declara
de interés general de la Comunidad de Madrid la transformación económica y social de la
comarca de “Las Vegas” a la que pertenece Fuentidueña de Tajo, y que en su artículo 3 se
especificaba que dicha transformación consistiría fundamentalmente en la creación de nuevos regadíos y mejora de los existentes, […] y en la redistribución de la propiedad rústica
y la concentración parcelaria.
VIII. Que el “Proyecto ejecutivo de modernización de la infraestructura de riego de la
zona regable de La Poveda (T. M. Fuentidueña de Tajo)” cumple las condiciones de admisibilidad establecidas para este tipo de obras de regadío en el tipo de operación 4.3.2 (TOP) del
Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 de la Comunidad de Madrid y que ha sido, por lo
tanto, incluido entre los que van a ser financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) mediante el Instrumento de Recuperación de la Unión Europea.
IX. Que la Comunidad de Madrid garantizará la disponibilidad de los terrenos sobre
los que se vaya a ejecutar la modernización de la red de riego, a través de un procedimiento de expropiación/ocupación/servidumbre y la Comunidad de Regantes se compromete a
facilitar toda la información necesaria.
X. La Comunidad de Regantes autoriza a la Comunidad a verificar que cumple los
siguientes requisitos:
— Estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración
Tributaria.
— Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
— No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo
que las mismas estén debidamente garantizadas, ni tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas, ni figurar en la fase del pago como deudor de los fondos europeos agrícolas FEAGA-FEADER.
— No haber sido excluida de la obtención de ayudas del tipo de operación 4.3.2
“Ayudas para la consolidación y mejora de los regadíos existentes” del Programa
de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid (2014-2020) en los términos
del artículo 35 del Reglamento Delegado (UE) número 640/2014, de la Comisión.
XI. Que por parte de la Comunidad de Regantes, y conforme a lo previsto en el artículo 52 de sus Ordenanzas, las obras de mejora y modernización de la infraestructura de
riego de la zona regable de La Poveda, así como la celebración de este convenio han sido
autorizadas en sesión de Junta General Ordinaria del 8 de octubre de 2022, según consta en
certificación del Secretario de la Comunidad de Regantes que se adjunta como anexo II.
XII. Que la autorización del gasto ha sido aprobada por la Secretaría General Técnica de
la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, de acuerdo a los artículos 59, 63, 65, 66
de la Ley Presupuestos de la Comunidad de Madrid de 2022 prorrogados para 2023 de acuerdo
al Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, al tratarse de un proyecto con cargo a fondos europeos
previstos en el Instrumento de Recuperación de la UE.
XIII. En base a lo expuesto, las partes suscriben el presente Convenio de colaboración con sujeción a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es el establecimiento de la forma y condiciones en que
se desarrollará la ejecución del “Proyecto ejecutivo de modernización de la infraestructura

BOCM-20240628-33

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