Alcalá de Henares (BOCM-20240627-81)
Urbanismo. Plan parcial
32 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 262
JUEVES 27 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 152
deberá efectuarse con anterioridad a la inscripción en el Registro de la Propiedad de la modificación
del Proyecto de Reparcelación de las parcelas de cesión, libres de cargas, servidumbres y
gravámenes.
Artículo 72. Protección Arqueológica.
El Proyecto tiene incidencia sobre bienes integrantes del Catálogo Geográfico de Bienes inmuebles
del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, concretamente se localiza en el ámbito de los
bienes:
-
Prado de las Monjas (Código: CM/005/0030 del Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles de
Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid de adscripción cultural Medieval) y está
protegido conforme a la figura de Yacimiento arqueológico documentado, de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid).
-
Camino de Talamanca (código: CM/005/0040 del Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles de
Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid de adscripción cultural Medieval y ModernoContemporánea) y está protegido conforme a la figura de Yacimiento arqueológico documentado,
de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la
Comunidad de Madrid).
Dado que en el ámbito de actuación se documentan, al menos, dos yacimientos arqueológicos, se
deberá llevar a cabo la siguiente actuación por parte de arqueólogo/s especialista en Medieval y
Moderno-Contemporánea.
La actuación arqueológica en esta primera fase consistirá en un estudio documental, prospección
arqueológica de superficie además de un control de movimiento de tierras en el ámbito:
1.- Análisis documental: cartografía (histórica, geológica, topográfica, de usos del suelo, de
planeamiento vigente…), fotografía aérea, bibliografía, consulta de Carta Arqueológica y
expedientes de actuación, así como cualquier otra información de carácter histórico-arqueológica de
la zona de estudio, además del estado actual del ámbito con su correspondiente documentación
gráfica, planimétrica y fotográfica. En este sentido, se efectuará una descripción detallada del estado
del ámbito y de los elementos (edificaciones) existentes, incluido plano con indicación de espacios
libres de edificaciones, en su caso.
2.- Se realizará una Prospección arqueológica de superficie de cobertura total, de todo el
ámbito.
3.- Se llevará a cabo un control arqueológico intensivo de todos los movimientos de tierras,
derivados de las obras y asociados a la ejecución del proyecto a ejecutar.
En caso de aparición de restos en el transcurso de las obras y de acuerdo con lo dispuesto en el Art.
31 de la Ley 3./2013, de 18 de Junio del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, se
paralizaran los trabajos y se tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos. La
comunicación del hallazgo se deberá realizar a la Dirección General de Patrimonio Histórico en el
plazo de 3 días naturales. De este modo, previa notificación e informe de los hallazgos, la Dirección
General de Patrimonio Cultural determinará las medidas concretas de protección del patrimonio
afectado y directrices a seguir.
Todos los restos que se localicen en el transcurso de los trabajos arqueológicos deberán quedar
georreferenciados con coordenadas UTM en la planimetría oficial de la Comunidad de Madrid.
Además, el Proyecto deberá contar con informe municipal favorable, en cuanto a cumplimiento de
normativa urbanística.
Documentación solicitada:
La solicitud formal de actuación arqueológica por parte de la propiedad deberá ir acompañada de la
siguiente documentación:
El Proyecto estará redactado por un profesional arqueólogo especialista en el ámbito de las
posibles afecciones al patrimonio y conformado por la propiedad o el interesado.
Al menos deberá contener:
1. Descripción y delimitación del ámbito de actuación:
I. Plano de situación.
II. Plano general del proyecto constructivo.
BOCM-20240627-81
a. Proyecto de actuación arqueológica.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 262
JUEVES 27 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 152
deberá efectuarse con anterioridad a la inscripción en el Registro de la Propiedad de la modificación
del Proyecto de Reparcelación de las parcelas de cesión, libres de cargas, servidumbres y
gravámenes.
Artículo 72. Protección Arqueológica.
El Proyecto tiene incidencia sobre bienes integrantes del Catálogo Geográfico de Bienes inmuebles
del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, concretamente se localiza en el ámbito de los
bienes:
-
Prado de las Monjas (Código: CM/005/0030 del Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles de
Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid de adscripción cultural Medieval) y está
protegido conforme a la figura de Yacimiento arqueológico documentado, de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid).
-
Camino de Talamanca (código: CM/005/0040 del Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles de
Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid de adscripción cultural Medieval y ModernoContemporánea) y está protegido conforme a la figura de Yacimiento arqueológico documentado,
de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la
Comunidad de Madrid).
Dado que en el ámbito de actuación se documentan, al menos, dos yacimientos arqueológicos, se
deberá llevar a cabo la siguiente actuación por parte de arqueólogo/s especialista en Medieval y
Moderno-Contemporánea.
La actuación arqueológica en esta primera fase consistirá en un estudio documental, prospección
arqueológica de superficie además de un control de movimiento de tierras en el ámbito:
1.- Análisis documental: cartografía (histórica, geológica, topográfica, de usos del suelo, de
planeamiento vigente…), fotografía aérea, bibliografía, consulta de Carta Arqueológica y
expedientes de actuación, así como cualquier otra información de carácter histórico-arqueológica de
la zona de estudio, además del estado actual del ámbito con su correspondiente documentación
gráfica, planimétrica y fotográfica. En este sentido, se efectuará una descripción detallada del estado
del ámbito y de los elementos (edificaciones) existentes, incluido plano con indicación de espacios
libres de edificaciones, en su caso.
2.- Se realizará una Prospección arqueológica de superficie de cobertura total, de todo el
ámbito.
3.- Se llevará a cabo un control arqueológico intensivo de todos los movimientos de tierras,
derivados de las obras y asociados a la ejecución del proyecto a ejecutar.
En caso de aparición de restos en el transcurso de las obras y de acuerdo con lo dispuesto en el Art.
31 de la Ley 3./2013, de 18 de Junio del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, se
paralizaran los trabajos y se tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos. La
comunicación del hallazgo se deberá realizar a la Dirección General de Patrimonio Histórico en el
plazo de 3 días naturales. De este modo, previa notificación e informe de los hallazgos, la Dirección
General de Patrimonio Cultural determinará las medidas concretas de protección del patrimonio
afectado y directrices a seguir.
Todos los restos que se localicen en el transcurso de los trabajos arqueológicos deberán quedar
georreferenciados con coordenadas UTM en la planimetría oficial de la Comunidad de Madrid.
Además, el Proyecto deberá contar con informe municipal favorable, en cuanto a cumplimiento de
normativa urbanística.
Documentación solicitada:
La solicitud formal de actuación arqueológica por parte de la propiedad deberá ir acompañada de la
siguiente documentación:
El Proyecto estará redactado por un profesional arqueólogo especialista en el ámbito de las
posibles afecciones al patrimonio y conformado por la propiedad o el interesado.
Al menos deberá contener:
1. Descripción y delimitación del ámbito de actuación:
I. Plano de situación.
II. Plano general del proyecto constructivo.
BOCM-20240627-81
a. Proyecto de actuación arqueológica.