Pozuelo de Alarcón (BOCM-20240625-66)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 150

9.2. Que ostenten la gestión de un aparcamiento público ubicado en la zona comercial urbana de Pozuelo de Alarcón Pueblo, relacionada en el anexo I, que será comprobado
de oficio.
9.3. Que acrediten las siguientes condiciones de solvencia y eficacia:
— Solvencia económica y financiera: se entenderá acreditada con un volumen anual
de negocio, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, al
menos igual o superior a 36.000 euros.
— Solvencia técnica: se entenderá acreditada con la presentación de declaración firmada sobre las instalaciones de que disponga para la realización de la prestación,
con indicación del número de plazas, personal para llevar a cabo la labor de venta de los tickets y otros medios de que disponga.
De conformidad con el artículo 16 de la LGS, las entidades colaboradoras deberán formalizar el convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, en el que
se regularán las condiciones y obligaciones asumidas por aquellas, cuyo modelo figura en
el anexo III de esta convocatoria.
No podrán ser entidades colaboradoras las entidades en las que concurra alguna de las
circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la LGS.
Cuarto. Obligaciones de las entidades colaboradoras.—Son obligaciones de las entidades colaboradoras, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 15.1 de la LGS:
a) Asumir la tramitación y gestión ante el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón de
las ayudas de los beneficiarios, en los términos expresados en la cláusula octava
de esta convocatoria.
b) Tener el parking abierto al público en la zona comercial urbana de Pozuelo Pueblo
del municipio de Pozuelo de Alarcón en los días y horario establecido por los
parkings, debiendo estar anunciado en lugar visible para los vecinos.
c) Comunicar a la concejala-delegada de Comercio, Empleo, Desarrollo Empresarial
y Atención al Ciudadano cualquier variación que se produzca en los datos inicialmente indicados para adherirse al convenio, garantizando la confidencialidad de
los datos suministrados.
d) Encontrarse al corriente en el pago de las obligaciones con la Hacienda pública del
Estado, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
e) Someterse a las actuaciones de inspección y control que el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón pueda efectuar respeto a la gestión de estas ayudas, y que permitan
la justificación financiera ante la Intervención General Municipal y el Tribunal de
Cuentas.
f) Dar la adecuada publicidad al carácter público de la cofinanciación en todas las actuaciones que se deriven de la ejecución del programa. En concreto, deberán hacer
constar, en su publicidad o en la información que generen en relación con el programa subvencionado, la cofinanciación por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
g) Conservar los justificantes originales y el resto de la documentación relacionada
con la ayuda otorgada durante un período de cinco años desde su concesión, y restituir las cantidades percibidas en los casos en que concurra causa de reintegro.
h) Disponer de los medios técnicos adecuados para la tramitación de la citada convocatoria.
i) Facilitar cuanta información y documentación precise para verificar la correcta
aplicación de las subvenciones.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes entidades.—El plazo de presentación
de solicitudes será de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha en la
que se publique el extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Sexto. Requisitos de los solicitantes.—Los solicitantes deben reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
Requisitos generales:
a) Los beneficiarios deberán estar al corriente en sus obligaciones tributarias con
el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. Al tratarse de una ayuda que no supera 3.000 euros, y de acuerdo con el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, el solicitante podrá optar por presentar la certificación de no tener deudas con
Hacienda y con la Seguridad Social o sustituirla por la declaración responsable incluida en el formulario de solicitud (anexo IV).

BOCM-20240625-66

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