Pozuelo de Alarcón (BOCM-20240625-66)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 150

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE JUNIO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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POZUELO DE ALARCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 5 de junio de 2024, en sesión extraordinaria
y urgente, por la que se convoca a través del procedimiento de concurrencia competitiva las
ayudas destinadas a subvencionar parcialmente el coste de la primera hora de aparcamiento
en los parkings ubicados en el área comercial urbana de Pozuelo Pueblo.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).
Primero. Objeto.—El objeto de la convocatoria es regular la concesión de ayudas
por parte del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, destinadas a financiar parcialmente el
coste de la primera hora de aparcamiento en los parkings ubicados en el área comercial urbana de Pozuelo Pueblo, así como la selección de entidades colaboradoras que participan
en la gestión de la actividad.
La finalidad de la subvención es la dinamización y el fomento del consumo en el comercio de proximidad de la zona, ofreciendo a los comercios la posibilidad de otorgar a los
clientes, una vez realizada la compra, la primera hora de aparcamiento gratuito, y, con ello,
fomentar el consumo en el comercio de proximidad.
Segundo. Entidades colaboradoras.—A los efectos de esta convocatoria, podrán ser
entidades colaboradoras aquellas entidades privadas con personalidad jurídica, válidamente constituidas, así como los empresarios individuales, siempre que reúnan todos y cada uno
de los requisitos que se establecen en este capítulo.
Las entidades colaboradoras actuarán en nombre y por cuenta del órgano concedente
a todos los efectos relacionados con las ayudas, colaborando en la gestión de estas.
En su relación con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, las entidades colaboradoras realizarán las siguientes funciones:
1.o Actuar de enlace entre los solicitantes de las ayudas y la Concejalía de Comercio,
Empleo, Desarrollo Empresarial y Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Pozuelo de
Alarcón.
2.o Promoción de la campaña entre comerciantes y clientes.
3.o Venta y distribución de los tickets a los comercios beneficiarios previa comprobación de la cuantía máxima otorgada a cada comercio en la resolución de concesión y durante un plazo máximo de un mes, a contar desde la publicación de la resolución.
4.o Aplicación directa de la ayuda concedida en la factura de la venta de tickets, de
manera que el beneficiario desembolse únicamente la cuantía del ticket no subvencionada.
5.o Informar de la fecha de caducidad de los tickets (31 de junio de 2025).
6.o Presentación de la documentación justificativa de la ayuda ante el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón en el plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la fecha de finalización del plazo de adquisición de los tickets por los comerciantes.
7.o Custodiar los tickets recibidos que podrán ser solicitados por el ayuntamiento a
fin de comprobación.
Tercero. Requisitos entidades.—A los efectos de esta convocatoria, podrán ser entidades colaboradoras aquellas entidades privadas con personalidad jurídica, válidamente
constituidas, así como los empresarios individuales, que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:
9.1. Que tramiten la solicitud de adhesión en el plazo establecido en el apartado 10.1 de
esta convocatoria.

BOCM-20240625-66

BDNS (Identif.): 768952