C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240624-13)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 2674/2024, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Enseñanzas Artísticas para los ejercicios 2024, 2025 y 2026.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 149

5.4. Fuentes de financiación.
Son las referidas con detalle en el apartado anterior, con cargo en el ejercicio 2024 a
la Ley 15/2023, de 27 de diciembre.
Para los ejercicios 2025 y 2026, las cuantías serán las que a tal fin se establezcan en
los correspondientes proyectos de presupuestos, previsiblemente las descritas.
No obstante, la puesta en práctica de la citada línea de subvenciones quedará condicionada a la disponibilidad presupuestaria y al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria de cada uno de los citados ejercicios.
5.5. Plazo de ejecución.
Las convocatorias tienen carácter plurianual, abarcando los cursos académicos 2024-2025,
2025-2026 y 2026-2027.
5.6. Efectos.
Los resultados esperados se corresponden con el cumplimiento de los objetivos propuestos:
Por un lado, y en lo que respecta al alumnado de los centros, se pretende fomentar el
conocimiento y la difusión de la danza, el folclore y la cultura popular; combatir el sedentarismo infantil, la obesidad, el riesgo de depresión y el aislamiento; y trabajar la motricidad del alumnado en años clave de la educación primaria.
Por otro, por lo que respecta a los propios auxiliares de danza, apoyar la cultura y a los
artistas y egresados de las enseñanzas profesionales de danza, y a aquellas personas que hayan superado la prueba de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de danza.
5.7. Indicadores.
Para el seguimiento del grado de cumplimiento de los objetivos y resultados de la ejecución de esta línea de subvenciones, se considerarán los siguientes indicadores:
a) Número de colegios de educación primaria participantes en el programa de auxiliares de danza en centros educativos madrileños.
b) Número de unidades escolares participantes por colegio.
c) Número de alumnos participantes.
d) Número de actividades (espectáculos, funciones, visitas culturales etc.) de danza
programadas por curso por los colegios en el marco del programa de auxiliares de
danza.
e) Número de actividades (espectáculos, funciones, visitas culturales etc.) de danza
programadas por la Comunidad de Madrid en el marco del programa de auxiliares de danza.
f) Número de colegios no participantes que han solicitado conocer el programa y solicitan la incorporación al mismo para el curso siguiente.
g) Número de auxiliares de danza solicitantes y beneficiarios de las ayudas.
5.8. Sistema de evaluación.
La evaluación se realizará mediante la revisión, el estudio y el análisis de los indicadores establecidos. Al comienzo de cada nueva convocatoria se analizarán los datos obtenidos en las convocatorias anteriores con todas las incidencias relevantes que hayan acontecido en el desarrollo de la ejecución del programa, para verificar la correcta evolución del
plan estratégico y, en su caso, proceder a realizar las modificaciones necesarias.
5.9. Medidas correctoras.
Dado que se trata de una línea de actuación que se implanta a través de un programa
piloto con una participación reducida en su primera edición, pero con una implantación masiva a partir de las ediciones posteriores, a lo largo de la vigencia del presente plan estratégico será necesario adaptar los objetivos del mismo en función de las siguientes medidas
correctoras:
a) Progresión del número de participantes en cada convocatoria.
b) Disponibilidad presupuestaria.
c) Modificación de la cuantía de las ayudas.
(03/9.448/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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