Fuenlabrada (BOCM-20240621-39)
Organización y funcionamiento. Ordenanza zona bajas emisiones
35 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 174
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024
CATEGORÍAS POR
CRITERIOS DE
HOMOLOGACIÓN
CATEGORÍA N
DESCRIPCIÓN
B.O.C.M. Núm. 147
CLASIFICACIÓN
POR CRITERIOS
DECONSTRUCCIÓN.
ANEXO II R.G.V.
VEHÍCULOS DE MOTOR DESTINADOS AL TRANSPORTE DE
MERCANCÍAS QUE TENGAN POR LO MENOS CUATRO RUEDAS.(DIRECTIVA 70/156/CEE)
Categoría N1
Vehículos destinados al transporte de mercancías con unamasa máxima no superior
a 3,5 toneladas.
20, 23, 24
Categoría N2
Vehículos destinados al transporte de mercancías y con unamasa máxima superior a
3,5 toneladas, pero inferior o igual a12 toneladas.
21, 23, 25
Categoría N3
Vehículos destinados al transporte de mercancías y con unamasa máxima superior a
12 toneladas.
22, 23, 26
CATEGORÍA T
(TRACTORES AGRÍCOLAS)
VEHÍCULOS ESPECIALES DE DOS O MÁS EJES CONCEBIDOS YCONSTRUIDOS PARA ARRASTRAR,
EMPUJAR, LLEVAR O ACCIONARAPEROS, MAQUINARIA O REMOLQUES AGRÍCOLAS.
(DIRECTIVA 2001/3/CE)
Categoría T1
Tractores de ruedas con una velocidad máxima por construcción no superior a 40
km/h, con una vía mínima de almenos uno de los ejes igual o mayor a 1150 mm, una
masa en vacío y en orden de marcha superior a 600 kg. y una altura
libre sobre el suelo menor o igual a 1000 mm.
Categoría T2
Tractores de ruedas con una velocidad máxima por construcción no superior a 40
km/h, con una vía mínima inferior a 1150 mm, una masa en vacío y orden de marcha
superior a 600 kg y una altura libre sobre el suelo menor o
igual a 600 mm.
Categoría T3
Categoría T4
Tractores de ruedas con una velocidad máxima por construcción no superior a 40
km/h y una masa en vacío y
orden de marcha menor o igual a 600 kg.
Otros tractores de ruedas con una velocidad máxima porconstrucción no superior a
40 km/h.
50
50
50
50
ANEXO III
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE GESTIÓN
DE ACCESOS DE VEHÍCULOS MÁS CONTAMINANTES
A LA Z.B.E. DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
Apartado 2. Criterios y requisitos para las exenciones previstas en el artículo 13
1. Las solicitudes de exención previstas en el artículo 13 de la presente ordenanza estarán sujetas a los siguientes criterios y requisitos:
a) Vehículos a motor de residentes empadronados en alguna vía dentro del perímetro
de la ZBE en régimen de propiedad, usufructo, “renting”, “leasing”, arrendamiento, retribución en especie o como vehículo de sustitución.
— Solicitante:
Personas físicas mayores de dieciséis años de edad empadronadas en el perímetro de la ZBE.
La presentación se hará preferentemente por el canal telemático habilitado
por el Ayuntamiento para la gestión de autorizaciones de acceso a la ZBE,
o en los canales de atención ciudadana presencial del Ayuntamiento de
Fuenlabrada.
— Límite de vehículos a inscribir:
Sin limitaciones, siempre que quien realice la solicitud sea propietario/a de
los mismos o disponga del mismo en régimen de usufructo, “renting”, “leasing” o arrendamiento, retribución en especie o como vehículo de sustitución.
— Documentación a aportar con la solicitud:
Para la inscripción de la persona empadronada:
d El Ayuntamiento de Fuenlabrada comprobará de oficio el empadronamiento.
BOCM-20240621-39
Apartado 1. Objeto
El objeto de las presentes normas es establecer la regulación básica funcionamiento del
Sistema de gestión de accesos de vehículos más contaminantes a la ZBE del Ayuntamiento de Fuenlabrada, y las condiciones para inscribirse en el mismo y gestionarlo.
Pág. 174
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024
CATEGORÍAS POR
CRITERIOS DE
HOMOLOGACIÓN
CATEGORÍA N
DESCRIPCIÓN
B.O.C.M. Núm. 147
CLASIFICACIÓN
POR CRITERIOS
DECONSTRUCCIÓN.
ANEXO II R.G.V.
VEHÍCULOS DE MOTOR DESTINADOS AL TRANSPORTE DE
MERCANCÍAS QUE TENGAN POR LO MENOS CUATRO RUEDAS.(DIRECTIVA 70/156/CEE)
Categoría N1
Vehículos destinados al transporte de mercancías con unamasa máxima no superior
a 3,5 toneladas.
20, 23, 24
Categoría N2
Vehículos destinados al transporte de mercancías y con unamasa máxima superior a
3,5 toneladas, pero inferior o igual a12 toneladas.
21, 23, 25
Categoría N3
Vehículos destinados al transporte de mercancías y con unamasa máxima superior a
12 toneladas.
22, 23, 26
CATEGORÍA T
(TRACTORES AGRÍCOLAS)
VEHÍCULOS ESPECIALES DE DOS O MÁS EJES CONCEBIDOS YCONSTRUIDOS PARA ARRASTRAR,
EMPUJAR, LLEVAR O ACCIONARAPEROS, MAQUINARIA O REMOLQUES AGRÍCOLAS.
(DIRECTIVA 2001/3/CE)
Categoría T1
Tractores de ruedas con una velocidad máxima por construcción no superior a 40
km/h, con una vía mínima de almenos uno de los ejes igual o mayor a 1150 mm, una
masa en vacío y en orden de marcha superior a 600 kg. y una altura
libre sobre el suelo menor o igual a 1000 mm.
Categoría T2
Tractores de ruedas con una velocidad máxima por construcción no superior a 40
km/h, con una vía mínima inferior a 1150 mm, una masa en vacío y orden de marcha
superior a 600 kg y una altura libre sobre el suelo menor o
igual a 600 mm.
Categoría T3
Categoría T4
Tractores de ruedas con una velocidad máxima por construcción no superior a 40
km/h y una masa en vacío y
orden de marcha menor o igual a 600 kg.
Otros tractores de ruedas con una velocidad máxima porconstrucción no superior a
40 km/h.
50
50
50
50
ANEXO III
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE GESTIÓN
DE ACCESOS DE VEHÍCULOS MÁS CONTAMINANTES
A LA Z.B.E. DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
Apartado 2. Criterios y requisitos para las exenciones previstas en el artículo 13
1. Las solicitudes de exención previstas en el artículo 13 de la presente ordenanza estarán sujetas a los siguientes criterios y requisitos:
a) Vehículos a motor de residentes empadronados en alguna vía dentro del perímetro
de la ZBE en régimen de propiedad, usufructo, “renting”, “leasing”, arrendamiento, retribución en especie o como vehículo de sustitución.
— Solicitante:
Personas físicas mayores de dieciséis años de edad empadronadas en el perímetro de la ZBE.
La presentación se hará preferentemente por el canal telemático habilitado
por el Ayuntamiento para la gestión de autorizaciones de acceso a la ZBE,
o en los canales de atención ciudadana presencial del Ayuntamiento de
Fuenlabrada.
— Límite de vehículos a inscribir:
Sin limitaciones, siempre que quien realice la solicitud sea propietario/a de
los mismos o disponga del mismo en régimen de usufructo, “renting”, “leasing” o arrendamiento, retribución en especie o como vehículo de sustitución.
— Documentación a aportar con la solicitud:
Para la inscripción de la persona empadronada:
d El Ayuntamiento de Fuenlabrada comprobará de oficio el empadronamiento.
BOCM-20240621-39
Apartado 1. Objeto
El objeto de las presentes normas es establecer la regulación básica funcionamiento del
Sistema de gestión de accesos de vehículos más contaminantes a la ZBE del Ayuntamiento de Fuenlabrada, y las condiciones para inscribirse en el mismo y gestionarlo.