A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240621-1)
Estatuto Agencia de Contratación Sanitaria –  Decreto 63/2024, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el estatuto de la Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 147

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JUNIO DE 2024

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Artículo 22
Régimen de control y contabilidad
1. La Agencia queda sometida al régimen de contabilidad pública en los términos señalados en el Título VI de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, de conformidad con lo establecido en el artículo 41.Nueve de la Ley 11/2022, de 21 de diciembre.
2. La Intervención General de la Comunidad de Madrid ejercerá el control financiero de carácter permanente sobre la actividad de la Agencia, de conformidad con lo establecido en el Título III de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre.
Artículo 23
Tesorería
1. La Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid contará con tesorería propia, conforme a lo establecido en el artículo 41.Diez de la Ley 11/2022, de 21 de
diciembre.
2. Constituyen la tesorería de la Agencia todos sus recursos financieros, ya sean dinero, valores o créditos.
Artículo 24
Informe general de actividad y cuentas anuales
1. El informe general de actividad es un documento en el que se analiza el grado de
cumplimiento del plan anual de contratación correspondiente al año anterior.
2. La Agencia, a través del consejero delegado, informará a la consejería competente en
la materia de sanidad acerca de la ejecución y cumplimiento de los objetivos, mediante la remisión del plan anual de contratación, el informe general de actividad y las cuentas anuales.
3. El informe general de actividad y las cuentas anuales estarán disponibles en el
Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, según establece la Ley de 10/2019,
de 10 de abril.
Artículo 25
Asesoramiento jurídico, representación y defensa en juicio
El asesoramiento jurídico y la representación y defensa en juicio de la Agencia, sus órganos de gobierno y personal directivo, corresponderá a la Abogacía General de la Comunidad de Madrid en los términos previstos en la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid y en el resto de normativa
aplicable en la materia.
Dado en Madrid, a 19 de junio de 2024.
La Consejera de Sanidad,
FÁTIMA MATUTE TERESA
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO

BOCM-20240621-1

(03/9.796/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791