Madrid (BOCM-20240620-57)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan especial
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 146

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
57

MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de mayo 2024, adoptó
el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar definitivamente el Plan Especial para el edificio situado en la
Gran Vía, número 20, Distrito de Centro, promovido por Real Estate 20GV, S. L. U., de
conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la
Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril,
Reguladora de Bases de Régimen Local, a continuación se publica los documentos con contenido normativo:
NORMAS URBANÍSTICAS
Capítulo 1

Artículo 1. Ámbito.—El ámbito del Plan Especial se corresponde con la parcela situada en la Gran Vía, número 20, en el Distrito de Centro.
Art. 2. Objeto.—El Plan Especial para el edificio situado en la calle de la Gran Vía,
número 20, tiene como objeto regular el régimen de obras precisas para la protección y
puesta en valor del inmueble, entre las que se encuentran las obras de ampliación, mediante la mejora de sus condiciones de habitabilidad y uso, de conformidad con lo previsto en
el Capítulo 4.10 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de
Madrid de 1997 (en adelante NN. UU. del PG 97), conforme a los objetivos y limitaciones
previstos en los artículos 4.3.8, 4.10.4, 4.10.5 y 4.10.6.
Art. 3. Condiciones generales de la parcela y la edificación.—1. El Plan General
de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 clasifica la parcela, ámbito del presente Plan Especial, como Suelo Urbano regulado por la Norma Zonal 1, grado 5.o, nivel D de usos y uso
cualificado residencial, según el plano de ordenación O66/9.
2. El edificio está protegido con nivel 1 grado integral y número de catálogo 02280.
3. La parcela se encuentra ubicada en el Área de Planeamiento Específico del Centro Histórico (APE 00.01) del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997.
4. Según el Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles del Patrimonio Histórico de
la Comunidad de Madrid, la parcela está incluida como:
a) En el ámbito del Bien de Interés Cultural declarado en la categoría de Conjunto
Histórico “Recinto de la Villa de Madrid”, según Decreto 41/1995, de 27 de abril
de 1995.
b) En la Zona de Protección Arqueológica “Recinto Histórico de Madrid”, declarada
Bien de Interés Cultural en la categoría de Zona de Protección Arqueológica, según Decreto 61/1993, de 20 de mayo de 1993.

BOCM-20240620-57

Normas generales