Valdeolmos-Alalpardo (BOCM-20240620-96)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 206

JUEVES 20 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 146

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
96

VALDEOLMOS-ALALPARDO
RÉGIMEN ECONÓMICO

Por acuerdo plenario de 10 de abril de 2024, se aprobó provisionalmente modificar las
siguientes ordenanzas fiscales, y al no formularse alegaciones en el período legalmente establecido, se eleva a definitivo el referido acuerdo:
Primero.—Aprobar las modificaciones de las ordenanzas fiscales municipales, en los
siguientes términos:
1. Ordenanza fiscal reguladora sobre el impuesto de construcciones, instalaciones y
obras modificando (en negrita) la redacción de los siguientes artículos:
a) Artículo 3.—En las obras menores se considerará como tal el presupuesto presentado particulares.
En las obras sujetas a licencia o declaración responsable, se considerará el presupuesto de ejecución material que figure en el proyecto que dicho presupuesto
sea igual o superior al que resultase de la aplicación del
b) Artículo 4.—Cuando se conceda la licencia preceptiva de las obras sujetas al régimen de autoliquidación y de las obras mayores, o bien cuando se inicie la construcción, instalación u obra, se practicará liquidación provisional, determinándose la base imponible en función del presupuesto aportado por los interesados.
c) Artículo 5.—Se suprime el apartado segundo.
2. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de bodas civiles en el Ayuntamiento de Valdeolmos-Alalpardo, se introducen las siguientes modificaciones:
a) Modificación del artículo 7.3 “Cuota por uso de instalaciones municipales”,
quedando redactado de la siguiente forma:
Artículo 7.—Cuota por uso de instalaciones municipales.
EMPADRONADOS

GENERAL

SALÓN DE PLENOS

GRATIS

150,00

SALÓN EDIFICIO ADMVO

GRATIS

150,00

SALA “AL ARTIS”

200,00

400,00

PARQUES MUNICIPALES

150,00

300,00

3. Ordenanza fiscal de normas generales para el establecimiento de precios públicos
por utilización de servicios y actividades del Ayuntamiento de Valdeolmos-Alalpardo, se
introducen las siguientes modificaciones:

BOCM-20240620-96

Artículo 5. Forma de pago.—Se añade la expresión “El pago se realizara en las dependencias municipales…”.