Alcorcón (BOCM-20240620-61)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE JUNIO DE 2024
Pág. 153
BOCM-20240620-61
1.13. La autorización o desautorización de la condición de entidad colaboradora en
la gestión recaudatoria a favor de entidad financiera, en los casos previstos en la Ley.
1.14. Expedición de certificados de empresa y cualquier declaración-liquidación
ante otra Administración Pública, así como certificados de IRPF y de Seguros Sociales del
personal al servicio del Ayuntamiento.
1.15. Los aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias y sancionadoras.
Segundo.—El presente decreto entrará en vigor el próximo día, miércoles, 5 de junio
de 2024 y se notificará personalmente al interesado. Sin perjuicio de su inmediata ejecutividad, se remitirá para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID a los efectos legales pertinentes”.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente.
Alcorcón, a 11 de junio de 2024.—El titular de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Emilio Antonio Larrosa Hergueta.
(03/9.257/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE JUNIO DE 2024
Pág. 153
BOCM-20240620-61
1.13. La autorización o desautorización de la condición de entidad colaboradora en
la gestión recaudatoria a favor de entidad financiera, en los casos previstos en la Ley.
1.14. Expedición de certificados de empresa y cualquier declaración-liquidación
ante otra Administración Pública, así como certificados de IRPF y de Seguros Sociales del
personal al servicio del Ayuntamiento.
1.15. Los aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias y sancionadoras.
Segundo.—El presente decreto entrará en vigor el próximo día, miércoles, 5 de junio
de 2024 y se notificará personalmente al interesado. Sin perjuicio de su inmediata ejecutividad, se remitirá para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID a los efectos legales pertinentes”.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente.
Alcorcón, a 11 de junio de 2024.—El titular de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Emilio Antonio Larrosa Hergueta.
(03/9.257/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791