Madrid (BOCM-20240619-61)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 145

Conservación del Patrimonio la competencia para realizar las obras de construcción, gran
reforma, rehabilitación y conservación de los inmuebles demaniales, patrimoniales y de
aquellos que estén sujetos a cualquier tipo de uso del Ayuntamiento de Madrid, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos y al Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad en relación con los aparcamientos e infraestructuras urbanas de
transportes y en materia de movilidad en los ámbitos que afecten a tramos urbanos de carreteras de titularidad del Estado o ramales de acceso al viario M-30; así como la competencia para rehabilitar y conservar los bienes inmuebles de propiedad municipal del Patrimonio Histórico (niveles de protección I y II del Plan General de Ordenación Urbana),
previo informe del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte destinados principalmente a servicios administrativos municipales, salvo los adscritos a los distritos, en cuyo
caso la competencia corresponderá al propio distrito.
La Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio dispone, por tanto, de suficientes medios para llevar a cabo con sus recursos ordinarios personales, materiales, económicos y técnicos, las obras previstas de acondicionamiento e instalaciones del
edificio “Casa de la Duquesa de Sueca”.
Para que las actuaciones se realicen por la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,
conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, avoque la competencia previamente delegada en la Dirección
General de Patrimonio Cultural en el apartado 9.o 2.1.c) del acuerdo de 29 de junio de 2023
de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área
de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, y que tal competencia sea posteriormente delegada en la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio del Área de
Gobierno de Obras y Equipamientos, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el
proyecto de obras, y a preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar el contrato relativo a las obras de acondicionamiento para adaptar los espacios del edificio “Casa de la Duquesa de Sueca”, situado en la plaza del Duque de Alba, número 2, del distrito Centro, a los
nuevos usos previstos, consistentes en la implantación de un centro de bienestar social.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta del titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte y de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 6 de junio de 2024, acuerda:
Primero.—Avocar la competencia delegada en la Dirección General de Patrimonio
Cultural en el apartado 9.o 2.1.c) del acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto de
obras, y a preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar el contrato relativo a las obras
de acondicionamiento para adaptar los espacios del edificio denominado “Casa de la Duquesa de Sueca”, situado en la plaza del Duque de Alba, número 2, para la implantación de
un centro de bienestar social.
Segundo.—Delegar en la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio la competencia avocada en el apartado primero.
Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo previsto en el acuerdo de 29 de junio de 2023,
de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de
Gobierno de Obras y Equipamientos.
Tercero.—Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.
Cuarto.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver
las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
Quinto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos a dictar los decretos que sean necesarios para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
Sexto.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.
Séptimo.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Madrid, a 6 de junio de 2024.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta
de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(03/9.160/24)
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